Yul Jabour: Judicialización del PCV es una "aberración jurídica" que ocurre "en dictaduras militares o en seudodemocracias"

Lunes, 28/08/2023 04:18 AM

Yul Jabour. miembro del Buró político del PCV
Credito: Archivo

28-08-23.-El Partido Comunista de Venezuela (PCV) vive la cuarta "ilegalización" desde su fundación, hace 92 años, dos veces en dictaduras, una tras optar por la lucha armada y la última este agosto, con un gobierno socialista, después de que el Supremo ordenara su intervención, pero que sus miembros afrontan con "la moral en alto", aseguran.

Yul Jabour, miembro de la dirección tradicional del PCV, dijo durante una entrecias a la agencia EFE que esta acción es una "judicialización", como ocurrió "en dictaduras militares o en "seudodemocarcias", lo que el buró político del comité central de la formación considera una "aberración jurídica" con errores "inexcusables" y marca un "gravísimo precedente para la historia".

Explicó que el TSJ justifica la decisión con que "no se ha celebrado el correspondiente congreso de la organización", lo que "es falso", según Jabour, ya que hubo cónclave en 2017 y en 2022, cuando se eligieron a los 62 miembros actuales del comité central, quienes ratificaron, por sexta vez, a Óscar Figuera en la Secretaría General.

Además, negó que quienes presentaron el amparo sean "militantes" del PCV, como los identifica la sentencia, sino que varios de ellos "son activistas de otras organizaciones políticas"; y precisó que sólo dos de los que figuran en la "junta 'ad hoc'" impuesta fueron miembros del partido, excluidos desde hace varios años por no cumplir con sus obligaciones estatutarias.

"Nadie puede alegar un derecho en una organización a la cual no pertenece", subrayó Jabour.

Ante esta "aberración", el PCV presentó un "escrito de defensa" ante el TSJ, en el que señaló que este amparo contraviene la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por haber sido presentado el 10 de julio, más de seis meses después del último congreso del partido.

Asimismo, destacó que la sentencia que ordena su intervención también es inconstitucional por no considerar el derecho a la reelección indefinida, establecido en la ley venezolana.

"En una parte de la sentencia, se dice que, para garantizar el principio de alternabilidad, los que se elijan para un cargo en las organizaciones políticas tienen que estar por un tiempo determinado, y eso viola un principio de la Constitución que se adoptó en la reforma constitucional (...) a cualquier cargo de reelección popular se puede optar (...) tantas veces el pueblo quiera", destacó.

*Con información de EFE

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