Expuestos puntos de vista sobre el proyecto de nueva Ley Orgánica del Trabajo en foro del CIM

Panelistas y moderador del CIM en el foro realizado el jueves 8 de marzo

Panelistas y moderador del CIM en el foro realizado el jueves 8 de marzo

Credito: Centro Internacional Miranda (CIM)

(09/03/2012) El Centro Internacional Miranda (CIM), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu), abrió sus puertas este jueves a dirigentes sindicales y hombres y mujeres vinculados al derecho de los trabajadores para que expusieran sus puntos de vista sobre el proyecto de nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que debe estar en manos del Jefe de Estado en abril próximo, para ser aprobada el primero de mayo de 2012.

Stalin Pérez Borges, coordinador nacional de la Unión Nacional de Trabajadores y de Marea Socialista, dice que en este instrumento legal debe privar los intereses del trabajo sobre el capital, en una relación a tono con los valores del socialismo que siembra en el país el gobierno del Comandante Presidente, Hugo Chávez.

Considera como medular la retroactividad de las prestaciones, que a las y los trabajadores se les liquide su relación de trabajo con el último salario que devengue, no como se hace desde el 97 (fecha de la última modificación), que se le calcula sobre la base de cinco días de salario por mes con el salario que tiene para cada fecha.

En este momento hay una comisión presidencial elaborando este proyecto de LOT, la cual ha recibido miles de propuestas, en las que se establece un nuevo sistema de prestación social de Antigüedad, que modifica el que actualmente establece el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. En tal sentido, dicho proyecto prevé un sistema de prestación social de antigüedad de treinta (30) días de salario por cada año de servicio o fracción mayor a seis (6) meses. El salario de base para el cálculo de este concepto será el devengado por el trabajador en el mes inmediatamente anterior a aquel en que el empleador deba hacer el pago. En caso de mora en el pago de este concepto, el empleador deberá pagar intereses a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela.

Para Pérez Borges también es puntual el tema de la reducción laboral a seis horas, que a su juicio no pondrá en jaque a las empresas, ni a la pequeña ni a la mediana, y que por el contrario traerá beneficios en cuanto se abriría mayor oportunidad de trabajo.

De los derechos sindicales, expuso, primero, que el Consejo Nacional Electoral no puede seguir participando en los procesos electorales, ya que contraviene incluso normas de la Organización Internacional del Trabajo y es un foco de corrupción. Propone que los regule directamente la Inspectoría del Trabajo y los mismos trabajadores en asamblea. Segundo, flexibilizar la norma para que los trabajadores se puedan sindicalizar. La ley actual, vigente desde al año 36, contempla que para crearse un sindicato la empresa debe contener un mínimo de 20 empleados. Sugiere, por ejemplo, que en los centros comerciales donde hay muchas tiendas de servicios, las y los trabajadores de esos rubros se puedan unir y crear los sindicatos que velen por sus derechos.

En ese sentido, Roberto Hernández, ex ministro del Poder Popular para el Trabajo, dice que la organización de la clase obrera es una condición imprescindible; se muestra a favor de buscar nuevas formas estratégicas para la conformación de sindicatos. En otro aspecto, se refiere a que uno de los puntos que no ofrece ningún género de discusión es el pago de las prestaciones sociales con el último salario.

“Este es un derecho que existía en Venezuela desde el año 36 y fue eliminado en el 97, de manera que estaremos restituyendo un derecho conquistado”. En torno a la reducción de la jornada laboral, afirma estar de acuerdo sólo como revolucionario, “pero hay un problema que es sumamente grave, eliminar dos horas diarias es un dineral (...) eso hay que estudiarlo muy bien”.

Por su parte, Antonio Espinoza Prieto, miembro de la Comisión Presidencial de la LOT, considera tres aspectos fundamentales, “de indiscutible y obligatorio tratamiento”, la restitución del régimen de prestaciones, la reducción de la jornada laboral y la prescripción de los derechos laborales.

Finalmente, apunta que lo más importante es la elaboración de una ley puntual y parcial que abarque los tres temas que plantea la Constitución, entre ellos, legislar sobre restitución del régimen de prestaciones, que a su vez exige legislar en torno a la estabilidad en el empleo. “El primer cumplimiento es el del reconocimiento a la antigüedad, en consecuencia debe legislarse sobre antigüedad en el empleo, y el segundo es el pago de las prestaciones en base a un mes de salario por cada año de servicio, con pago retroactivo, es decir, con el pago sobre el último salario”.

(Fin / Texto: Martín Emiro González /Foto: CIM)


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La fuente original de este documento es:
Misión Sucre (http://www.misionsucre.gob.ve/websitems/web/frontend.php/noticia/detallenoticia?id=1397)



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