“El que llena la barriga se olvida del que no come”. Alí Primera (*)
Lo fundamental para cualquier ser humano es la Vida, pero la Vida en condiciones dignas. No es vida la del esclavizado que depende absolutamente de los designios, humores o arbitrios de su amo. No es vida para el siervo de la gleba que debía trabajar para el señor feudal y pagar con su trabajo (tributo) la parcela que éste le arrendaba. Tampoco es vida las situaciones infrahumanas en las que se desarrollaba el trabajo en los inicios del capitalismo comercial o industrial donde el obrero, o asalariado permanecía durante 12 o más horas del día realizando tareas repetitivas, alienantes en condiciones absolutamente desfavorables de altos riesgos laborales, con bajas remuneraciones y sin seguridad social o jurídica de ningún tipo. (Ver Chaplin en “Tiempos Modernos”): https://www.youtube.com/watch?v=KHAaYxMinC8.
En tal sentido, las revoluciones surgen de las luchas históricas de los explotados por liberarse de dichas condiciones y lograr transformar radicalmente dichas relaciones de trabajo basadas en la explotación, en el sistema capitalista, de la clase burguesa (la clase dominante en el capitalismo) sobre la clase obrera, asalariada o clase trabajadora.
Los capitalistas, burgueses, patronos o empresarios al ser la clase dominante durante particulares lapsos imponen las condiciones de trabajo de manera absoluta en las que se desenvuelve la actividad económica. Es gracias a las luchas de los trabajadores que estos van arrancándole a dicha clase y a la sociedad que la sostiene, logros, conquistas o reivindicaciones como la reducción de la jornada laboral, el mejoramiento de las condiciones de trabajo al interior de las empresas (seguridad industrial o laboral), seguridad social y por supuesto, los incrementos salariales, todo lo cual luego se va incorporando al tejido jurídico de las diferentes naciones sobre todo desde fines del siglo XIX y todo el siglo XX, así como lo que va del XXI.
Así ha ocurrido en Venezuela donde en determinados contextos históricos favorables, la clase obrera ha logrado incorporar al entramado jurídico venezolano leyes importantes para su protección y sobre todo en la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 se constitucionalizaron los derechos laborales, que los podemos ubicar entre los artículos 86 al 97 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). 11 artículos dedicados enteramente a la protección de los trabajadores y trabajadoras de Venezuela. Dos de los fundamentales, el 86 acerca de la Seguridad Social y el 91 que trata sobre los salarios que reza textualmente: “Todo trabajador o trabajadora tiene DERECHO A UN SALARIO SUFICIENTE QUE LE PERMITA VIVIR CON DIGNIDAD y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales…El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado UN SALARIO MÍNIMO VITAL que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica”
También se han obtenido victorias al tener leyes como la LOSSI, la LOPCYMAT, la LOT que a partir del año 2012 se reformó y aprobó una nueva LOTTT mucho más inclusiva y hasta revolucionaria, bajo la conducción del Comandante Hugo Chávez.
Sin embargo, durante la gestión de Nicolás Maduro (que se precia de autocalificarse como dirigente obrerista y provenir de la clase obrera por haber sido trabajador del transporte público y dirigente sindical en esa área) no se ha cumplido el articulado de la CRBV ni de la mayoría de las leyes laborales.
Los avances logrados con Chávez durante los 12 años de su gobierno, se echaron por la borda con Nicolás Maduro al frente del gobierno. Y no se puede alegar que es por las sanciones o el bloqueo del imperio sobre la economía sino por las decisiones que en materia económica y laboral ha tomado el gobierno ante esa realidad que en vez de beneficiar a los trabajadores han beneficiado al enemigo histórico de esta clase social y del propio gobierno. Se ha pactado en la práctica con la burguesía en materia laboral por lo que ahora tenemos a los trabajadores en la intemperie laboral ante el atropello feroz de sus derechos laborales.
Un ejemplo de ello es mantener congelados los sueldos de los trabajadores públicos desde marzo del año 2022 y el sueldo mínimo en 2 dólares mensuales, o 0,69 dólares diarios, una cifra ridícula paradójicamente en un gobierno que se dice socialista, revolucionario y chavista. Ese salario no es de Vida, sino de muerte.
Nicolás Maduro ha abandonado a la clase trabajadora a su suerte. Desde Chávez ha ocupado altas posiciones en la administración pública como constituyente, diputado, ministro, canciller, vicepresidente y luego como presidente. Tanto aire acondicionado, tanto andar en vehículos de lujo con choferes, escoltas, servicios de todo tipo en el palacio de Miraflores hizo que se olvidara del pueblo de a pie, del pueblo trabajador.
Como presidente, Maduro es el patrono de los trabajadores y trabajadoras de la administración pública en Venezuela y se comporta como cualquier patrono o burgués: mezquino, insolidario, indolente ante las miserias de los mismos y displicente como cualquier patrono al estilo de Lorenzo Mendoza o de los que él llama “Los apellidos”. Es una conversión paradojal. Puede decir cualquier tipo de discurso en nombre del pueblo, pero esto no es más que retórica, de allí que la imagen que se coloca al inicio de este artículo es patética en cuanto solo confirma la frase del Padre Cantor Alí Primera en su canción:
“Será panfletaria
Mi canción no tiene nombre
Le voy cantando a los hombres
Perdónenme que les diga
Que el que llena la barriga
Se olvida del que no come”
(*) Alí Primera. Canción panfletaria. https://www.youtube.com/watch?v=DJyCKM2xJ94.