De la extensión universitaria a la vinculación comunitaria

Viernes, 01/11/2024 06:32 AM

La Unión de Universidades de América Latina, UDUAL, convocó, en 1957, a la Primera Conferencia Latinoamericana de Extensión Universitaria y Difusión Cultural, que se realizó en Santiago de Chile, y emitió un conjunto de planteamientos y recomendaciones que trataron de puntualizar la teoría latinoamericana en el campo.

El concepto de extensión universitaria que se postuló en aquella reunión señala: La extensión universitaria debe ser conceptuada por su naturaleza, contenido, procedimientos y finalidades, de la siguiente manera: Por su naturaleza, la extensión universitaria es misión y función orientadora de la universidad contemporánea, entendida como ejercicio de la vocación universitaria. Por su contenido y procedimiento, la extensión universitaria se funda en el conjunto de estudios y actividades filosóficas, científicas, artísticas y técnicas, mediante el cual se auscultan, exploran y recogen del medio social, nacional y universal, los problemas, datos y valores culturales que existen en todos los grupos sociales. 

Por sus finalidades, la extensión universitaria debe proponerse, según documentos de la Universidad Nacional Abierta de Venezuela, acerca del tema de la extensión universitaria, proyectar dinámica y coordinadamente la cultura y vincular a todo el pueblo con la universidad. Además de dichos fines, la extensión universitaria debe procurar estimular el desarrollo social, elevar el nivel espiritual, intelectual y técnico de la nación, proponiendo imparcial y objetivamente ante la opinión pública, las soluciones fundamentales a los problemas de interés general. Así entendida, la extensión universitaria tiene por misión proyectar, en la forma más amplia posible y en todas las esferas de la nación, los conocimientos, estudios e investigaciones de la universidad, para permitir a todos participar en la cultura universitaria, contribuir al desarrollo social y a la elevación del nivel espiritual, moral, intelectual y técnico.

Esta primera formalización de la función de extensión, tuvo una repercusión muy amplia;  durante varias décadas sirvió como base para la formulación de políticas, programas y acciones institucionales.

 

En otras reuniones se revisó el planteamiento original. La Segunda Conferencia Latinoamericana de Extensión Universitaria y Difusión Cultural, celebrada en México en 1972, replantea algunos aspectos: se cuestiona fundamentalmente el carácter asistencialista de la extensión, la falta de participación de la sociedad en las decisiones que le conciernen, y se propone, con una fuerte influencia de las teorías y experiencias de Freire en el terreno de la alfabetización, que la extensión y la difusión deben ser liberadoras en el sentido de que tienen que favorecer la socialización de los individuos en su realidad para que asuman el compromiso de actuar sobre ella, trasformándola.

Así la extensión trata de adoptar un nuevo enfoque que la presenta como un proceso de comunicación entre instancias situadas en un mismo nivel, donde no existe jerarquía y los mensajes actúan en una doble vía modificando tanto a la universidad como a la comunidad, gracias a la interacción permanente que se establece entre ellas.

En esa Segunda Conferencia, la "tercera función" quedó definida de la manera siguiente: Extensión Universitaria es la interacción entre universidad y los demás componentes del cuerpo social, a través de la cual ésta asume y cumple su compromiso de participación en el proceso social de creación de la cultura y de liberación y transformación radical de la comunidad nacional.

De acuerdo con estos planteamientos, el "servicio" constituye una respuesta a una solicitud de un grupo o de la comunidad globalmente considerada, que supone el reconocimiento de la competencia de la universidad para establecer un nuevo tipo de relación con ésta, y rebasa ampliamente la mera distribución de actividades de enseñanza o culturales al exterior de la universidad. Las contradicciones y problemas que se presentan corresponden, sin duda, a una definición insuficiente de los lazos entre universidad y sociedad y el tipo de servicios que deben presentarse.

La extensión universitaria en el marco de la educación de Venezuela, ha registrado en los últimos años las necesidades más prioritarias de estudiantes y público general no escolarizado, aportando servicios de asesoramiento, que van desde lo puramente informativo hasta el plano de lo moral. Su información requerida se centra en líneas de estudio que les interesan, motiven y les proporcionen una orientación, así como una ampliación del conocimiento y su aplicación.

 

La línea de acercamiento que caracteriza la Extensión Universitaria está orientada, según información de Mauricio Hernández Ramírez (Doctorado en Ciencias Pedagógicas y Asesor de las Unidades Académicas de Educación a Distancia de la Universidad Autónoma de Tamaulipas. – México, mauherna@edu-cdv.uat.mx), en tres grandes funciones: 1.- Una función orientadora: Ya que el contacto directo y constante con los alumnos o la comunidad, no es una característica de esta modalidad, es decir, existe una despersonalización del proceso, lo que provoca no solo una atención a la exploración psicológica sino a una ayuda continua a la personalidad del educando de manera que este pueda ir adoptando libremente las estructuras de pensamiento de acuerdo con sus intereses alternativas y ajustes;  2.- Una función académica: Los participantes tienen como objetivos y contenidos de curso o programas culturales o de servicios, que haga resonancia en los prerrequisitos para acometer el estudio, ser guía en la planificación y desarrollo del proceso de aprendizaje, prevé el reforzamiento de los materiales de estudio, mostrar las diversas metodologías, así como también el uso de las evaluaciones; y 3.- Una función de cooperación: Lo que esta busca es estimular una cultura específica referida a la filosofía sobre los fundamentos, estructuras, posibilidades y métodos de la enseñanza a distancia, de la comunicación de control que permite valorar o revalorar cualquier elemento del sistema.

