Bolivia promulga la Ley de Identidad de Género

La Paz, mayo 22 - El Gobierno de Bolivia promulgó este sábado la Ley N° 807 de Identidad de Género que permitirá el reconocimiento a los ciudadanos tránsgenero y transexuales, quienes podrán cambiar de nombre y género en su documento de identidad.

La legislación fue firmada por el vicepresidente de ese país, Álvaro García Linera, quien ejerce la Presidencia interina del país mientras el mandatario, Evo Morales, se encuentra en un viaje oficial a Cuba.

El acto de rubricación se llevó a cabo en el Palacio de Gobierno y contó con la partición de parlamentarios y representantes de colectivos de gais, lesbianas, bisexuales y transexuales (GLBT).

"Esto es democracia, por eso hoy me siento contento por poder firmar esta Ley que, por primera vez el Estado, garantiza su reconocimiento social como personas con derechos, independientemente de su orientación sexual", destacó el vicemandatario.

Asimismo, García recordó que, en el pasado, tanto indígenas como campesinos, obreros y mujeres eran parte de los excluidos, que no tenían derechos, que no eran reconocidos y que además eran considerados como "subhumanos".

"Ustedes existieron y existirán, pero por primera vez el Estado garantiza su reconocimiento social como personas con derechos, independientemente de su identidad de género", resaltó.

La norma promulgada hoy fue impulsada por colectivos GLBT con el respaldo del Ministerio de Justicia y el partido oficialista.

La ley consta de 11 artículos, permite a personas transexuales y transgénero mayores de 18 años hacer el cambio de nombre y género en sus documentos personales, acción que, según los establece uno de los estatutos, será reversible por una sola vez, luego de lo cual no podrán modificarse nuevamente estos datos.

La norma prohíbe además el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, salvo en caso de sentencias o procesos judiciales o administrativos.

Asimismo, se conoció que el trámite será confidencial y se debe llevar adelante ante el Servicio de Registro Cívico (Sereci).

Una vez aprobado el cambio de identidad, el Sereci deberá notificar a todas las instituciones que corresponda, incluidos el Servicio de Identificación Personal, la Dirección de Migración, las cajas de salud pública y el Registro Judicial de Antecedentes Penales, entre otros.


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