Papel de los Consejos Comunales en la organización escolar

Según el articulo Nº 02 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.335 de fecha 28 de Diciembre de 2009 “Los consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social”.

Los consejos comunales están integrados por Comités de trabajo, los cuales elegir y a un vocero o vocera que se encargará de convocar a los interesados a reuniones para tratar temas en específicos (según sea el Comité), y elevará dichos planteamientos, propuestas, planes de trabajo a la plenaria de la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas para abordar los distintos Problemas de la comunidad.

Su misión es Promover y consolidar la democracia participativa y protagónica, mediante la promoción y el fortalecimiento de todas aquellas expresiones organizativas y comunitarias que propicien el ejercicio de la corresponsabilidad social en la gestión publica.

La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.

Por otra parte el termino “organización Escolar” hace referencia tanto a una comunidad educativa, junto a las normas, procedimientos y sistemas de control necesarios para su funcionamiento y que denominamos escuela, como a la disciplina científica (denominada “Organización Escolar”), cuyo objeto de estudio son las escuelas. La escuela como lugar para los consejos comunales de desarrollo esta dirigida a promover la participación e integración de los ámbitos familia - comunidad, a través de la formación y actualización permanentes de todos los actores involucrados. Ellos garantizan la educación integral de calidad para todos y todas a nivel de la comunidad. El consejo comunal es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana.

Algunas funciones del Consejo comunal dentro de la Institución son:

1. Aprobar y evaluar los proyectos.
2. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro (sin perjuicio de las competencias del claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente).
3. proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacifica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
4. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.
5. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia petición de la administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobres aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma
6. En materia de la Ley Orgánica de Educación, los Consejos Comunales tienen el derecho de participar en la sociedad de padres, maestros y representantes, con gran beligerancia y poder, y se les atribuye la potestad de promover el ingreso, el control y la sanción de los docentes que, a su juicio, incumplan con una “educación democrática y protagónica”.
7. Así como crear conciencia y fomentar la participación ciudadana en el proceso de formación e un nuevo republicano dentro de la organización escolar.

Estos son sólo los algunos de los objetivos más importantes que pueda tener un Consejo Comunal, entre ellos se encuentra el término de contraloría social, el cual es uno de los pilares fundamentales para controlar la corrupción y además es muy poco conocido para muchas personas.

Sin embargo algunos consejos comunales no están cumpliendo con sus funciones sino que entran a las instituciones a hostigar a los directores y docentes que día a día hacen vida en la escuela y mientras ellos se ocupan de amendrentarlos, las escuelas tienen los baños dañados, la basura alrededor de la escuela contaminado el aire que los niños respiran, el agua no les llega por tubería y los tanques de agua no acuden a las instituciones sino se les cancela el vital liquido, sin contar con los problemas de infraestructura que la mayoría de las instituciones tienen.

Es por ello que se invita a los integrantes de los miles de consejos comunales formados en todo el país a desarrollarse como lo planteea el artículo 2. De la Ley de los consejos comunales publicada en gaceta oficial nº 5.806 (extraordinaria) de fecha 10 de abril del 2006. El Consejo Comunal es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL


thiamer@hotmail.com


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