Estos elementos de carácter histórico-conflictual , nos orientó a plantear como objeto de estudio una aproximación, desde el ámbito de la teoría política educativa, a la realidad extensionista universitaria en Venezuela desde 1999, tratando no sólo de redefinir conceptos y precisar políticas educativas en razón de este tema, sino proponer abiertamente un debate crítico acerca del papel que debe tomar la actividad extensionista ante un sistema político cada vez más socializado y con un duro cuestionamiento a la función de la universidad en sus acciones sociales.

La realidad evolutiva de la extensión universitaria en el mundo y en Venezuela, nos hace ver que existe realmente un criterio de orden y coordinación en razón de la función extensionista; pero ese orden se circunscribió a dos realidades hoy totalmente diferentes: una, que corresponde a la Universidad tradicional, la cual despertó con la Reforma de 1918, en Córdoba-Argentina, y que se sustentó en modelar instituciones de educación superior que respondieran a las demandas de las capas emergentes en la región y al fortalecimiento del modelo industrial por sustitución de importaciones, haciendo de las universidades públicas centros de especialización para fomentar el esquema liberal; otra, el modelo reformista de la década de los 80 y 90, que vino a redefinir la autonomía, regulando los sistemas de acceso, de participación de todo el sistema en la formulación de las políticas y en la asignación de los recursos en función de variables de gestión, así como desarrollando un modelo binario de mecanismos de financiamiento a la demanda.  

Éste modelo se ha agotado porque las condiciones del entorno han cambiado; hay nuevos intereses y una percepción del conocimiento diferente a la que se apreciaba a comienzos del siglo XX. El conocimiento en 1918 era un instrumento ideologizante, hoy día es transformador, esto marca notablemente la movilidad de una actividad extensionista marcada por el discurso, a otra que exija hechos concretos; se requiere nuevos elementos que hagan posible su renovación y adaptación a las nuevas realidades y necesidades del continente latinoamericano, las cuales no sólo incluyen a Venezuela, sino que la presentan como el epicentro de cambios importantes y sostenidos del modelo universitario “comunitario”, como han denominado algunos documentos oficiales del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. 

En virtud de esto, nuestro objeto de estudio se centra en la visión de las políticas educativas creadas para construir ese nuevo paradigma humanista en el marco de la educación superior en Venezuela; nos referimos al salto de un paradigma positivista-individualista, a un paradigma humanista colectivista, el cual, sin lugar a dudas, repercutirá en buena parte del continente de América del Sur, en razón de los convenios y cooperaciones firmadas por el Estado venezolano con países como Argentina, Bolivia, Ecuador, Brasil y Chile.

Ello lleva a formular algunas preguntas que requieren ser despejadas para dar paso a problemas más complejos donde situar ese nuevo modelo de política educativa universitaria en el ámbito extensionista: ¿Qué ha entendido las universidades venezolanas por política extensionista? ¿Hay un modelo ideal de la función extensionista en Venezuela? ¿Estamos ante los antecedentes inmediatos de una nueva concepción de la extensión universitaria a través de lo que hoy se conoce como “municipalización de la universidad”? ¿Qué instrumentos teóricos y herramientas de análisis han de ser considerados en el trabajo extensionista en un contexto de sociedad democrática convulsionada por cambios institucionales? ¿Qué vigencia tiene en la actualidad la función extensionista universitaria en Venezuela? ¿Cómo entender la extensión universitaria ante una realidad dialéctica-histórica que se muestra impulsiva y transformadora? 

Estas interrogantes justifican en una investigación porque busca explorar con criterios de originalidad y profundidad cuál ha sido el trabajo extensionista hasta el momento y cómo debería ser de cara a un futuro en el cual, en el caso de Venezuela, se le otorgue responsabilidades de coordinación y supervisión de procesos inmersos en el pensamiento de “aulas abiertas” para masificar aún más los criterios de oportunidades de estudio y usos del conocimiento científico-académico en todo el espectro de la sociedad contemporánea.

En una palabra: ¿Cómo son los significados de la teoría política educativa que define las bases socio-educativas de la extensión universitaria en Venezuela, en términos del nuevo lineamiento ideológico-jurídico del Estado, a partir de 1999?

En este sentido, para alcanzar esta incógnita surgen otras cuyo complemento dan sentido a nuestro interés por conocer y proponer nuevos escenarios de la política educativa venezolana en el ámbito de la extensión universitaria: ¿Cómo son las bases teórico-filosóficas, desde sus orígenes occidentales,  que fundamentan el extensionismo como conducta y teoría política educativa? ¿Qué significado tienen bases teórico-filosóficas que fundamentan la política educativa en el marco de la extensión universitaria en Venezuela? Y ¿Cómo se puede interpretar el significado de las bases teórico-filosóficas que fundamentan la política educativa en el marco de la extensión universitaria en Venezuela, en términos del nuevo lineamiento ideológico-jurídico del Estado? 

