Parte 77. Para la Asamblea Nacional

¿Por qué en Venezuela sigue siendo un secreto la información petrolera y gasífera?

Miércoles, 15/09/2021 01:34 PM

Estimados Diputados, les confieso que cuando estaba dentro de PDVSA y del Ministerio consideraba que como Yo tenía acceso a la información petrolera llegué a creer que todo el mundo, el externo, también lo tenía. Pero, hoy, estando fuera de PDVSA, que jodido se me hace conseguir un dato de producción, número de pozos productores, productos refinados, personal, ambiente, etc, etc.

No me cabe duda que ese "secretismo" no es una política de Estado. Creo, más bien, que es una de esas herencias arrastradas desde la época de las trasnacionales y que, todavía, algunos "caballos de troya", todavía, la defienden como en las épocas de la Creole, Shell, Mene Grande, etc. Pero, al mismo tiempo, llama la atención que empresas trasnacionales como las mencionadas, en sus respectivos países publican, para no salirme del tema petrolero, todo lo que hacen cada mes, cada trimestre, cada semestre, cada año y, uno no se extraña, que en el primer semestre de cada año se tengan publicadas las estadísticas del año anterior. ¿Por qué allá si y aquí no? Porque, allá, hay organismos estatales que a través de sus leyes los obligan a publicar, todo el tiempo, el resultado operacional y financiero de todas sus actividades, so pena de que la Security Exchange Comission (SEC) les apriete los tornillos y bien fuerte.

Les pongo un ejemplo, si alguno de ustedes quisieran saber lo que la ExxonMobil y la CNOOC hicieron, hacen y harán en el bloque Stabroek costafuera de Guyana. Vayan a Dr Google y tipeen esta expresión " corporate.exxonmobil.com, Guyana project overview" y allí verán toda la documentación del Proyecto y su Plan de Desarrollo como levantamiento sismográfico, perforación del primer pozo, el primer embarque de petróleo y pare de contar.

En el caso de Venezuela, como dije, la información petrolera ESTÁ PROHIBIDA para que cualquier ciudadano venezolano tenga acceso a ella y para cualquier tipo de investigación o proyecto que le venga en ganas. Pero, ¿Quién la prohíbe? Algunos funcionarios, sean de PDVSA o del Ministerio de Petróleo, siguiendo la tradición de las trasnacionales tienen alcabalas por todas partes para que nadie tenga información. Por eso, nadie, en su sano juicio se atreve a dar, por ejemplo, un dato oficial sobre las reservas de hidrocarburos, producción de petróleo, etc. Hay de aquel que, de buena fe, que pase ese tipo de información, por ejemplo, a un estudiante o investigador que la necesite para un trabajo de investigación o una tésis de grado. Sin duda, si lo descubren, es botado de "ipso facto". No es que mis excompañeros sean mala gente, sino que Ellos se acuerdan de aquel viejo dicho " Cuando veas las barbas de tu vecino arder pon las tuyas en remojo". No quiero que me boten y pierda el chivo y el mecate, mis prestaciones y mi jubilación. Y tienen razón. Lo mismo le ha ocurrido al que ha utilizado información interna para venderla y beneficiarse financieramente. En dólares o en bolívares, quien pague mejor. Ese es otro cantar.

Debo hacer notar que si, con ayuda del Dr Google, entras a las páginas web del Ministerio de Petróleo o la de PDVSA lo que consigues, en ambas, es Gamelote. En el Ministerio, lo que pudiera ser una fuente de información, como lo fue el "Petróleo y Otros Datos Estadísticos (PODE)", tiene nada más que 7 años de retraso, cuando se publicó su última versión fue la del 2014. Estamos mal. En la de PDVSA se consigue menos.

Apreciados Diputados, ya que en estos tiempos se está ¿discutiendo? La elaboración de nuevas leyes sobre los hidrocarburos ha llegado el momento de quitarle ese velo de secreto a todo o que concierne a la información sobre los hidrocarburos y sus industrias relacionadas e incluir un Capítulo que rija la materia de disponibilidad de la información para todo venezolano.

En Venezuela, no hay Ley que prohíba que cualquiera tenga acceso a la información no solo a la información petrolera, sino a toda la que se produzca en el país en todas las instituciones del Estado. Es más, veamos, al menos, 4 artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que hablan sobre la información y en ninguno de ellos se puede interpretar algún viso de prohibición. Todo lo contrario.

Artículo 28. Toda persona tiene el derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.

Artículo 58. La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.

Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

Aún cuando no hay prohibición de poner a disposición de la ciudadanía la información, aunque no dice la petrolera, ni en la Constitución ni en las leyes que rigen la materia de hidrocarburos, creo que con solo una comunicación o un llamado del Presidente Maduro en una de sus acostumbradas alocuciones por la televisión que les tiemple las orejas al Ministro de Petróleo y al Presidente de PDVSA que ponga, inmediatamente, o que cumplan inmediatamente esta orden, "pongan la información Petrolera al Servicio del Desarrollo de Nuestra Patria" y veremos que se acaba el SECRETO.

Aún con el regaño del Presidente Maduro, sigue siendo válida mi recomendación de crear el capítulo sobre la información en las futuras leyes sobre los hidrocarburos que Ustedes aprueben.

¿Por qué escribo esto y que me impulsó a hacerlo? Les cuento: En estos días intenté conseguir unos datos, que deberían ser públicos de PDVSA, y le envié un "Whatsapp" a más de 20 excompañeros y saben ¿cuántos me contestaron?, NINGUNO. Así que me ví obligado, utilizando "mi mejor juicio", no se si me queda, a inventar unas cifras sobre costos de producción y reservas, e hice la aclaración en lo que escribí que los datos eran producto de mi propia creación; o sea, los deduje. ¿Qué tal?

Nota leída aproximadamente 1892 veces.

Las noticias más leídas: