Desde el mes de abril de 2006 y luego, desde finales del año 2009, el Gobierno Nacional y los distintos Poderes Públicos del Estado Venezolano cuentan con una herramienta fundamental para el desarrollo de las distintas instancias de participación popular, y para integrarlas en la gestión pública de manera corresponsable, tal y como lo exige la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este instrumento es la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, aprobada por la Asamblea Nacional, y que dota de un amplio marco de acción a los movimientos sociales, para que se organicen eficientemente y estructuren sus demandas de diversa índole ante las diversas instancias del Estado.
Esta Ley nos traza el camino preciso para canalizar proyectos y financiamientos, brindar apoyo técnico y humano a las comunidades y contribuir de manera activa en la articulación e integración de las diversas organizaciones sociales, con el objeto de construir el entramado de la Red del Poder Popular, tal y como quiero proponerlo públicamente.
Ejercer las políticas públicas con sentido de solidaridad, corresponsabilidad y transparencia es una de las metas que se ha trazado esta Ley Orgánica de Consejos Comunales, y esto reafirma la concepción de la gestión social y política que involucra al pueblo organizado y a todos los poderes públicos. Esta ley establece claramente dos formas internas de organización comunitaria: una soberana, que se traduce en la formación de las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, y otra operativa, que se organiza a través de los distintos comités de trabajo comunitario. La idea que tengo, es la de fortalecer el trabajo colectivo de las comunidades, reconociendo cada uno de los consejos comunales existentes y apoyando las iniciativas que se ejecutan a través de los distintos Comités. Recuérdese que el trabajo en red del Poder Popular implica que la red se constituya desde el mismo seno de las comunidades. Así se encuentra establecido en la referida norma jurídica, al concebir a la organización comunitaria en distintos comités de trabajo, con voceros y voceras específicos que dialoguen con los otros comités de la comunidad y con las autoridades públicas.
Las comunidades se encuentran actualmente en fase de adecuación y relegitamación acelerada de los consejos comunales, en virtud de la reforma que sufrió esta ley el año pasado. La unificación de las organizaciones sociales en esta figura permitirá crear políticas claras y coherentes que involucren a todos los ciudadanos y ciudadanas. Este es el punto de partida para hacer crecer una red del Poder Popular, que ya no sólo se complazca en esperar de los políticos los recursos y los financiamientos, sino que sea capaz de crear ella misma políticas públicas con sentido democrático, inclusivo y participativo.
La Ley Orgánica de los Consejos Comunales subraya la necesidad de que las comunidades desarrollen conocimientos sobre gestión financiera y contraloría social, con el objeto de aumentar su autonomía y evaluar la manera de gestionar los recursos, de parte de los organismos e instituciones públicas que lo manejan. Esta visión es, sin duda, el primer paso para un cambio revolucionario de la concepción del Estado y de la democracia. Esta Ley allana el camino para la toma de decsiones desde abajo y para la construcción de una sociedad más justa, más equilibrada, guiada por las necesidades manifiestas de las comunidades que la integran.
Patria Socialista o Muerte!!!
Venceremos y Estamos Venciendo!!!
*Abogado, Analista Político y militante del Partido
Socialista Unido
de Venezuela (PSUV). Moderador del Programa Informativo y de Opinión,
"Micrófono
Abierto", transmitido de lunes a viernes de 12 m a 2 pm, por la Emisora
Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM , la primera Emisora Comunitaria de
Ciudad
Guayana. www.juanmartorano.blogspot.com
http://www.juanmartorano.tk/
. jmartoranoster@gmail.com
, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar
. Cuenta en twitter @juanmartorano30.