Para entender el cuerpo teórico acerca de la universidad que necesitamos y el papel de la extensión universitaria en la sociedad del siglo XXI, hay que explorar el texto de Morin con “La Cabeza bien puesta”, en donde hay una vasta nomenclatura del pensamiento complejo en cuanto a la concepción de responsabilidad social que tiene la universidad.

Lo simple es lo que puede concebirse como “una unidad elemental indescomponible”, excluye lo complicado, lo incierto, lo ambiguo, lo contradictorio. La aplicación de un “pensamiento” – “teoría” – “método” simple a un fenómeno complejo conduce a una simplificación, la cual es la disyunción entre entidades separadas y cerradas, la reducción a un elemento simple, la expulsión de lo que no entra en el esquema lineal. En una palabra lo resume Morin: “Lo simple no existe: solo existe lo simplificado”.

La complejidad es lo que no es simple; lo que no puede resumirse en una palabra maestra, a una ley. Es un tejido de constituyentes heterogéneos inseparablemente asociados, una paradójica relación de lo uno y lo múltiple, una mezcla íntima de orden y desorden. ¿Cómo se nos presenta? Como lo inextricable, lo enredado, lo ambiguo, la incertidumbre. Por ello, la educación debe estar orientada a comprender la incertidumbre y no a desviarse de su influencia, tratando, erróneamente, de alcanzar soluciones que terminan por ser “ilusiones”, es decir, pensamiento superficial.

Debemos ser prudentes para no caer en ilusiones La complejidad conduce a la eliminación de la  simplicidad. La confusión de la complejidad con la completud, hace que no se perciba la realidad en el contexto real en que se encuentra en nuestras relaciones en sociedad: la totalidad es la no verdad.

La confusión de la complejidad con complicación, hace creer que lo complejo puede resumirse en la palabra complejidad, retrotraerse a una “ley de  complejidad”. Creer en la posibilidad de eliminar la contradicción,  la incertidumbre y lo irracional, es el inmenso laberinto en el que se encuentra el Sistema Educativo actual.

Por un pensamiento complejo se ha de entender en el ámbito de la Reforma Educativa como el reconocimiento de  un principio de incompletud y de incertidumbre en el seno de todo conocimiento; ante el cual se ha de aspira a un saber no parcelado, no dividido, no reduccionista, evitando un conocimiento-acción unidimensional y mutilante.

Lograr un pensamiento multidimensional que sea capaz de concebir la complejidad de lo real, hace necesario la búsqueda de un método para “Unir lo separado” – “Articular lo que está desunido”. Ello lleva a un planteamiento concreto en el texto La Cabeza bien puesta: La Educación ha de ser Organizador de la organización; es decir, donde los individuos conocen, piensan y actúan en conformidad con los paradigmas culturalmente inscriptos en ella.

El paradigma orienta, gobierna y controla la organización de nuestros razonamientos y sistema de ideas. Es organizador de la organización en tanto gobierna los principios de pensamiento y se encuentra en el corazón de los sistemas de ideas, y comporta un múltiple enraizamiento: lingüístico-lógico-ideológico y también cerebral-psíquico-sociocultural.

Necesitamos Reformar la Educación para motivar el surgimiento de un pensamiento que se dé cuenta de que el conocimiento de las partes depende del conocimiento del todo, y que el conocimiento del todo depende del conocimiento de las partes; así mismo, que  reconozca y analice los fenómenos multidimensionales en lugar de aislar, mutilando, cada una de sus dimensiones y analice las realidades que son al mismo tiempo solidarias y conflictivas. Ello sin obviar el respete a lo diverso, en donde al mismo tiempo se reconozca la unidad.

Según Edgar Morin los principios para una reforma del pensamiento generarán un pensamiento del contexto y de lo complejo. Un pensamiento que vincule y afronte la falta de certeza, reemplazando la causalidad lineal por una causalidad multireferencial.

A todo esto, Morin se pregunta: ¿Quién educará a los educadores? Y se responde: Una minoría de educadores, animados por la fe en la necesidad de reformar el pensamiento y en re-generar la enseñanza, los cuales proporcionaran una cultura para contextualizar, distinguir, globalizar, preparar las mentes para que respondan a los desafíos complejos, para enfrentar las incertidumbres y educar para la comprensión humana.

Ahora bien, de manera concreta, pensar en el futuro como incertidumbre, es asumir el nuevo tiempo con la mente calzada en el esquema real de los nuevos desafíos educativos. Enseñar la comprensión es estudiar las raíces de esa incomprensión, fuente de males para el hombre (racismo, xenofobia, discriminación).

La misión espiritual de la educación es enseñar a comprender al ser humano, y luchar por una ética de la comprensión humana, para lograr una paz planetaria. La ética del género humano es promover una educación que mire a una antro poética, la cual reconozca y forme conciencia de la trinidad individuo-sociedad-especie; que muestre a la humanidad como comunidad planetaria; que fomente una educación para la toma de conciencia de nuestra tierra-patria y traducirla a una ciudadanía terrenal; y que consiga una reforma del pensamiento, una política del hombre y una política de civilización. 

