Llamar a paro en la educación, ¿es un acto ilegal o inmoral?

Martes, 22/10/2019 01:42 PM

"Las escuelas son sagradas, ya que son espacios abiertos para la educación,

Mantenerlas cerradas en un pecado" (un amigo religioso)

Algunos sectores sindicales que siguen directrices políticas de la derecha venezolana, están llamando a un paro general de docentes por dos días, y que a todas luces, pareciese que no se siguieron las pautas jurídicas para tomar tan delicada decisión de suspender las actividades académicas en las escuelas, cuando debieron cumplir con los pasos y formalidades de la ley, para llamar a paro de una manera tan ligera, y sin medir las consecuencias nefastas que inciden en la motivación y en el rendimiento de las y los estudiantes ,que forman parte importante del sistema educativo nacional, estatal y municipal…y sabemos que el artículo 97 de la CRBV, establece: "Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado, tienen derecho a la huelga, dentro de las condiciones que establezca la ley"…

Y cuando se establecen condiciones, significa que no debes comenzar por "llamar a paro", en la que tiene que agotarse unos pasos previos tales como: reuniones entre las partes para dialogar sobre posibles diferencias en la relación laboral, la aplicación de un pliego conciliatorio, para dirimir y lograr acuerdos, sobre un conjunto de petitorios o demandas en el campo laboral, y en caso de lograrse satisfacción entre las partes, se introduce un pliego conflictivo, para que en caso de no resolverse las diferencias en un lapso determinado, se activa de manera legal, el llamado a huelga…que se debe visualizar, como la última opción, cuando se agotan las salidas conciliatoria…

Sin embargo, hay que destacar de manera sensiblemente importante, que en nuestro artículo102 constitucional, considera que "La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria"…por lo tanto, debe haber las garantías suficientes por parte del Estado, para que se cumpla a cabalidad, con "el espíritu, propósito y razón del legislador, para proteger uno de los más importante derechos humanos, y es el derecho a la educación, como un servicio público vital para el desarrollo de la personalidad y la ciudadanía…que hasta en las guerras, "las escuelas son intocables", a pesar de considerar que la profesión docente, debería estar reconocida entre las y los mejores pagados, (salario digno y suficiente, Art 91) y con excelentes beneficios sociales…por supuesto, que debe respetarse el derecho a la protesta (Art 68), pero "suspender las clases" es cerrarle las puertas a luz del conocimiento y es abrirle las puertas al atraso y a la oscuridad…

Nota leída aproximadamente 5519 veces.

Las noticias más leídas: