La pensión del IVSS: Beneficio, engaño o estafa

Muchos ciudadanos y ciudadanas beneficiarias del Decreto para obtener su pensión del IVSS no pueden disfrutar de dicho beneficio gracias a los infiltrados y burócratas que todo lo entraban para evitar que una simple decisión presidencial se materialice. ¿A quién beneficia que todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que solicitaron su pensión en base a las medidas de este decreto no puedan disfrutar antes del 26 de septiembre de su pensión? La respuesta es sencilla, a la oposición, ya que una inmensa cantidad de personas no podrán disfrutar de su pensión, que estarán furiosas porque se sentirán engañados por el Gobierno Revolucionario y la meta que tienen estos traidores es que antes del 26 de septiembre, los beneficiarios de esta medida no reciban nada, aunque hayan contraído deudas para pagar la diferencia de cotizaciones que tenían para completar las 750 necesarias para optar a la pensión de vejez.

Entre los motivos por los cuales muchos ciudadanos no puede acogerse al Decreto Temporal 7401 – IVSS, según Gaceta del 30-04-2010, emitido por el ciudadano Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela,  Comandante Hugo Rafael Chávez Frías el principal es el Software llamado “CALCULADORA DE COTIZACIONES” creado por Informática a nivel Central del (IVSS), al parecer fue programado con muchas limitaciones y si se compara con el Decreto anterior del 2006 Nº 4269, el mismo permitió realizar cualquier tipo de modificaciones de datos personales de los ciudadanos que lo requerían, para poder acogerse al decreto, así como aceptaba que se realizaran los egresos de personas posteriores al ejecútese del Decreto, además que aceptaba que personas que cumplían la edad en el lapso que vigencia del Decreto 4269 podían acogerse al mismo y así todos los ciudadanos poder gozar de un Derecho que les beneficiaba por las medidas dictadas por nuestro Presidente a nuestros queridos abuelos de la tercera edad, que bien merecedores son de disfrutarlos, por la lucha cotidiana a lo largo de su vida laboral y que no pudieron terminar de cotizar las 750 semanas necesarias para su Pensión de Vejez.

Permítame recordarles que según la Gaceta Oficial de fecha 30-04-2010, sólo se requiere  que las personas tengan cumplida la edad: con 55 años en el caso de las mujeres y 60 en el de los hombres, con cotizaciones entre 1 y 749 reflejadas en la Cuenta Individual del IVSS, que se encuentre en condición de Cesante.

Motivos que no permiten acogerse al Decreto Presidencial 7401 por el software llamado “Calculadora de Cotizaciones” a los futuros aspirantes a gozar de su pensión de Vejez por este Decreto.

  1. Si se le ha realizado algún tipo de modificación de datos personales en la Cuenta Individual de Internet, por ejemplo que le corrijan datos de su condición de activo a cesante, aunque tenga varios años sin cotizar y como ahora es que necesita del beneficio, es que está tramitando su condición; que le corrijan su sexo, ya que puede aparecer como masculino cuando es femenino y viceversa, el cual requiere la corrección para recibir el beneficio, que le corrijan la fecha de nacimiento porque estaba errada.
  2. Se ha realizado la asociación de cedulas de extranjero y venezolano en sus cuentas individuales de Internet, para aquellas personas que originalmente eran extranjeros y aportaron alguna cantidad de cotizaciones, luego se nacionalizaron y cotizaron otra cantidad y para poder sumar y lograr el beneficio es necesario asociar las cedulas que tuvo como extranjero y como venezolano, esta operación excluye automáticamente a la persona beneficiaria del sistema.
  3. El movimiento de retiro, fue realizado después del 1 de Mayo 2010 para que quedara en su condición de CESANTE, aunque su cese de empleo tenga una antigüedad mayor.
  4. Muchos ciudadanos realizaron sus depósitos antes de que se activara el software “calculadora de cotizaciones” en las Oficinas Administrativas, ya que se había recibido la inducción de nivel central que los cálculos se realizarían de manera manual. Cuál seria la sorpresa de los abuelitos, que ya depositaron el dinero de las cotizaciones faltantes y les respondieron que ellos no podían entran en la calculadora por los motivos 1, 2 y/o 3.

Otros de los beneficiarios de esta situación son la caterva de estafadores que pululan en los alrededores de las oficinas del IVSS, e incluso dentro de ellas, que como gestores le piden dinero a quien está tramitando la pensión del IVSS o necesite de cualquier otro trámite y con esta situación están haciendo su agosto.

Es relevante resaltar y presumir que el IVSS a nivel central, según lo expuesto anteriormente, hizo una pésima y malintencionada interpretación del DECRETO 7401, al colocarle tal cantidad de limitantes a la CALCULADORA DE COTIZACIONES y por ende a todos los ciudadanos beneficiarios, situación de la cual el Presidente Chávez no debe tener información y le expresamos nuestra inquietud, ya que debemos ser vigilantes de nuestro proceso revolucionario para que sea llevado a cabalidad, según las instrucciones de nuestro máximo líder Hugo Rafael Chávez Frías y esto es parte de la campaña para que el pueblo piense de manera errada, que esto es un engaño de nuestro Presidente debido a que se acercan las elecciones del 26 de Septiembre del 2010.

PATRIA, SOCIALISMO O MUERTE, VENCEREMOS….

Nicolás Pérez Cristancho

nicoper@cantv.net



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