En el desenvolvimiento e intercambio con los otros, el sujeto sufre una constante interferencia de su posición interna como de su proceder en el mundo. De este feed back entre individuos se constituye lo socio-cultural, el medio en donde se organiza y reorganiza la vida tanto singular de los sujetos como toda la posibilidad de construcción común de los conocimientos. La ciencia, la educación, la política, los procesos sociales y económicos no puede escapar al condicionamiento cultural. Las manifestaciones científicas y culturales ligadas a los conceptos emergentes están involucradas en circuitos recursivos, en interacciones no lineales dentro de la ciencia y la cultura misma. 

Una percepción que influyó en la concepción del extensionismo, ha sido el "paradigma de la simplificación", formulado por Descartes, que ha sido rector del saber occidental desde el siglo XVII, postuló como principio de toda verdad las ideas "claras y distintas" (Descartes, 1637) y la búsqueda de reglas fijas para descubrir verdades. Este pensamiento disyuntor, terminó por entorpecer el camino de la ciencia hacia su propio conocimiento, coartándole la posibilidad de reflexionar sobre sí misma. 

En todo el pensamiento cartesiano se distinguen dos importantes principios: el de separación y el de reducción, teniendo este última una doble articulación: por una parte, la reducción del conocimiento del todo, al conocimiento de la suma de las partes; y por la otra, la limitación de lo cognoscible a lo mensurable, donde lo verdadero es lo evidente y lo evidente a su vez, debe estar definido por la claridad y la distinción.

La historia del pensamiento moderno estuvo signada por este esfuerzo de comprender la naturaleza de las cosas y los sucesos simplificando permanentemente los fenómenos para su mejor comprensión. Y fue, precisamente, bajo el manto de este pensamiento mecanicista, que se produjo la reducción de lo complejo a lo simple y la hiperespecialización, fragmentando profundamente el entramado complejo de la realidad hasta llegar a la ilusión de admitir que una mirada reducida sobre lo real, puede llegar a tomarse por la realidad misma.

En cuanto a la educación, esta no ha sido ajena a este pensamiento simplificador. Frente a realidades cada vez más complejas que ponen en evidencia la necesidad de un conocimiento multidisciplinario, la educación, tradicionalmente, ha formado al ser humano con esquemas disyuntores, que buscan la comprensión a través de la separación de las partes. 

Una verdadera reforma educativa, requiere un profundo cambio en los esquemas tradicionales de enseñanza. Una postura abierta a la realidad en sus múltiples facetas, desde sus distintas aristas, enmarcada en una dialógica de aspectos que pueden ser, al mismo tiempo, antagónicos y complementarios. 

A todas estas, la reforma que plantea Morin, trasciende a la reforma curricular, porque entraña el concepto de un hombre que entrelaza una vertiente biofísica y otra psico-socio-cultural, ambas en permanente interacción, siendo esta fórmula la que hará posible articular una extensión universitaria en sintonía con las necesidades reales de las comunidades y produciendo cambios sustanciales que hagan de las instituciones de educación superior, un referente idóneo para el reimpulso de las condiciones humanas en este siglo XXI.

Se ha hecho alusión al carácter, intencionalidad y estilo del discurso educativo venezolano, buscando construir categorías que nos permitan apreciar en dónde encaja la política extensionista. Porque el extensionismos es una política educativa, y no un fundamento, o declaración de principios de las universidades; del mismo modo hemos sintetizado el pensamiento de Morin que bien le ha dado reflexión crítica al papel de la relación universidad-comunidad, destacando su visión reformista en la cual la extensión funge como estructura expedita para la promoción y difusión de una cultura universitaria que vaya más allá de las aulas y los espacios académicos.  

Y tal cual lo expresa Morin, es necesario revalorar la política educativa en su acción social, porque precisamente constituye un elemento conceptual e interpretativo que identifica la misión la universidad latinoamericana, tal como fue concebida a comienzos del siglo XX, en la Reforma de Córdova, e indica cuáles son las condiciones para que la extensión se asuma como parte de la función universitaria sensibilizando y dando un carácter solidario a las instituciones de educación superior. Precisamente esta solidaridad hace posible lazos comunicativos que a través de la extensión promociona la inclusión y participación de las comunidades en la factibilidad de conocimientos  adquiridos en los claustros universitarios.

Hoy, cuando se redactan estas ideas, en Venezuela hay un proceso de revisión del sistema educativo venezolano y del papel de las instituciones educativas en el ejercicio pleno de deberes y derechos constitucionales. La percepción de una escuela tradicional limitadora da paso a una escuela activa reformadora; que busca su espacio y sus elementos de coincidencia con el contexto histórico, cultural y humano en el cual, como sociedad mestiza y colonizada le ha tocado vivir.

El tema de la extensión universitaria en Venezuela ha tenido una lectura equivocada. Revisando documentos institucionales, en la década de los noventa hasta nuestros días, de tres universidades nacionales (Universidad Nacional Abierta, Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez y Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora), se aprecia que el tratamiento dado a la actividad extensionista universitaria gravita en la asignaciones de funciones culturales y de recreación en las cuales, de manera muy limitada, la participación de las comunidades no iba más allá de ser espectadora. Todo aquello planificado y organizado para potenciar la relación universidad-comunidad, se circunscribe a eventos pensados por la comunidad universitaria y no discutidos o concertados con las comunidades. En una palabra, esa función de nuestras universidades de amplitud, de extender el conocimiento hacia su entorno social, ha pasado, aún pasa, por una incomprensión del papel extensionista como elemento multiplicador del alcance y trascendencia del proceso de enseñanza en educación superior.

En este sentido valdría indicar que esta cruda realidad observada en documentos oficiales, y en observación directa, realizada durante varios años (desde 1999 hasta el presente) de experiencia académica del autor, obedece al desconocimiento de que la extensión universitaria es una política educativa y no una descripción funcional de las actividades propias del claustro universitario.

Según índica Mirna Sánchez de Mantrana el marco legal existente en Venezuela,  enfatiza en que las universidades deben responder a las necesidades sociales, de formación y desarrollo pleno de los educandos. Es decir, que la responsabilidad social de las universidades está implícita en la orientación como derecho y deber de Estado que incide sobre las acciones gubernamentales, o de Gobierno, a través de la política educativa.

La política educativa, teorizando los aportes de Octavi Fallat, tiene que ver con la conjugación de elementos de organización política de la sociedad, los Gobiernos, y con el marco de leyes del Estado en el cual se fundamenta el Gobierno para direccionalizar sus acciones de mandato. Es decir, si en el marco legal venezolano hay una intención directa de atribuir a las universidades la responsabilidad social de responder a la sociedad, demás está indicar que el Estado, bajo cualquier enfoque de autonomía universitaria que se aprecie, está en el deber de gestionar una política educativa que incluya la acción social de las universidades para el ejercicio pleno del mandato de Gobierno. 

¿Qué nos dice la Constitución Nacional? En el Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos, se señala en su articulado que “…la educación es un derecho humano y un deber social…” (Artículo 102); del mismo modo que las universidades gozan de una automia para el abordaje de sus principios y acciones como institución superior, en donde se incluye la planificación, organización, elaboración y actualización de los denominados programas de investigación y extensión.  (Artículo 109)

La intencionalidad de las últimas ideas del párrafo anterior, que es un parafraseo del artículo 9 de la Constitución Nacional, ha sido que la autonomía universitaria ha de ser en razón de los asuntos que competen a la academia como élite del conocimiento en la sociedad, pero no así el desconocimiento de la política integral educativa que el Estado, a través del Gobierno de turno, impulse como proyecto de político nacional. 

Esto ha traído enfrentamientos y cuestionamientos desde diversos sectores de la sociedad, pero no sería una tremendura pensar que la desubicación de  las autoridades universitarias en este articulado es lo que ha traído la distorsión en el enfoque que se le ha dado a la extensión universitaria. Porque todo indica que la raíz de una ausente política educativa extensionista, parte de un aislamiento de las directrices de la política nacional del Estado por parte de las universidades.

Valga otro ejemplo evidente: las misiones. Las misiones se constituyeron a raíz del año 2000 en el sistema político venezolano, como un instrumento de impulso de políticas de desarrollo en educación y salud, asumiendo acciones sociales que deberían haber sido programas de atención de las universidades a través de sus coordinaciones de extensión. 

Se evidencia con lo anterior que las universidades nacionales (públicas y privadas) no andan en sintonía con la realidad nacional y con las directrices del proyecto político del Estado. Al existir esta falta de empatía, es evidente que la extensión universitaria no consumiera su razón de ser como función orientadora (así definida en 1957, en la Primera Conferencia Latinoamericana de Extensión Universitaria e Intercambio Cultural, realizada en Chile) de la política educativa universitaria en lo que respecta a la acción social.

Ahora bien, en donde se ha dado un empuje a la concepción extensionista es en la Ley de Universidades, en donde se le da rango de “función universitaria”. Pero  es importante destacar qué papel realmente se le asigna a la extensión en este instrumento concreto de Ley; el artículo 1, le da a las universidades una definición que las compromete con el rol social: “La Universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores transcendentales del hombre.” Es decir, al ser portadores de una verdad es obligación afianzarla en el marco de los valores trascendentales del hombre: ¿dónde están esos valores trascendentales del hombre? En la Sociedad. Por ello, esa verdad, digamos aparente, tiene que ser compartida con la sociedad. 

Y el artículo 2 expresa que las “…Universidades son Instituciones al servicio de la Nación y a ellas corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución  doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales”. ¿Qué nos quiere dar a comprender el legislador? Que las universidades obedecen a un orden estatutario en el cual sus acciones han de ir consagradas al desarrollo integral de la sociedad y no a sectores o grupos de interés particulares. En este sentido es donde con mayor profundidad se ha desvirtuado el extensionismo: ha dado respuesta a sectores y no a una política integral educativa que bien está inmersa en el sentido que establece el artículo.

En este aspecto el artículo 9 es más concreto, al inferir la categorización de la autonomía universitaria en cuatro grupos: la organizativa, que le da la potestad a la universidad de dictar sus normas; la académica, que le da la potestad de organizar, planificar y realizar programas de investigación, docencia y extensión que fueran necesarios; la administrativa que le da la potestad de elegir sus autoridades; y la económica-financiera que le permite administrar y organizar su patrimonio. En este artículo, específicamente el punto académico que hace referencia a la extensión, está mal enfocado. Primero porque hace ver la “necesidad social” como un ingrediente ajeno a la estructura global de la universidad; y segundo, porque simplifica en lo académico una responsabilidad que es de todos los miembros de la universidad y no de un grupo de docentes o estudiantes que inspirados en algún temario teórico o práctico deciden un buen día cuáles son las necesidades sociales de su entorno. 

