El Objeto de la Ley y Las Preguntas Pendientes

Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (II)

La Pregunta puede estar fuera de lugar, pero una revisión de la Exposición de Motivos y del Contenido de la Ley, vale la pena preguntarse: ¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal?

Si leemos el artículo 1 de la Ley, se percibe de acuerdo con este artículo, que la ley tiene “por objeto establecer los principios, normas y procedimientos que rigen el sistema el sistema económico comunal para desarrollar el modelo productivo socialista”. Este objeto está ligeramente distante del nombre o título colocado a la Ley, que como se sostuvo en la parte I, se ofrece una idea de concebirlo como un instrumento para “el Fomento y Desarrollo del Sistema Económico Comunal”. Fomentar es una acción que de acuerdo al DRAE, tiene como significado: “excitar, promover, impulsar o proteger o dar calor natural o templado que vivifique o preste vigor”. Desarrollar en cambio, tiene el sentido de “acrecentar, dar incremento a algo de orden físico, intelectual o moral”.

Estas distancias pueden efectivamente conducir a la formulación de una cosa, que nada tiene que ver con lo que se requiere. Cabe otra pregunta en este análisis: ¿Existe el Sistema Económico Comunal?

En el momento en que redacto esta nota, ignoro si existe otra normativa/ley que trate el asunto del Sistema Económico Comunal, pero he leído el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Desarrollo de la Economía Popular, cuya promulgación se produjo en el año 2008 y cuando se apruebe esta nueva del Sistema Económico Comunal; el Decreto en cuestión (N° 6.130) quedará derogado. Pienso que el Sistema no existe como tal, pero evidentemente existe un cúmulo importante de experiencias e iniciativas de hecho, que están en una fase embrionaria o de maduración que efectivamente necesitan fomentarse y desarrollarse. Se viene de una experiencia un tanto traumática con la promoción del cooperativismo que no fue previamente sometido a una sistematización y formación.

Si es así, es decir, si no existe el sistema económico comunal conformado de derecho, pienso que no puede normarse y establecerse principios de algo que no existe. Hay que crearlo y seguidamente normarlo, aunque el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Desarrollo de la Economía Comunal fue incluido en el último paquete de Leyes habilitantes para una propuesta parecida

Una cosa es el “fomento y desarrollo” y otra un poco distinta, es la de “establecer los principios, normas y procedimiento que rigen el sistema económico comunal” Ahora bien, entre el Decreto con valor y Fuerza de Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular y este nuevo Proyecto, no hay muchas diferencias de fondo. Salvo el artículo 1; la ley se mantiene en el proyecto con más artículos y ordinales. En el artículo 1 se especifica, que la Ley tiene por objeto “establecer los principios, normas y procedimientos que rigen el modelo socioproductivo comunitario, para el fomento y desarrollo de la economía popular” y en el proyecto todo permanece igual y se introduce la frase “sistema económico comunal (…) para desarrollar el modelo productivo socialista. Como se ve, hay un cambio de forma y uno que es más de fondo porque es más preciso en cuanto a lo que se aspira: “desarrollar el modelo productivo socialista”

Si las leyes son más o menos parecidas, es importante preguntarse ahora, después de haber transcurridos más de dos años de ser aprobado el decreto: ¿Qué pasó con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley? ¿Qué Impactos Produjo? ¿Cuáles son los resultados? ¿Se establecieron los principios, normas y procedimientos que rigen el modelo socioproductivo comunitario? ¿Existe o se creó el modelo productivo comunitario para establecer unos principios que los rigieran?

Si existe el modelo productivo comunitario y hay, de acuerdo a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, unos principios que rigen este modelo, es fácil ubicar entonces, cuánto agrega este modelo productivo comunitario al PIB y con ello tenemos una idea de los impactos y de la necesidad de avanzar con una ley de mayor alcance para dar el salto de una “economía popular” al “modelo productivo socialista”. Si no es así, es decir, si estamos haciendo cambios en las leyes, porque suponemos que con la ley es suficiente, entonces puede estarse frente a un proceso de ideologización de la revolución”. En otras palabras, se está como el mamón macho, floreando pero nada que da un mamón. …. Y tan buenos que son.



evaristomarcano@cantv.net



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Evaristo Marcano Marín


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