¿Estatuto de Transición o de Contradicción?

Miércoles, 21/10/2020 07:16 AM

"Las incoherencias son las peores compañeras que pueden acompañar a un político"

En las conversaciones que uno tiene a diario sobre el tema político nacional, hay un punto obligatorio que no se deja de tocar, y es en el momento cuando se habla sobre la muy particular oposición venezolana…de una vez hay que hacer referencia y es sobre las sorprendentes e incoherentes actitudes del autoproclamado, con sus constantes contradicciones…así sean orales o escritas, en donde los ejemplos sobran, pero que en la mayoría de los casos en que se le hace la observación sobre los errores políticos o la permanente incoherencias de sus actos, lo que hace es guardar un silencio hasta que la gente se olvide, o aplica la táctica de la negación, es decir, "yo no lo dije"…"lo sacaron de contexto"…"yo no firme ese contrato"…"esa no es mi firma"…"…"el 30 abril, yo venía caminando por La Carlota"…"esas fotos con los paramilitares son un montaje"…"yo no conozco a esa persona"…"yo no hice esa llamada"…"voy a investigar quien se está robando ese dinero"…"hoy si cae la dictadura"…

Y ahora el autoproclamado sigue sumando escándalo tras escándalo, cuando sale a relucir un estatuto de la transición, "redactado" jurídicamente hablando con muchas incoherencias e imprecisiones, que un estudiante de primer año de estudios jurídicos, lo hubiese redactado de una mejor manera…que le da a la figura de "la presidencia interina" una particular permanencia en el tiempo…sin limites, porque inventaron la renovación mensual del mandato, hasta que se pueda llamar a un proceso electoral presidencial…

Al revisar el articulo 13 de esos estatutos de la contradicción, se observa a que hay un reconocimiento a que el periodo parlamentario que comenzó en el 2015, debe finalizar en el 2020, para que se cumplan los cinco años establecido en la constitución nacional (Art 192)…y que no pueden permanecer los actuales diputados y diputadas, más allá del 4 de enero del 2021, ya que constitucionalmente (Art 219), la fecha de comienzo del primer período de sesiones parlamentarias, se inician el 5 de enero del 2021…y ese argumento constitucional, derriba la tesis del autoproclamado sobre "la continuidad administrativa" y su locura abstencionista, son incoherentes…

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