Diputados(as) Costarricenses: Servidores Públicos o Mercaderes Asalariados?

Viernes, 17/01/2020 02:24 PM

Resulta inconcebible la Declaración de una Diputada Costarricense del Partido Liberación Nacional PLN, al declarar que "la clase política no le tiene miedo al pueblo", esto en el contexto de la aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de la Ley sobre las Huelgas, quien además es una de las diputadas que aprobó en primer debate el proyecto anti-huelgas, prohibiéndolas en los sectores de los trabajadores de la Salud y Seguridad Publica. Observemos algunos elementos de la declaración:

  1. La diputada se sitúa como clase política, es mejor decir élite política, o como minoría dominante, opuesta a los movimientos populares, quienes denuncian a las élites como antidemocráticas. Los diputados/as no son una clase política, son servidores públicos.

  2. A la diputada en mención, se le olvida, y ojala no a todos y todas, que fueron elegidos como diputados/as, para representar al ciudadano, en general al pueblo, en aquellos asuntos que le convengan al mismo. Son servidores públicos, no meros trabajadores asalariados, que solo le importan sus intereses. Lamentablemente, en el país, muchos diputados/as, casi como que compran los votos para ser electos, o son apoyados por comerciantes o gente pudiente, por lo que el diputado/a elegido, muchas veces no sienta empatía por el común del pueblo. En este sentido, no se siente un servidor, sino un trabajador más que cumple un trabajo y se le paga para ello, o en el peor de los casos, se convierte en un mercader, que negocia sus acciones por un puñado de dinero.

  3. En otro orden de ideas, los artículos 60,61 y 62, de la Constitución de la República de Costa Rica, la Carta Magna, donde están los Derechos Sociales de los Trabajadores, del Pueblo, se consagra la Huelga como un Derecho Constitucional. Es decir, la huelga es constitucional, limitarla por medio de una Ley es inconstitucional. Más bien, se debería entonces, proponer una enmienda a la Constitución, o elaborar un nuevo texto constitucional. Creemos entonces, que ni siquiera debería haber ningún tipo de debate ni aprobación de leyes, que tengan que ver con las huelgas, ya que está estatuido como derecho social para todos y todas las costarricenses.

  4. Los diputados/as de la Nación, deben proponer acciones que no limiten el derecho a la huelga, más bien fortalecerla como espacio y mecanismo de lucha del pueblo, de los trabajadores, no les vaya a pasar lo mismo que con el Plan Fiscal. Parece ser que la Asamblea Legislativa tica, se ha convertido en un ente Supra, que está por encima de todo, incluso de la misma Constitución Nacional, siendo qué esta para legislar leyes, que vayan en beneficio del pueblo, no para limitar, violar o imponer.

  5. Los inconvenientes, exabruptos y afectación de los servicios de Salud y Seguridad Publica y otros, son los que hay que, de alguna forma, en dialogo con las partes del conflicto, buscar mecanismos que afecten lo más mínimo a la ciudadanía, pero no prohibir las huelgas, porque es un acto inconstitucional.

Finalmente creemos que la Asamblea Legislativa Costarricense, debe ganarse el favor del Pueblo, no temerle, estar al servicio del mismo como buenas y buenos Servidores Públicos, no meros funcionarios institucionales, que sólo abogan y luchan por sus intereses personales, familiares, entre otros.

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