Movimientos se preparan para adherir Amparo Constitucional al cumplimiento de Artículo 91 CRBV

Gonzalo Gómez: "Salario Mínimo al nivel de la Canasta Básica es punto de unidad nacional de las luchas de los trabajadores"

Gonzalo Gómez, de Marea Socialista, explica el Amparo por el Art 91 para llevar el salario al costo de la Canasta Básica

Gonzalo Gómez, de Marea Socialista, explica el Amparo por el Art 91 para llevar el salario al costo de la Canasta Básica

Credito: Aporrea.org

Caracas 24 de julio de 2018.- Un Amparo Constitucional que exige un salario al nivel del costo de la Canasta Básica, fue introducido la semana pasada ante el TSJ por Gonzalo Gómez, vocero nacional de Marea Socialista, y por Carlos Paredes, Coordinador General del Consejo de Contraloría Social del Sistema de Justicia Judicial (CCSSJJ), asistidos por el abogado Maikell Rebolledo Booll. Dicho recurso de Amparo se encuentra a la espera de su admisión o inadmisión por parte del máximo ente judicial del país.

Entretanto, organizaciones de trabajadores y movimientos discuten al calor de las luchas por aumentar el precario salario que perciben los distintos sectores de la clase trabajadora en sus respectivas áreas de trabajo. La realidad común es que el salario mínimo y los salarios venezolanos, en general, apenas cubren un ínfimo porcentaje, tanto de la Canasta Alimentaria, como de la Canasta Básica, calculada por centros de investigación y documentación gremiales y laborales.

Con el fin de contribuir a unificar las luchas por un salario digno y suficiente que se corresponda con lo establecido por el Art. 91 de la Constitución (CRBV de 1999, vigente), los accionantes invitan a adherirse al recurso y a respaldar el reclamo de un ajuste del salario (tanto el general como el mínimo) que tenga como referencia el costo de la Canasta Básica (Alimentos, Bienes y Servicios Básicos), en vista de que ni siquiera llega a una pequeña porción del valor de la Canasta Alimentaria y eso tiene implicaciones fatales para la sustentación de las familias, de los niños y niñas, y para el disfrute de muchos otros derechos elementales que dependen de los ingresos salariales de las personas.

 

Anuncian que en el transcurso de esta semana se producirán las primeras visitas de adherentes que se sumarán al Amparo en el TSJ

Informa Gonzalo Gómez que se vienen haciendo discusiones sobre la necesidad de coordinar las luchas a escala nacional en función de esa exigencia que es un derecho constitucional expresamente establecido en la Carta Magna. Expone que "el Amparo Constitucional presentado ante el TSJ puede ser una iniciativa que permita la confluencia de fuerzas en la pelea, para que el Estado y el gobierno respeten los derechos de quienes vivimos del trabajo en Venezuela".

Según dice Gómez, lo que está sucediendo en el país es que "tenemos en la práctica la liberación de todas las mercancías en el tsunami de la hiperinflación, pero la fuerza de trabajo es la única mercancía que es represada en la actualización de su valor, lo que nos ha puesto a ganar un salario equivalente a cero, pues ya es más costoso ir a trabajar (transporte y consumo en la calle en el día de trabajo) que lo que se percibe por el trabajo realizado; así que la fuerza de trabajo es remunerada por debajo del valor incluso de su elemental reproducción biológica… son salarios de hambre y son salarios que paralizan el trabajo mismo y detienen al país, aunque multiplican la superexplotación".

A esto añade el comentario de que: "la hiperinflación es hiper-explotación, porque el trabajador no puede reponer el valor de la mercancía que vende, que es la mano de obra, su energía productiva, mientras que el capital lo convierte todo en plusvalía y esto se lo deja hacer el gobierno, es parte de su ejecución o es impotente para ponerle remedio". Y continúa… "tenemos que discutir y tomar medidas para detener la hiperinflación, pero no podemos esperar, por razones vitales, y tenemos que defender el valor de nuestro salario, que además por derecho constitucional debe corresponderse con lo que nos cuesta adquirir los componentes de la Canasta Básica; porque no hacerlo es aceptar una violación y un robo y nuestra aniquilación junto con nuestras familias".

