Caso Cúa: ejercer las medicinas naturales y terapias complementarias no es un delito en Venezuela

I.-

Durante la semana que transcurre, en redes y portales de diarios del estado Miranda, así como de diarios reconocidos a nivel nacional (El Siglo y Últimas Noticias, por ejemplo), difundieron información con título y cuerpo noticioso (sobre la detención de un ciudadano por supuesto ejercicio ilegal de la medicina) muy alejados de principios constitucionales y éticos como la presunción de la inocencia; el debido proceso; el derecho a la defensa y el derecho a la información veraz, oportuna, suficiente y útil, cuya fuente primaria todos los difusores indican es Prensa Alcaldía de Urdaneta.

Lo cierto es que esa publicación tiene suficiente potencial para afectar grandemente a personas e institucionalidad vinculadas a la salud natural. Motivos suficientes para dedicarle tiempo, espacio, argumentos y propuestas que iluminen la situación, a fin que nuestra sociedad tenga resultados útiles al final del proceso que se está desarrollando en lo que llamamos el caso Cúa.

Los titulares adelantaron el juicio, obviando la categoría PRESUNTO, declararon la culpabilidad y crearon la matriz de opinión que sacrifica al detenido.

"Funcionarios de Poliurdaneta detuvieron a falso médico naturista en Cúa."

"Meten preso a "falso" médico naturista en Cúa".

"Detenido falso médico homeópata y fisioterapeuta".

"Capturaron a falso médico homeópata que ejercía en Cúa".

Por su parte, en el cuerpo de la noticia se tiene un factor común que describe un procedimiento confuso; señala requisitos imposibles de cubrir; medias verdades (que igual son medias mentiras); cuestiones que pueden formar opiniones negativas; denota muy poca profundidad en el análisis de la problemática que se aborda y somete al escarnio público al profesional de la salud natural (presunto delincuente). Allí se mezclan presuntas faltas, presuntas infracciones y presuntos delitos, da la impresión que las presuntas irregularidades merecen el mismo castigo, a sabiendas que cada cosa se corrige o se castiga con medidas diferentes.

En el diario Últimas Noticias del pasado 16 de noviembre, la periodista Airamy Carreño Espejo con el título Capturaron a falso médico homeópata que ejercía en Cúa, presentó el reportaje mas extenso de los publicados sobre el Caso Cúa con largas declaraciones del director del Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Rafael Urdaneta. Sobre ese reportaje resaltaremos los señalamientos que son cuestionables y que nos motivaron a fijar posición:

"(…) detenido por usurpar funciones como médico homeópata y fitoterapeuta (…)".

"(…) tenía un consultorio clandestino, (…)".

"(…) se hacía pasar por médico naturista, sin poseer título universitario (…)".

"(…) la captura pudo ejecutarse gracias a la recepción de diversas denuncias anónimas (…)".

"(…) no es médico graduado".

"(…) en el centro comercial Italven, ubicado en la calle San José de Cúa, lugar donde el investigado ejercía ilegalmente la medicina".

"(…) que buscara el título registrado que lo certifique como médico, la constancia emitida por el SACS con registro médico definitivo que le otorga el derecho al libre ejercicio de la medicina, además del título como médico especialista en medicina natural (…)".

"Quedó a la orden de la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público, por prácticas médicas ilícitas".

"(…) decomisaron dos epígrafes que se leen: Centro de Alternativa para la Salud, Alfa-Life, Natural (…) y el segundo epígrafe con la identificación: Tienda Naturista Alfa-Life Natural (…)".

"Allí mismo ofrecía técnicas de quiropraxía".

Ninguna de esas acusaciones constituye delito, infracción o falta alguna, entre otras razones, por las siguientes:

El Articulo 105 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: "La Ley determinará las profesiones que requieren título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación". No hay ninguna Ley que determine que la Homeopatía, la Fitoterapia, la Quiropraxía o la Medicina Natural requieren título para ejercerla. Tampoco hay en Venezuela institución oficial que desarrolle Programas de Formación conducentes a títulos en esas carreras.

El Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS) adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, nunca ha abierto un registro para profesiones u ocupaciones vinculadas a la Salud Natural.

El consultorio no es clandestino porque está ubicado en un centro comercial muy concurrido y plenamente identificado como Centro de Alternativas para la Salud Alfa-Life Natural con RIF J-41209179-4 que dice en el campo Actividad Económica: Otras actividades relacionadas con la salud humana. Lo cual deja claro que no se promueve como un centro de medicina alopática o convencional sino para otras medicinas o terapias existentes. Información verificable por cualquier persona en la página del SENIAT con solo ingresar el RIF antes mencionado.