La política educativa priva sobre este criterio de ley porque como política de Estado obedece a un mandato superior que está en la Constitución y la Ley Orgánica de Educación, por consiguiente la planificación y organización de la actividad extensionista es de todos y no de un grupo especializado en la universidad. Aquí radica otro elemento distorsionador de la extensión universitaria.

En este aspecto, y haciendo alusión al artículo 38 de la Ley de Universidades que otorga a las instituciones de Educación Superior el fomento de la actividad cultural como extensión de sus funciones, nos dice Mirna Sánchez de Mantrana, la función de la universidad como rectora de la cultura surge la concepción de la Extensión como sinónimo de difusión de la cultura. 

Sin embargo, en las últimas décadas ha ocurrido un deslinde de la función de Extensión de la difusión cultural y se tiende a aproximar a la extensión con la producción. La intención ha sido utilizar la extensión como una oportunidad alterna complementaria de obtención de recursos económicos para la universidad, de fuentes distintas al presupuesto asignado por el Estado ante las crisis presupuestarias enfrentadas por las Instituciones de Educación Superior.

En este sentido se aprecia como el factor Cultura ha sido un elemento más distorsionador de la razón de ser de la extensión universitaria; ésta, tal cual lo establece la Ley, tiene una vinculación directa, su contribución doctrinaria, con la razón de ser del proyecto de país en el cual esté inmerso. No es un capricho del legislador dejar las aristas claras y precisas de que la extensión universitaria es orientadora y difusora del conocimiento para beneficio de los valores trascendentales del hombre. 

La cultura es un valor trascendental del hombre, pero no el único valor; juega un papel modelador en el contexto de las relaciones humanas, pero requiere de la adhesión ideológica a una visión programática de país, no es aceptable la improvisación y el libre albedrío en asuntos que competen el bienestar del colectivo. 

Por ello la extensión universitaria no puede ser vista como una función subordinada a la estructura de Departamentos o Programas académicos, ella es un todo integral que parte desde las políticas comunicacionales de los rectorados, hasta los talleres o conversatorios informativos planificados para difundir el conocimiento en la sociedad.

Las diversas universidades del país han asumido una posición muy particular en lo que se refiere a la extensión universitaria, acogiéndose al artículo 9 de la Ley de Universidades, le han dado “su autonomía funcional” a la actividad extensionista. Así, la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA)  de Barquisimeto, la define como la función que permite establecer una interacción crítica y creadora entre la Universidad y los problemas de las comunidades; la Universidad Nacional Abierta, como un conjunto de alternativas y estrategias para contribuir al desarrollo de recursos humanos, haciendo énfasis en la interacción universidad-comunidad; la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, aprecia la extensión universitaria como una actividad inmersa en la educación permanente, la cual busca fortalecer la identidad nacional, reafirmar los valores y crear conciencia latinoamericana y universal; y la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora, ve en la extensión universitaria un conjunto de actividades que promueven la divulgación de conocimiento y el perfeccionamiento profesional y técnico de las comunidades.  

Todas estas voces, extraídas de documentos oficiales de las universidades nombradas y de sus portales en Internet, que hemos simplificado en un parafraseo simple, coinciden en que la extensión universitaria es una función “comunicacional”. Es decir, producto de una interacción entre universidad-comunidad para hacer llegar un conocimiento factible para la solución de sus necesidades. Pero es que aún con esta buena intensión de unificar criterios en razón de ver la función extensionista como una responsabilidad social de las universidades, la extensión en sí es la respuesta de las universidades a la orientación del proyecto país que adelante el Gobierno de turno de un Estado. Es decir, no se circunscribe únicamente a una plataforma de “interacción”, eso es superficial; responde a una necesidad integral de lo administrativo, organizativo, académico y económico que tiene que ver con la razón de ser de las universidades. Es el todo en la diversidad de la unidad.

En este sentido valga la percepción de  Moraima Estévez, cuando  nos avizora  lo que a su entender debería ser la Universidad que albergue una extensión universitaria desde el concepto de ese “todo” expone que la universidad venezolana es la institución de educación superior generadora y transmisora de conocimientos que propendan al aumento del acervo cultural mundial, con sentido de pertenencia social  y equidad, para contribuir con el desarrollo científico, tecnológico, humanístico y cultural del país; responsable de la formación de profesionales altamente calificados, con capacidad crítica y creativa, con valores éticos y morales; todo esto en un espacio de tolerancia para la confrontación de ideas en un contexto de libertad y búsqueda de la verdad y de la excelencia. Cada universidad especificará su propia misión dentro de sus particularidades especiales. 

La universidad, a todas estas, debe ser un espacio de promoción y cambio social, generadora de motivación en el colectivo para la profundización de conocimiento y la adecuada utilización de la técnica al servicio de una transformación de la naturaleza sin mayores daños ecológicos y ambientales que lamentar. 

En este contexto ideal se ha de construir una extensión universitaria que cumpla la misión social totalizadora de orientar la respuesta de las universidades del país en razón de una alianza estratégica integral que fortalezca y ayude al alcance de los objetivos políticos del proyecto de país en un tiempo histórico determinado. No se trata de ideologizar la actividad extensionista, sino de transformarla en un instrumento de acción social al servicio de la política educativa del Estado y no al servicio de las intencionalidades, que pueden ser buenas, de grupos académicos distorsionados de la realidad histórico-conflictual que exista.  