En el documento del Amparo, los accionantes motivan que interponen la acción de Amparo Constitucional debido a la "violación persistente del Articulo 91 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV), referido al derecho a un salario suficiente y al ajuste del Salario Mínimo", concatenado con otros artículos contentivos de derechos humanos, ya que el salario "experimenta un marcado y constante deterioro que incide gravemente en el nivel de vida de todos y todas las personas que vivimos únicamente del trabajo en Venezuela".

Por tal razón demandan "la protección y restitución de un derecho, por vía de que el ejecutivo nacional cumpla con su obligación de garantizar un salario acorde con lo dispuesto por dicho Artículo 91 de la CRBV, y que proceda al ajuste del salario a partir del cálculo urgente y actualizado del costo mensual de la Canasta Básica, como referencia para la fijación de un salario mínimo vital, suficiente, que permita al trabajador o trabajadora vivir con dignidad y cubrir para sí y para su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales, lo cual implica su correspondencia con la Canasta Básica, como condición para que se restituya a los trabajadores y trabajadoras el disfrute pleno de ese derecho, como se desprende del Art. 91 Constitucional, y que se eviten todos los graves perjuicios que se derivan de su incumplimiento".

Los hechos que se exponen a lo largo del documento son, según los accionantes, parte de "una situación prolongada e intensa de violación de derechos que se mantiene, se repite y no ha cesado", por lo que para ellos, "el Recurso de Amparo Constitucional invocado está vigente".

Aseguran que, "la situación jurídica infringida es susceptible de restablecimiento por vía de Amparo, con el cumplimiento de la obligación omitida por el Gobierno Nacional, que puede comenzar a corregirla con el ajuste adecuado del salario mínimo a las condiciones establecidas por el Articulo 91 CRBV, previo cálculo correcto del costo de la Canasta Básica, para restituir un derecho irrenunciable y al que no se puede permitir su menoscabo por tener catastróficas consecuencias sobre el conjunto de la población nacional y la clase trabajadora, así como sobre el disfrute de muchos otros derechos, sobre la economía, la paz social y el funcionamiento estable del país".

Claman porque se tomen medidas rápidas, porque esa situación "tiene consecuencias y deja secuelas, cuya duración y profundidad debe ser acortada y compensada con acciones urgentes", y opinan que "la situación de derecho puede ser restituida mediante un decreto que cumpla los parámetros constitucionales, tras lo cual sólo le quedará al gobierno adoptar las medidas administrativas y económicas pertinentes para su aplicación garantista, cabal y sostenida".

 

Maikell Rebolledo, Abogado, y los accionantes del Amparo por el salario, Gonzalo Gómez, de Marea Socialista y Carlos Paredes del CCSSJJ
Credito: CCSSJJ

 

Qué dice el Artículo 91 de la Constitución, sobre el salario

De acuerdo con el Art. 91 de la CRBV: "Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.

El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento."

Respecto al ajuste "cada año" plantean que "cuando se redactó la CRBV aprobada en 1999, en Venezuela no había hiperinflación, por lo que el ajuste del salario mínimo fue establecido con una periodicidad anual, mientras que con la hiperinflación actual, la variación interanual observada en el alza de los precios de los alimentos y productos de la Canasta Básica, supera con creces el monto de la sumatoria de la tasa de inflación anual de varios años de la época en la que la economía mostraba una inflación moderada o incluso alta, pero no había una hiperinflación desbocada, como en la actualidad, que tiene un efecto demoledor sobre el salario y exige que el reajuste se haga con mucha más frecuencia, a costa de que, de lo contrario, el salario quede reducido a cero, en términos relativos y en su capacidad real de compra".

Y evalúan que, "aunque el gobierno del presidente Nicolás Maduro, ha venido decretando aumentos más frecuentes al salario mínimo, sin limitarse a un solo reajuste anual, la sumatoria de esos aumentos no se corresponde con el ritmo e incremento de la inflación de precios, como lo demuestran los estudios económicos y el seguimiento del costo de la vida en su relación con el poder adquisitivo del salario. Por el contrario, el rezago acumulado entre el monto y porcentaje de los aumentos salariales, respecto al aumento del monto nominal y porcentual de los componentes de la Canasta Básica, va descontando valor al salario a pesar de los aumentos salariales decretados".