La Quiropraxia y las Terapias son reconocidas por el SENIAT como profesiones/ocupaciones para la emisión del RIF.

Todas las supuestas usurpaciones están identificadas en la Clasificación de Actividades Económicas de Venezuela (CAEV), presentada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), específicamente en el apartado 86.909 asignado exclusivamente para las Medicinas Naturales y Terapias Alternativas.

Por estas y otras razones, no justificamos la detención del ciudadano José Luis Martínez Moreno con RIF V10509640-9, mucho menos la acción mediática desproporcionada que se ha desatado. En caso de requerirse información, orientación, evaluación o inspección para garantizar la calidad del servicio (ratificamos que siempre luchamos contra la charlatanería, la estafa y el fraude), lo justo y lógico es abrir un proceso administrativo amplio y motivado.

II.

Aunque mucha gente piense y esté convencida que la salud humana en el mundo depende única y exclusivamente de la medicina alopática, es decir la facultativa, la que tiene rango oficial en los países de nuestra América, la realidad es otra.

Para promover, mantener y recuperar la salud, la humanidad cuenta con muchas Medicinas y Terapias Complementarias, entre ellas la Ayurveda, la Medicina Tradicional China, la Homeopatía, las tradicionales, las indígenas, las naturales y las domesticas, que integradas o no a los sistemas públicos de salud, todas son reconocidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), el ente rector de la salud en el planeta Tierra.

Las medicinas tradicionales, naturales, indígenas y domesticas con sus terapias complementarias desde el año 1987 están incluidas en la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en todos los niveles profesionales/ocupacionales (https://www.ilo.org/public/spanish/bureau/stat/isco/isco88/3241.htm/) y (https://www.ilo.org/public/spanish/bureau/stat/isco/isco08/), con la categoría de Naturopatía, término este, que desde 2009 también fue asumido por la OMS para aprobar el Programa de Formación denominado Estandar Educacional Mínimo de Naturopatía (Benchmarks for Training Naturopathy).

La OMS ha generado grandes proyectos que incluyen desarrollo, investigación e innovación y desde luego el ejercicio, formación y acreditación profesional en las Medicinas Tradicionales (que en el criterio de la OMS incluye las medicinas naturales y otras) de fiel cumplimiento para los signatarios de ese cuerpo colegiado, entre ellos Venezuela. En este momento está vigente la ESTRATEGIA DE LA OMS SOBRE LA MEDICINA TRADICIONAL 2014-2023.

Considerando que el Artículo 23 de nuestra Constitución Nacional establece que los tratados, pactos y convenciones internacionales, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, no cabe duda que el ejercicio de las Medicinas Naturales y Terapias Complementarias ES LEGAL y las carencias de normativa nacional hay que ponerlas en sintonía con lo establecido en la Estrategia de la OMS.

En Venezuela existen varias normas y precedentes que avalan el ejercicio de las Medicinas Naturales y sus Terapias Complementarias y que trazan una proyección de largo alcance como es su incorporación al sistema público de salud.

Veamos algunas normas y precedentes esenciales:

El artículo 122 de la CRBV referido a los pueblos indígenas, establece que "El Estado reconocerá su medicina tradicional y las terapias complementarias, con sujeción a los principios bioéticos". Lo cual en base al principio de progresividad y sin discriminación se extiende a la medicina de otros pueblos que vivimos en Venezuela que buscamos contribuir con la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.

En Febrero de 2001, por instrucciones del Presidente Chávez, el ministro Gilberto Rodríguez Ochoa creó la Comisión Nacional de Terapias Complementarias (CONATEC), vigente hasta 2015.

El 16 de julio de 2015 se publicó el Decreto 1.887, mediante el cual se dicta el Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Salud 0(Gaceta Oficial Ext Num 6.189) que en su Artículo 13 establece la Dirección General de Salud Indígena, Intercultural y Terapias Complementarias que tiene muchas cosas pendientes por hacer para la salud natural.

En Enero 2018, el Presidente Nicolás Maduro, lanzó el PLAN SALUD 100% NATURAL, adscrito a la Gran Misión Hogares de la Patria, que fue dirigido por la actual diputada María Rosa Jiménez.

En Diciembre de 2019, el MPPS a solicitud del Congreso Permanente de Medicinas Naturales y Terapias Complementarias (COPERMENAT) instaló el Comité de Medicinas Naturales y Terapias Complementarias, aún vigente.

