11.06.21 - El candidato de Perú Libre, Pedro Castillo, logró la preferencia electoral del 50,19%, cifra mayor al 49,80% conseguido por la postulante de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en la segunda vuelta presidencial, según los datos oficiales la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
La agencia peruana de noticias Andina dio a conocer que el resultado total se logró luego de la llegada de las últimas dos actas electorales procedentes del distrito de Morona, provincia de Datem del Marañón (Loreto), a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Alto Amazonas.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publicó este jueves el resultado de la segunda vuelta electoral para elegir al nuevo presidente de Perú, resultando vencedor el candidato por Perú Libre, Pedro Castillo, con el 50.19 por ciento de los votos válidos tras el 100 por ciento de las actas procesadas.
A través del portal web habilitado para mostrar el avance del proceso de escrutinio, el ente precisó que Castillo obtuvo 8.800.486 votos, frente a los 8.730.712 de su contrincante por el partido Fuerza Popular, Keiko Fujimori, lo que representa el 49.80 por ciento de los sufragios.
De acuerdo con el jefe de la ONPE, Piero Corvetto Salinas, "alcanzamos el 100 por ciento de actas procesadas, primer gran hito del cómputo de resultados. Quedan pendientes actas en los JEE" (Jurado Especial de Elecciones), para concluir con todo el proceso de cómputo de votos.
Mediante su cuenta en la red social Twitter, expresó su agradecimiento a "los miles de “chalecos azules” de la ONPE que sacaron adelante una elección segura, tranquila, limpia y transparente, como nos comprometimos".
Hasta el momento, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha indicado que están pendientes las actas del Jurado Especial de Elecciones (JEE) para concluir con todo el proceso de cómputo de votos.
La ONPE informó que, según el procedimiento habitual, las actas se procesaron en cuanto llegaron a los centros de cómputo. Si no presentaron ninguna observación, se sumaron al cómputo general y, a partir de entonces, se consideraron contabilizadas.
Las actas procesadas son todas aquellas que ingresaron al centro de cómputo correspondiente y pasaron por la digitación y verificación. En cambio, las actas contabilizadas son todas aquellas cuyos votos fueron registrados.
Un acta puede ser observada en uno de los siguientes casos: pérdida o deterioro, si está incompleta, falta de datos o son ilegibles, suma incorrecta o error material, se haya solicitado su nulidad o la impugnación de uno o más votos.
Las observaciones serán resueltas por los respectivos jurados electorales especiales (JEE) y, en segunda instancia, por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Con información de Telesur / ABI.