"El Gobierno no están proporcionando información sobre el valor de la Canasta Básica, y por ahí comienza una violación de derechos. Hay un desierto en las estadísticas sociales y económicas del Estado"

En el Recurso de Amparo se presenta la queja de que "desde hace varios años se ha dejado de publicar o el gobierno parece haber omitido el requisito del cálculo del valor de la Canasta Básica, imprescindible para poder cumplir a cabalidad lo dispuesto por la CRBV en el artículo 91, pues no es posible tomar como referencia ese valor si no se calcula y si no se lo da a conocer a los trabajadores y trabajadoras y al conjunto de la sociedad. Ese cálculo y la difusión de esa información es un paso elemental para poder cumplir con la obligación del Estado…".

Gonzalo Gómez le hace un fuerte reclamo al gobierno por el hecho de que "hace mucho tiempo que las instituciones gubernamentales no investigan y no calculan o no le informan a los trabajadores y al pueblo el costo de la Canasta Básica, de manera oficial, por lo que mientras no lo haga no será posible tomar como referencia dicho costo para estimar el monto del reajuste del salario mínimo".

"Obviamente, el Ejecutivo Nacional debe hacer consultas y conocer opiniones de distintas organizaciones sociales e instituciones en materia económica, como lo dispone la Ley, para poder calcular el salario y no hacerlo de manera arbitraria o manejarse con bonos asignados de manera eventual y clientelar", critica el vocero de Marea Socialista.

En revisión efectuada por Aporrea.org, a partir de la lectura del texto del recurso de Amparo, se pudo constatar, como lo dice el documento, que "el Instituto Nacional de Estadística (INE http://www.ine.gov.ve) tiene un retraso de varios años en la generación de estadísticas sociales relacionadas con los indicadores necesarios para adecuar el salario al real y verdadero costo de la vida. No se consiguen datos más allá del año 2012 en la gran mayoría de los aspectos, como si se hubiese producido una congelación del país. Incluso esto ocurre con las estadísticas vitales, que son fundamentales para las políticas de salud y que junto con otras informaciones su conocimiento también es un derecho constitucional de los venezolanos. Por ejemplo, la Encuesta de Seguimiento de Consumo de Alimentos no pasa de 2014, a pesar de que se venía realizando todos los años".

Pero, además, "el Ministerio del Trabajo tampoco proporciona datos sobre el tema, como si la fundamentación del valor y cálculo del salario no fuese un asunto de su competencia (http://www.minpptrass.gob.ve/). Basta ver su página Web para percatarse de ese vacío".

Tampoco está actualizada la estadística del Indice Nacional de Precios al Consumidor del Banco Central de Venezuela (BCV), que "no pasa del año 2015 y el de Mayorista llega hasta el año 2013". "Esta ausencia de información imprescindible ocurre contraviniendo el Art. 28 de la Constitución (1999) y su artículo 143, pues no se trata, de ninguna manera, de secretos de Estado cuyo conocimiento pueda serle negado a los ciudadanos y ciudadanas".

El Estado y el Gobierno no están proporcionando información sobre el valor de la Canasta Básica, y por ahí comienza una violación de derechos. Pero tampoco reconocen los valores calculados por organizaciones sociales no gubernamentales, de carácter gremial y sindical, que realizan esos estudios mensualmente, como son los del Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (CENDAS-FVM) o los del Centro de Documentación y Análisis de los Trabajadores (CENDA http://cenda.org.ve).