En Agosto de 2020, el Comité de Medicinas Naturales y Terapias Complementarias elaboró un Protocolo Naturista Anticovid que está "colgado" en el portal del MPPS.

En 2020, el SENIAT incorporó astrología, botánico, fisioterapeuta, masajista, medicina alternativa, quiropraxía y terapeuta como profesiones/ocupaciones a declarar para obtener el RIF.

El 13 de marzo de 2021, después de tres años en debate de saberes, se publicó en Gaceta Oficial del estado Lara, Num 24.702, la LEY PARA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LA SALUD NATURAL EN EL ESTADO LARA. Única Ley en su tipo existente en Venezuela, la cual se está desarrollando.

En septiembre de 2021, se publicó en Gaceta Oficial, la LEY ORGÁNICA PARA LA ATENCIÓN Y EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, que en su Artículo 17 establece que "(…) el Estado garantizará el derecho a la salud, en consecuencia, debe (…)", entre otros, cumplir el numeral 6 que establece: "Promover la salud integral y alternativa, las terapias complementarias, los saberes y conocimientos ancestrales y otras modalidades para acceder a la salud, a los fines de facilitar ambientes saludables para la práctica de ejercicios, meditación y disciplinas MUNDIALMENTE ACEPTADAS para el cuidado físico y emocional".

El 5 de Octubre de 2022, COPERMENAT presentó ante la Comisión Permanente de Educación, Salud, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Asamblea Nacional, la solicitud de incorporación de una serie de Artículos para la Salud Natural en la nueva Ley Orgánica de Salud que se debate actualmente en ese parlamento. Acuerdo: Integrar a COPERMENAT a las discusiones.

El 13 de Octubre de 2022, el Consejo Legislativo del estado Lara realizó sesión especial en honor al Día Nacional del Naturópata que se celebra cada 11 de octubre. Haciendo reconocimiento a la trayectoria de varios profesionales de las Ciencias, las Artes y los Oficios que luchan por la salud natural.

Venezuela se consolida como uno de los países que mayor cantidad de permisos ha otorgado para la producción y distribución de Productos Naturales de origen herbal.

Como pueden ver hay muchos elementos favorables para consolidar un sistema de salud con sus Medicinas Naturales y Terapias Complementarias.

III.

En nuestra opinión, el tratamiento adecuado al Caso Cúa pasa por desarrollar acciones, tanto de REPARACIÓN DE DAÑOS MORALES (directos, colaterales o secundarios) que pudieran haber ocurrido contra los profesionales de las Medicinas Naturales y Terapias Complementarias por las acciones policial y mediática de la Alcaldía del municipio Rafael Urdaneta del estado Miranda, como de IMPULSO Y PROTECCIÓN DE LA SALUD NATURAL en el Miranda y resto del país. Entre las acciones sugiero:

-Poner en libertad de inmediato al ciudadano José Luis Martínez Moreno y proseguir la investigación en caso de ser necesario y pertinente.

-Dejar claro en la opinión pública que las Medicinas Naturales y Terapias Complementarias constituyen una de las muchas Ciencias de la salud y que no está tutorada por otra medicina. Por tanto, el ejercicio de estas no es un delito ni una usurpación en Venezuela.

-Otorgar Derecho a réplica en los medios y redes que difundieron la información a modo de sentencia, sin presumir la inocencia.

-Exhortar desde la Fiscalía del Ministerio Público, al Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) a que desarrolle el marco regulatorio de la salud natural establecido en su Reglamento Orgánico que data desde 2015, a fin de normar el ejercicio, la acreditación y la formación de los profesionales en los niveles correspondientes.

-Aprobar en el Consejo Legislativo, una Ley para la Promoción y Protección de la Salud Natural en el estado Miranda.

-Abrir un Registro de Practicantes de Ciencias, Artes y Oficios de la Salud Natural, en conjunto Autoridad Única de Salud de Miranda y Gremios de Profesionales de la Salud Natural.

-Debatir públicamente las propuestas a consignar en la Asamblea Nacional para la inclusión de la Salud Natural en la Nueva Ley Orgánica de Salud que está en discusión.

-Abrir espacios de Salud Natural para las Personas Adultas Mayores.

-Incluir en la agenda del Comité de Medicinas Naturales y Terapias Complementarias, el análisis de actos de criminalización del ejercicio.

-Solicitar al SACS que aperture el Registro de Certificación de Profesionales de la Salud Natural.



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Alexis Adarfio Marín


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