" … de todos modos ya los traidores no podrán seguir ocultando la traición. "
Hugo Chávez Frías
En el portal https://www.venvamosjuntos.org.ve/ se ofrece una oportunidad de presentar propuestas para (en el marco de la Ley Antibloqueo) combatir la corrupción que amenaza el proceso revolucionario.
Si el Gobierno Nacional, en el marco de la Ley Antibloqueo, evita (antes de las venideras elecciones) adoptar alguna de las propuestas realizadas, entonces ello sería indicativo que el Gobierno Nacional está comprometido en mantener este flagelo (la corrupción) en la Administración Pública.
Es indudable que las sanciones y el bloqueo gringo contra Venezuela han causado un sin número de muertes en el país, pero para combatir ese ataque es necesario tomar medidas drásticas contra todo aquello que las facilite.
Siendo la corrupción uno de esos flagelos, es importante tomar medidas para eliminarla. Ejemplo de acción lo tenemos en el Decreto de Guerra a Muerte emitido por El Libertador en 1813 para evitar que la corrupción y los cipayos de la época (equivalente a los terroristas de Voluntad Popular y Primero Justicia) apoyaran a los criminales realistas. Más reciente tenemos la pena de muerte que implementaron Japón, China, Cuba, Irán, Turquía, Rusia, etc. para evitar que ese flagelo (escondido en la usura y la especulación) acabara con el inicio de los procesos de transformación en esos países.
Una medida drástica para eliminar la corrupción de la Administración Pública en Venezuela es garantizar inhabilitación de por vida a todo funcionario o funcionaria que incumpla con el Derecho de Petición, consagrado en el Artículo 51 de la CRBV. Ello igualmente evitaría que la desidia, negligencia e indolencia de funcionarios al frente de la Administración Pública la muevan a otra dependencia cuando el Gobierno lo que hace es cambiarlos de puesto cuando se da cuenta que son corruptos ( al prófugo ex-presidente de PDVSA que enquistó un bojote de colaboradores corruptos en la industria lo movieron como representante en la ONU, cargo que no le gustó y por allí anda dándoselas de víctima bajo la protección de gobiernos corruptos).
Así, es importante considerar que una propuesta sobre eliminar la corrupción de la Administración Pública https://www.venvamosjuntos.org.ve/ debe considerar que el Artículo 51 de la CRBV (junto al Artículo 5 de la LOPA y el 9 de la LOAP) son nuestra entrada al acceso de justicia en lo referente a los Servicios Públicos Básicos. Ello implica que cualquier funcionario que viole ese artículo debe ser removido de su cargo y, para evitar que traslade su irrespeto a la CRBV a otra dependencia de la Administración Pública, como se ha venido haciendo, debe, adicionalmente, ser inhabilitado de por vida para ejercer cargo público alguno. Esto se lograría modificando, en el marco de la Ley Antibloqueo, la LOAP y la LOPA para incluir como sanción a quien viole el artículo 51 de la CRBV.
En la esperanza que evites que los embusteros sean mayoría en la AN y que "… no te dejes engañar cuando te hablen de progreso porque tu te quedas flaco y ellos aumentan de peso …", haciendo que finalmente el Gobierno Nacional enfrente la corrupción (con el mismo nivel y calibre que debe usarse para sancionar las asociaciones delincuenciales comerciales que vulneran nuestro salario) y, además, que se evite que ingrese al país la narco-para-política que Donald Trump le ordenó introducir en Venezuela a Juan Guaidó junto a los partidos narco-terroristas Voluntad Popular y Primero Justicia. Si existe un Dios que ilumine nuestros pensamiento para entender el misterio de su existencia salvando nuestras almas, si alguna tenemos. Nitimur in vetitum semper, cupimusque negata. Levantemos la cara y con ella nuestra mirada al infinito inspirador eterno nos guiará a que juntos hagamos que Nazca lo que tenga que nacer y se destierre la maldad de la oposición en Venezuela.