Ahora bien, cuando nos referimos a un proyecto de país: ¿a qué hacemos referencia? Sin duda al modelo de Estado descrito en las leyes y a las políticas burocráticas construidas y sometidas a consideración del soberano, colectivo electoral y ciudadano, para la búsqueda de un desarrollo sostenido y sustentable en el marco de la sociedad global contemporánea. Ese proyecto de país lo conforma un fundamento filosófico e ideológico que persigue objetivos que al ser avalados por la mayoría se convierten en un modelo consensuado a seguir y al cual han de estar adscritas todas las instituciones de la república.

En el caso de Venezuela, el proyecto de país ha tenido desde 1999 tres escenarios fundamentales: 1.- La Constituyente de 1999 que da nacimiento a una nueva Carta Magna en la cual el espíritu es un cambio de un modelo de democracia representativa a un modelo de democracia participativa y protagónica; 2.- La creación de una política asistencialista de emergencia que respondiera en educación, salud e infraestructura a las necesidades reales y múltiples de la sociedad venezolana;  y 3.- La construcción de un modelo de Estado Socialista.

El proyecto de país es necesario para orientar políticas concretas y directas de desarrollo institucional y social. El estilo y motivación de ese proyecto de país está caracterizado por el liderazgo de turno, en el contexto de los sistemas democráticos de gobierno, esto no estigmatiza la acción social de las universidades como adhesión a ese liderazgo, sino a los elementos de desarrollo que ha asumido el colectivo.       

En tal sentido valga mencionar la reciente Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior del 2005, la cual no sólo norma al estudiante que a nivel de pre-grado, como parte de su programa académico profesional, tenga el deber de cumplir con un servicio comunitario que es definido por la ley como “…la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad…” (Artículo 4); sino que establece una plataforma de trabajo extensionista que bien se encuadra en la concepción actual del extensionismo; es decir, en esa percepción institucional de actividad que promueve la interacción universidad-comunidad.

La  Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (LSCEES), es un claro ejemplo de lo que sería la función extensionista en el ámbito académico. Aquí sí calca la intención de orientar los proyectos de investigación hacia la resolución de problemas puntuales en la sociedad, incluyendo las actividades culturales y de apoyo técnico en lo que ha gravitado el extensionismo universitario en las últimas décadas.

Por ello los referentes de la política extensionista universitaria en Venezuela pasan por una etapa de reorganización y replanteamiento de los fines para los cuales ha sido concebido el extensionismo. Más adelante ahondaremos este aspecto en el marco de las teorías que han dado cuerpo orgánico al extensionismo, pero simplifiquemos en este aparte la idea de que tal cual hoy se ha entendida la actividad extensionista en las universidades venezolanas ha sido una visión desvirtuada del espíritu normativo que rige la interacción universidad-comunidad.

La extensión implica un todo integral en razón de la unidad que representa el proyecto de país de un Estado; lo que hoy se conoce como Servicio Comunitario es lo que desde el plano académico debe ser un instrumento de acción social de ese todo extensionista; pero circunscribir a un “apartado” marginal al extensionismo no sólo implica limitar los alcances de la acción social integral que deberían aportar las universidades al entorno social, sino limitar la política educativa de desarrollo que todo Estado adelanta como parte de su proyecto de país. 

Ahora bien, la extensión universitaria en Venezuela comenzó a transformarse en lo que hoy se conoce como vinculación sociocomunitaria a partir del propio documento de la “Ley de Universidades” de1970, lo que sucede es que sería a raíz de la algunos instrumentos legales que amplían los criterios de participación ciudadana que se le ha dado la connotación de vinculación sociocomunitaria, generando una fusión más efectiva entre la acción formadora de las universidades y la acción social;  la extensión, junto con la investigación y la docencia, proyectarse en el marco de un enfoque más fuerte en la responsabilidad social y el compromiso comunitario, reflejando un cambio hacia la vinculación con las comunidades. Esto se ha visto impulsado por diversas iniciativas y congresos que han buscado integrar estas actividades en el currículo universitario y fortalecer su relevancia en la educación superior. En este contexto, la vinculación sociocomunitaria se ha definido como un proceso mediante el cual las universidades se conectan activamente con las comunidades, buscando no solamente ofrecer servicios, sino también colaborar en el desarrollo social y cultural a la colectividad universitaria o no universitaria.

A mediados de la segunda década del siglo XXI, la extensión universitaria, ahora entendida como vinculación sociocomunitaria, fueron conceptos relacionados, pero en la práctica difieren en su enfoque y objetivos.

La misión de la extensión universitaria la centra en las actividades que llevan el conocimiento académico y científico de la universidad hacia la comunidad, incluyendo conferencias, cursos, talleres y proyectos de servicio comunitario, teniendo como principal meta es compartir el conocimiento y los recursos de la universidad con la sociedad, facilitando un intercambio de saberes entre académicos y miembros de la comunidad, y permeando bajo el eje tradicional de un proceso unidireccional donde la universidad "extiende" su conocimiento hacia el exterior, aunque ha evolucionado hacia una interacción más dialógica.