 

Un "escándalo" que la dirigencia sindical "gobiernera y burocratizada" ni siquiera se preocupe por el cálculo de la Canasta Básica, dice Gómez

"Es un escándalo que los pseudodirigentes sindicales aparateros y clientelizados, asimilados a la burocracia estatal no sean capaces de plantearse ni siquiera la necesidad del cálculo del costo de la Canasta Básica como referencia para el ajuste salarial necesario, y más aún que no se atrevan a exigirle nada de esto al gobierno. Hasta algunos que a veces se las dan de críticos callan vergonzosamente sobre esto. Están realmente al ras del suelo como sindicaleros y son un estorbo total para la clase trabajadora, que debe plantearse la recomposición de sus organizaciones y la renovación complete de su dirigencia laboral". Les reta a sacar estas cuentas y a tener voz propia "o que se marchen al circo donde puedan hacer sus payasadas, pero necesitamos limpiar de burócratas el movimiento sindical viciado".

 

EL "salario ficticio" de los venezolanos y la "brecha abismal" con el costo de la Canasta Básica

El gobierno del presidente Nicolás Maduro acaba de decretar un nuevo aumento del salario mínimo en junio de 2018, que pasó de Bs. 1.000.000,00 (un millón) a Bs. 3.000.000,00 (tres millones). Igualmente se anunció que el bono de alimentación pasaba de 1.555.500,00 (un millón quinientos cincuenta y cinco mil quinientos) a Bs. 2.169.000,00 (dos millones ciento sesenta y nueve mil) para llevar el mínimo integral a Bs. 5.169.000,00 (cinco millones ciento sesenta y nueve mil), de acuerdo con el Decreto 3.478, emanado de la Presidencia de la República, publicado en la Gaceta Oficial número 41.423 de fecha 20 de junio de 2018 http://www.gaceta-oficial.com/2018/06/gaceta-oficial-aumento-de-salario.html

Según el CENDAS-FVM, que responde a una organización social de los trabajadores y trabajadoras de la educación, la Canasta Básica Familiar de Mayo de 2018 se ubicó en Bs 301.138.353,05 y la misma aumentó 162.282.640,20 bolívares (+116,9% ) en un mes (respecto al mes de abril).

Según estos datos, utilizados como referencia para el Amparo, al momento de su introducción el 18 de julio, "el más reciente y último aumento del salario mínimo fijado por el gobierno nacional, que se supone debería estar al nivel de la Canasta Básica o muy próximo a ella, se ubicó en 5.196.000 bolívares mensuales (103 % de aumento), por lo que, si tomamos los datos del CENDAS-FVM, se requerirían 162.3 salarios mínimos, como el fijado por el Ejecutivo Nacional, que entró en vigencia en julio del presente año 2018, para alcanzar el valor que tenía la Canasta Básica en el mes de mayo, con el agravante de que sólo la variación mensual del costo de la canasta equivale a 31, 23 salarios mínimos oficiales".

De acuerdo con los cálculos del CENDAS-FVM, tomados en la fundamentación del Amparo, "se necesitaban 10.037.945,10 bolívares diarios para cubrir el costo de la canasta básica, 10 salarios mínimos diarios oficiales; lo cual quiere decir, que el salario mínimo mensual fijado por el Ejecutivo Nacional, apenas alcanza para cubrir la mitad de las necesidades de un solo día de la vida de un trabajador, la mitad de un solo día del mes, con cero posibilidades de cubrir el resto de los días para los que debería alcanzar esa mensualidad. Y ni hablar de las necesidades de su familia nuclear (hijos y cónyugue); por lo que se puede entender que lo que se le está pagando a un trabajador o trabajadora con el salario mínimo oficial decretado es apenas una parte de su gasto de sostenimiento diario y de ninguna manera se cubre el gasto de la totalidad de los días que componen el mes. Evidentemente, algo así tiene dimensiones y perspectivas de hambruna, que supone una violación masiva de derechos humanos".

El mencionado estudio, se señala que un sólo almuerzo costaba 1.100.000,00 bolívares en promedio (para mayo de 2018), lo que indica (ya para ese momento) la total insuficiencia del salario mínimo oficial, incluso para poder cubrir una pequeña parte del costo de la canasta alimentaria (únicamente los alimentos de subsistencia, de mantenimiento de las funciones biológicas del individuo).

