La majestad del Poder Judicial

¿Por qué haces afirmaciones que vilipendian y ofenden la majestad de un Juez, la Institución a la cual pertenece y sus altos Representantes? Ofendes y descalificas la imagen de mujeres y hombres, dañando su Honor y Reputación. Así pues, en respuestas a tus afrentas, te informo que los administradores de Justicia, en el orden Jurisdiccional, únicamente obedecemos a los postulados y principios establecidos en la ley y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que desde su preámbulo consagra un Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia. Ojala, entiendas los valores que abrazan a un Juez dentro y fuera de la Judicatura, su deontología, definida como: "La suma de todas las exigencias planteadas a un jurista con ocasión del ejercicio de su profesión y en sentido general, conjunto ordenado de normas morales, que regulan la actividad de su profesión". El Juez en el ejercicio de la función jurisdiccional, tiene el deber de impartir racional y razonablemente la solución justa a fin de asignar a cada quien lo que le corresponde en los casos concretos sometidos a su competencia según el Derecho aplicable y su conciencia, bajo los Valores: HONESTIDAD, IDONEIDAD, INDEPENDENCIA, PRUDENCIA, RESPONSABILIDAD, ETICA. En torno al Ethos Funcionarial, la Doctrina de la Sala Constitucional de nuestro Tribunal Supremo de Justicia, nos ha enseñado, que atentan contra la ética pública y la moral administrativa, los funcionarios públicos o funcionarias públicas, que cometan hechos contrarios a los principios de honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad, puntualidad y transparencia. (…) Las partes dialéctica opuestas en un proceso, están sometidas a un veredicto que da una persona denominada "Juez", cuyos valores y principios se deben corresponder a la de un hombre honesto. En este orden, resalto parte sentencia dictada por la Sala Plena de nuestro Máximo Tribunal, que en su cuerpo escritural señala:

"cuando la crítica se dirija a un funcionario o funcionaria y ésta se refiera al estilo del funcionario o funcionaria en el desempeño de su función, no siempre la crítica podría estar amparada en la trascendencia pública de la opinión que se emite; y desde luego, nunca lo podrá estar cuando esa opinión se acompañe de expresiones injuriosas sobrantes e innecesarias; toda vez que la emisión de calificativos injuriosos contra el funcionario o funcionaria, sea cual fuere el contexto en el cual se emitan, suponen un daño injustificado a su honor y reputación. De no ser así, se exigiría al funcionario o funcionaria expuestos a la crítica un sacrificio desproporcionado a su honor y reputación, privándole indebidamente de estos derechos fundamentales, y condenándole a tener que soportar insultos, agravios u ofensas desde todo punto de vista innecesarios. De cara al análisis precedente, esta Sala Plena considera que no sólo se trata de la protección a las personas o ciudadanos y ciudadanas en sus valores básicos (honor, reputación, dignidad, libre expresión de pensamiento y de ideas), sino también de salvaguardar el ejercicio de la función pública y así evitar, en lo posible, limitaciones o alteraciones indebidas de estos valores durante el desempeño de los funcionarios o funcionarias públicos, postura que se estima resulta más ajustada a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues ello tiende a una protección integral y simultánea tanto de los ciudadanos y ciudadanas como de los funcionarios o funcionarias públicos, así como lo entiende el artículo 58 constitucional." (vid sentencia de la Sala Plena Exp. Exp.AA10-L-2007-000214 de fecha 14 días del mes de Enero de dos mil Diez. Ponente Carmen Zuleta de Merchán)."

La actividad de Juzgar no es sencilla, sostiene tener una mente clara y un espíritu sereno, por ello cito al Magistrado anciano de la España del Siglo XVIII cuando en carta dirigida a su hijo recién titulado Juez, señaló: "…Que ni la frase ligera, ni el concepto atrevido, que propalan las más de las veces hechos falsos, te orillen a torcer el sentido de la Justicia, que deberás hacer prevalecer a trueque del escarnio, del cargo o de la propia vida". Te llamo a la reflexión, el Poder Judicial, sus Altos Funcionarios y los Jueces de la República Bolivariana de Venezuela, se respetan y no creas que porque en ocasiones no nos defendemos, es que somos indiferentes, no, es porque sencillamente en lo espiritual nuestro corazón no se entrega a falsos dioses.

 

Msc. Jholeesky Villegas Espina. Juez Superior Penal; Doctorante en Ciencias para el Desarrollo Estratégico de la Universidad Bolivariana de Venezuela.


 



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