Trabajadora sexual será indemnizada por acoso de su empleador en Nueva Zelanda

Credito: Web

17-12-20.-Una trabajadora sexual de Nueva Zelanda recibirá una sustanciosa indemnización por acoso sexual por parte de su empleador, según un acuerdo extrajudicial publicado este lunes.

La Comisión de Derechos Humanos de Nueva Zelanda informó en un comunicado de que estuvo a cargo de la representación de la trabajadora sexual en este caso confidencial, aunque no dio detalles de las identidades de los implicados o del monto acordado.

La Comisión se limitó a decir que la indemnización que pagará el dueño del burdel es de "seis cifras" es decir, una cantidad equivalente o por encima de los 100.000 NZD (70.940 USD o 58.419 EUR).

La indemnización es por el daño emocional y las pérdidas en los ingresos que sufrió la trabajadora sexual, quien presentó su queja ante un Tribunal de Revisión de Derechos Humanos del país contra un propietario de un negocio.

El director de la oficina de procesos judiciales en materia de derechos humanos neozelandés, Michael Timmins, enfatizó que este acuerdo alcanzado pone de relieve que todas las personas, sin importar el tipo de labor que realizan, no deben ser víctimas de acoso en sus centros de trabajo.

Un anterior fallo de este tribunal determinó que los trabajadores sexuales están protegidos por las leyes sobre derechos humanos de Nueva Zelanda, diferenciando la conducta y el lenguaje sexual con propósitos laborales y los fines no solicitados.

"El contexto lo es todo. Incluso en un burdel, el lenguaje con una dimensión sexual puede ser usado de forma inapropiada en circunstancias sugerentes, opresivas o abusivas", de acuerdo a esta decisión judicial citada por la Comisión de Derechos Humanos.

Los derechos de los trabajadores sexuales en Nueva Zelanda fueron reconocidos por la Ley de Reforma a la Prostitución en 2003 que despenalizó este oficio y creó un marco legal para protegerlos contra la explotación y los abusos.

La prostitución es legal y está regulada, incluidos los prostíbulos, en Holanda, Alemania, Suiza, Austria, Grecia, Turquía, Nueva Zelanda, algunos estados de Australia y el estado norteamericano de Nevada, mientras que en Portugal, España e Italia, entre otros, carece de regulación concreta.


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La fuente original de este documento es:
Efe (https://www.efe.com/)



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