Si un opositor es elegido presidente, será controlado por la constituyente

La situación jurídica es muy clara, quien quiera que sea el Presidente de la República elegido en 2018, deberá juramentarse ante la Asamblea Constituyente (ANC) y subordinarse a ella pues dicha institución es la máxima autoridad de Venezuela, tal como se desprende del artículo 349 constitucional.
 
Ver video: Dr. Jesús Silva en TV -  Presidente electo en 2018 estará bajo control de la Constituyente https://youtu.be/GUmbf8GkTos
 
Políticamente hablando la victoria de Nicolás Maduro es un hecho casi garantizado, por lo cual no habrá conflicto entre un Presidente chavista y una ANC  chavista. 
 
Pero vale la pena revisar ese supuesto negado en que un opositor resultara elegido como Primer Mandatario Nacional; si ello ocurre, éste alto funcionario estará bajo el control de la ANC quien puede perfectamente anular cualquier acto presidencial que viole la Constitución.
 
Por ejemplo, si Lorenzo Mendoza, siendo presidente, decreta la eliminación de las misiones sociales, la ANC puede anular dicho decreto y esa anulación es inapelable, es decir, ni el Presidente, ni el TSJ pueden echarla para atrás porque la ANC manda por encima de los cinco poderes públicos.
 
En caso de que Mendoza quiera activar su propia convocatoria presidencial a Constituyente como lo hizo Maduro en 2017, la actual ANC en ejercicio puede bloquear esa medida ya que posee autoridad superior a la del Presidente. Dicho de otro modo, no hay maniobra jurídica posible para que un tercero pueda disolver la ANC actual, salvo por una decisión de ella misma.
 
Otro ejemplo, es que Mendoza pretendiera legalizar la propaganda de su bebida alcohólica que daña la salud o que se le ocurriera privatizar industrias básicas del Estado, en tal caso la ANC dejaría sin efecto esas medidas presidenciales y podría destituir al Jefe del Ejecutivo por sucesivas violaciones de la Carta Magna. Acto seguido, podría convocar a elecciones presidenciales.
 
Es menester tener en cuenta que la ANC decretó que su propio mandato duraría dos años contados a partir de julio de 2017, sin embargo no hay norma constitucional que le impida dictar una prórroga o extensión de ese período, o sea, no sería sorpresa que invocando el interés nacional la ANC resuelva durar dos más.

 



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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