En cambio, la vinculación sociocomunitaria, es un concepto que abarca una interacción más activa y colaborativa entre la universidad y su entorno social, económico y cultural. Implica trabajar en conjunto con diversas organizaciones, empresas y comunidades para abordar problemas específicos, busca no solamente compartir conocimiento, sino también contribuir al desarrollo y bienestar de la sociedad mediante la identificación y solución de problemáticas locales. La vinculación sociocomunitaria promueve un diálogo continuo entre la universidad y la comunidad, donde ambos actores participan en la planificación, ejecución y evaluación de proyectos.

En un aspecto puntual, en los últimos años del siglo XXI, se le ha reconocido mayor responsabilidad a la extensión universitaria que estuvo centrada en llevar el conocimiento a la comunidad, asignándole de manera integral el rol de la vinculación sociocomunitaria, la cual viene a sumar una colaboración más profunda y activa para resolver problemas sociales y fomentar el desarrollo comunitario.

De manera general, la vinculación sociocomunitaria en la actualidad es un brazo extensivo de las políticas públicas universitarias para ampliar su nivel de participación en el  desarrollo social, económico y cultural de las comunidades, con la idea central de contribuir al desarrollo sostenible, a través de la interacción activa, es decir, la vinculación sociocomunitaria haciendo posible la interacción de manera activa con las comunidades, en el abordaje de los problemas que hagan posible promover soluciones sostenibles.

Las universidades implementan proyectos que buscan mejorar la calidad de vida de los habitantes, fomentando el desarrollo económico y social mediante la capacitación y el acceso a recursos.

En otro sentido, la vinculación sociocomunitaria ha hecho posible la formación integral de estudiantes al aprendizaje práctico, a través de la vinculación, los estudiantes tienen la oportunidad de aplicar sus conocimientos en contextos reales, lo que enriquece su formación académica y profesional. Esto no solamente ha venido a beneficiar a los estudiantes, sino que también fortalece su compromiso con las necesidades de la comunidad, desarrollando valores a través de los proyectos comunitarios que buscan ayudar a los estudiantes a desarrollar la responsabilidad social y el trabajo en equipo, desde la postura de la innovación y generación de conocimiento, fomentando la investigación orientada a resolver problemas locales, permitiendo que el conocimiento generado sea relevante y útil para las comunidades.

Las universidades, a todas estas, a través de esa figura ampliada extensionista que es la vinculación sociocomunitaria, actúan como centros de difusión del conocimiento, facilitando el acceso a información y tecnología que puede ser crucial para el desarrollo local, consolidando el rol de responsabilidad social universitaria que se había tenido postergado ante la idea equivocada que los saberes, habilidades y destrezas del conocimiento, debían estar dirigido única y exclusivamente a los miembros de la comunidad universitaria. De lo que se trata es de asumir un compromiso social a través de una manifestación del compromiso social de las universidades, donde estas no solamente se dan una formación integral y holística, sino que también se involucran activamente en el bienestar de las comunidades que las rodean. 

Otro aspecto que apertura la vinculación sociocomunitaria es el establecimiento de vínculos con diferentes actores sociales  como gobiernos, ONG´s, empresas, entre otras; siendo esencial para crear un ecosistema colaborativo que potencie el impacto de las iniciativas comunitarias.

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En concreto, la vinculación sociocomunitaria hoy día es un proceso integral que persigue no solamente transferir conocimiento, sino también generar un impacto positivo en las comunidades mediante la colaboración activa entre universidades y sociedad; esto se traduce en un mejoramiento tangible en la calidad de vida y en el desarrollo sostenible.

Finalmente, la vinculación sociocomunitaria ha experimentado una notable evolución en las últimas décadas, reflejando cambios en las dinámicas sociales, políticas y educativas; los principales aspectos de esta evolución parten de ampliar el radio de acción que tenía la extensión universitaria tradicional, la cual se había concentrado solamente en la difusión del conocimiento hacia la comunidad. Sin embargo, en las últimas décadas, ha evolucionado hacia un modelo de vinculación que enfatiza la co-creación y el trabajo colaborativo entre universidades y comunidades.

La vinculación sociocomunitaria a grandes rasgos, ha creado un aprendizaje-servicio,  ya que permite la integrando del aprendizaje académico con el servicio comunitario; se prioriza el protagonismo estudiantil y la construcción de saberes a partir de experiencias prácticas en contextos reales; y se tiene una estructura orgánica dentro de las universidades para dar respuesta a los desafíos sociales que puedan ir presentándose.

En latinoamérica, sobre todo en Venezuela,  se han implementado programas como el Programa Nacional de Voluntariado Universitario y otros que promueven la función social de las universidades; estas iniciativas buscan jerarquizar y formalizar la vinculación sociocomunitaria como parte integral del quehacer universitario; y la figura de los Consejos Consultivos Comunitarios,  los cuales han permitido una mayor comunicación con las comunidades y respondiendo en tiempo real y efectivo a las demandas sociales, permitiendo una retroalimentación constante entre las instituciones académicas y los actores locales.

La vinculación sociocomunitaria, en concreto,  ha evolucionado hacia un enfoque más inclusivo y colaborativo, adaptándose a los desafíos contemporáneos; este cambio refleja un compromiso renovado por parte de las universidades para contribuir al bienestar social y al desarrollo sostenible, integrando el conocimiento académico con las realidades locales.

 

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