Para constatar esto, en el documento del Amparo se dice que "basta mencionar que dicha cantidad es inferior al costo promedio que tiene una simple lata de atún de tamaño mediano en el supermercado", y mencionan palabras de trabajadoras que se lamentan de que con su salario mínimo oficial, no pueden comer más que un kilogramo de verduras o a lo sumo un huevo diario para repartirlo entre toda la familia, como única fuente de alimentación; "lo que significa estar condenado al marasmo (desnutrición por deficiencia energética, acompañada de un déficit calórico total), y por supuesto, privado de la satisfacción de muchas otras necesidades y derechos humanos".

Así que, de acuerdo con estas observaciones, que son parte de las sufridas vivencias cotidianas de la gente, "el salario mínimo oficial, no sólo está más de un centenar y medio de veces por debajo del costo de la Canasta Básica, sino que está también marcadamente rezagado respecto al costo de la Canasta Alimentaria (únicamente alimentos para sobrevivir), como ya lo revelan algunos de los datos anteriormente presentados. La situación, por lo tanto, es aún peor, y reviste el carácter de una catástrofe humanitaria nacional".

Otras fuentes, como el Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA), en su Resumen Ejecutivo "Canasta Básica de Alimentos, Bienes y Servicios" Mayo 2018, dan estimaciones de la Canasta Básica un poco más bajas (con otra metodología), pero su costo para la fecha, en Bs. F. 94.458.866,62 también está muy por encima del alcance del salario mínimo, con una brecha muy grande. Fuente: CENDA, datos, metodología y cálculos propios; y se sustenta en la recolección directa de la información durante el mes de referencia en el área metropolitana de Caracas. Mayo 2018. http://cenda.org.ve/noticia.asp?id=170

"La brecha, que indudablemente aumenta de manera exponencial, con la hiperinflación de un mes a otro, reduce al salario a algo realmente insignificante y convierte al trabajo en una mercancía casi gratuita o de valor más bajo que el costo elemental de su reproducción en términos biológicos; más bajo incluso que el costo del transporte diario para acudir al centro de trabajo. Se trata de algo totalmente absurdo y supone el extremo de la superexplotación, pues convierte a los trabajadores y trabajadoras en semi esclavos, pero, por otro lado, promueve la parálisis de la sociedad y del país. Esto es así porque el gobierno tampoco le atribuye al salario un valor que se aproxime al de la Canasta Alimentaria, lo cual nos muestra, de una manera verdaderamente grotesca, el carácter de la violación del derecho a percibir un salario digno que se corresponda con el mandato constitucional".

El 11 de Julio del 2018 el CENDA publicó un informe referido únicamente a los datos del costo de la Canasta Alimentaria para Junio de 2018. Esto lo toma el documento del Amparo para decir que: La sola "Canasta Alimentaria de los Trabajadores" (CAT) del mes de junio de 2018 (exclusivamente alimentos), rebasó a ampliamente a la propia "Canasta Básica de Alimentos, Bienes y Servicios" de mayo del presente año, indicando que la aceleración hiperinflacionaria multiplica paso a paso sus estragos sobre el salario y la capacidad adquisitiva del Salario Mínimo fijado por el Ejecutivo, que resulta marcadamente insuficiente, lo que ahonda la catastrófica violación de este derecho y en lugar de compensar el incremento del costo de la vida cada vez se rezaga mucho más respecto a éste.

Gonzalo Gómez, de Marea Socialista, también es co-fundador de Aporrea.org. Introdujo un Recurso de Amparo pidiendo la protexcciòn y restitución del derecho al salario en los términos establecidos por el Art. 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Credito: Aporrea.org

 

Gonzalo Gómez responde a las preguntas y objeciones que le han hecho a la propuesta de este Amparo: ¿Aumentar el salario mínimo como dice la Constitución "sería peor o generaría más inflación" o "no hay recursos en la nación para pagar tales aumentos"?

Se hacen estas preguntas porque hay quienes objetan así el aumento salarial y dicen que en vez de pedir salario hay que "cambiar el sistema económico".

