- Las incongruentes reformas del COPP: apenas dos años después de su promulgación, en el año 2000 y 2001 se establecen severos límites para la obtención de beneficios procesales; en 2006 y 2009 tratan de restablecer algunos de estos beneficios. En el devenir de todas las reformas la participación ciudadana dentro del proceso penal queda mermada, la situación carcelaria y judicial no revela mejorías por ello.
- Las reformas del Código Penal: en el año 2000 se incrementan las penas para los delitos relacionados con armas y medios de transporte. Cinco años después, inconstitucionalmente, nuevamente se aumentan penas y disminuyen beneficios, además de crear el delito clasista de “invasión”, entre otras modificaciones orientadas a la protección del orden público.
A pesar de tales reformas y creación de nuevos tipos penales de la última década, el índice de violencia delictiva se ha disparado brutalmente, sirva como ejemplo triste y emblemático la tasa de homicidios que en la última década ha aumentado unos 25 puntos. De esta manera queda nuevamente en evidencia que las reformas penales no tienen un impacto positivo sobre el fenómeno. Entonces, la cuestión más que hacer reformas legislativas en materia penal, lo importante es la certeza de los derechos, la aplicación de la ley, es un problema de implementación, de política ejecutiva y judicial, no de política legislativa. Ojalá esto sea comprendido por la actual Asamblea Nacional, la cual tiene contemplada, dentro de su agenda legislativa, la reforma del Código Penal.