Y resultó ser pura retórica discursiva del engaño al pueblo, cuando los hechos demuestran lo contrario de una realidad neoliberal y contrarevolucionaria
El memorando oficial 2792 del Ministerio del trabajo y el Instructivo ONAPRE, no están en la Constitución y son contrario a los intereses de la clase obrera
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Establece taxativamente en el Artículo 91.
Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa.
El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaría, de conformidad con la ley.
El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.
Presidente Nicolás Maduro, hasta cuando los trabajadores públicos y privados, Los jubilados y pensionados tienen que esperar, para usted cumplir con la Constitución Bolivariana ?; acaso hasta el 2030 ?
Desconocer el artículo 91 de la Constitución es quitarle un derecho económico, social y humano a los trabajadores, y es robar al pueblo como una forma de corrupción y falta de ética y moral pública.-