A partir del 1° de septiembre en Venezuela marcarán los precios con la nueva unidad monetaria del bolívar

Viernes, 13/08/2021 02:03 PM

13 de agosto de 2021.-

A partir del próximo 1° de septiembre todos los actores de la economía venezolana deberán marcar los precios de sus productos en la nueva unidad monetaria del bolívar, según lo establecido en el Decreto N°4.553, publicado en la Gaceta Oficial N°42.185 del 06 de agosto de 2021.

Esto quiere decir que a partir de ese día el pueblo venezolano deberá convivir con la actual y la nueva denominación del bolívar.

El abogado y experto en criptomonedas, Ernesto Portillo, consultado por Morocotacoin, ejemplificó cómo funcionará el marcaje de precios.

"Si una licuadora hoy tiene un precio de 136 millones de bolívares (33$), con la nueva unidad monetaria su precio es de 136 bolívares porque se suprimen seis ceros. Entonces la licuadora deberá marcarse con ambos valores: Bs. 136.000.000,00 y Bs. 136".

El experto indicó además que si una persona hace un contrato de compra y venta de un inmueble o de un vehículo también deberá expresarlo en la actual y la nueva unidad monetaria, como en el ejemplo anterior de la licuadora.

Luego a partir del 1° de octubre de 2021, quedará a decisión del Banco Central de Venezuela (BCV) en qué momento dejarán de convivir la unidad monetaria actual junto con la nueva.

Algunas obligaciones importantes con la nueva expresión monetaria

Según el Artículo 2° del Decreto N°4.553, todas las obligaciones en moneda nacional deberán contraerse en bolívares con su nueva expresión o unidad monetaria.

Asimismo, el Artículo 3° indica que a partir del 1° de octubre del año en curso, los precios, salarios y demás prestaciones de carácter social, deberán expresarse conforme al bolívar en su nueva escala.

El Artículo 8° también señala que la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) deberá recibir y tramitar todas las denuncias y reclamos por el incumplimiento de alguno de los preceptos contenidos en el presente Decreto.

Finalmente, el Artículo 10 advierte a quien se niegue a cumplir con la nueva unidad monetaria que será sancionado administrativamente por el Banco Central de Venezuela.

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