En primer lugar -dice Gómez- si eso está en la Constitución y es un derecho, en lo primero que hay que pensar es en cómo se garantiza y no en cómo se posterga o rebaja por otras consideraciones. "No se puede estar jugando con la vida, porque entonces lo que se induce es una tragedia nacional que se paga con miseria, con degradación de la salud, con innumerables males y sufrimientos que no son la ‘máxima felicidad social' de Bolívar, de la que tomó su nombre un ridículo ministerio de Maduro. Si los precios de la mera sobrevivencia aumentan; entonces debe aumentar el precio pagado por el trabajo". Y… "no vengan a decir que mejorar el salario es ‘populismo’, porque… ¿cómo se le llama a poner los precios por las nubes mientras se represan los salarios?".

"Así que lo primero es ubicarse en garantizar las necesidades elementales de la familia de los trabajadores y trabajadoras, y lo que procede es discutir cómo hacer para que tengamos salarios suficientes".

"Y aquí lo que se requiere, pues, es la discusión democrática respecto a dónde están o cómo se pueden generar los recursos, respecto a lo cual nosotros en Marea Socialista y junto a la Plataforma en Defensa de la Constitución en la que estamos, decimos que hay que discutir una propuesta de Plan de Medidas de Emergencia para enfrentar la crisis, que esté en favor de los trabajadores y no de las burocracias y de los intereses del capital. Eso tiene que ser participativo y no puede ser el resultado de imposiciones autoritarias de las elites de poder".

"Hemos demostrado la ocurrencia de un desfalco descomunal y decimos que son como nueve años de importaciones, unos 500 mil millones de dólares que nos arrebató la corrupción y la fuga delictiva de capitales, junto con las divisas destinadas al pago de una Deuda Externa ilegítima y corrupta. Y que eso hay que recuperarlo y traerlo al país para afrontar la crisis en que nos metió el robo de los recursos de la nación por burócratas y capitalistas. También decimos que, entre otras cosas, si no alcanzan los recursos para mejorar sustancialmente los salarios es porque se le da prioridad al pago de esa deuda ilegítima para beneficio de los bandidos y del capital financiero, porque los beneficios no se ven" ( Sinfonía de un Desfalco a la Nación: Tocata y fuga… de Capitales - Octubre: cancelar "Deuda" hasta raspar la olla - Corrupción en PDVSA: Apenas la punta de un iceberg ).

"Si al subir los salarios suben los precios pues al variar la Canasta Básica habrá que volver a ajustar salarios, pero no pueden ser los trabajadores y trabajadoras los sacrificados. El gobierno parece que ya decidió a quién sacrificar. De manera que o sirve para aplicar un plan en beneficio del pueblo o va a tener que abrir paso, porque esto va a estallar".

"¿Hay que cambiar el sistema económico? Por supuesto, eso lo debió haber hecho esta revolución que Maduro casi está por terminar de liquidar o que tendremos que comenzar de nuevo sin que se tuerza. La oposición promueve más neoliberalismo y el gobierno de Maduro ha conseguido efectos similares a los de los peores gobiernos neoliberales. Pero estamos tratando de remontar una situación de gravísimo retroceso de la revolución y hay que comenzar por las resistencias y luchas concretas que empiezan a darse desde la clase trabajadora y desde las comunidades. Así que para el cambio económico hay que luchar, porque este gobierno lo que hizo fue llevarnos a un lumpen-capitalismo y esta burocracia corrupta ya no puede garantizar nada nuevo, ni la oposición clásica ligada a la vieja oligarquía tampoco. Para cambiar la economía hay que cambiar al gobierno y no volver a otros que también nos hundieron en el pasado. Por eso hay que apoyar las luchas salariales que se están dando, articularlas y unificarlas, para que eso de paso a todo lo demás".

Por último, reitera el llamado a los trabajadores y trabajadoras, organizaciones, dirigentes sindicales y movimientos a pronunciarse en apoyo a este Amparo y de su admisión para a partir de ahí propiciar el debate y acciones de movilización por un Salario que Cubra el Costo de la Canasta Básica. Su Twitter es @GonzaloAporrea 

 



Esta nota ha sido leída aproximadamente 20571 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter