Aseguró el magistrado Juan Rafael Perdomo: La Lottt está blindada jurídicamente

El magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Juan Rafael Perdomo

El magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Juan Rafael Perdomo

Credito: Prensa TSJ

3 de mayo de 2012.- El magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Juan Rafael Perdomo, miembro de la Comisión Presidencial para la redacción de la nueva Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt) aseguró que este instrumento está blindado. Así lo dio a conocer el día de ayer en el programa radial "Juntos, pero no revueltos" que se transmite en el circuito Actualidad de Unión Radio.

"Es una obra que la han construido los trabajadores a través de las numerosas propuestas formuladas desde sus espacios de reunión que posteriormente hicieron llegar a la Asamblea Nacional (AN) de forma apabullante. Esas posiciones refuerzan el derecho establecido. Luego esto fue evaluado por la Comisión Presidencial y allí se corrigió todo lo competente en materia de Derecho. Desde ese punto de vista es una Ley blindada jurídicamente", expresó el Magistrado.

Agregó que la Lottt tiene un modelo que es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en la que están presente normas sobre Derechos Humanos, las cuales tienen que ver con el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, el acceso a la justicia de los obreros y empleados y la garantía de una justicia transparente.

La Ley plantea vías sencillas para resolver sin ningún trauma cualquier diferencia entre el patrono y el trabajador. Al respecto, el magistrado Juan Rafael Perdomo dijo que ésta es la primera base constitucional que desde luego se soporta en instrumentos de carácter internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La segunda base es la experiencia que tiene la Sala de Casación Social en el ámbito jurisprudencial, donde hay un grupo de sentencias que tienen que ver con la estructura de la Ley. Por esta razón, dicho aporte jurisprudencial contribuye a fortalecer las instituciones del Derecho Laboral.

"La Lottt se ha superado a sí misma en base a la Constitución, a la jurisprudencia, a las convenciones de los contratos colectivos que regulan las relaciones entre las partes, las cuales están obligadas a respetar las cláusulas firmadas. La Lottt es un texto maravilloso de contenido y de forma", afirmó el miembro de la Comisión Presidencial.

Solicitudes de impugnación serán atendidas

El Magistrado de la Sala de Casación Social señaló que de presentarse alguna solicitud de impugnación de la Lottt será atendida, pues eso forma parte del sistema democrático de la nación. "Si existiera la denuncia de la violación de la norma constitucional que esté presente en la nueva Ley, pues se examinará y la Sala Constitucional del TSJ será la encargada de decidir si procede o no", apuntó.

En este sentido, se preguntó cómo puede impugnarse una ley que honra el principio de la protección a las familias, como es el caso del reposo pre y postnatal equivalente a 26 semanas, "hecho que no se observa en ninguna parte del mundo", enfatizó.

Por otra parte, indicó que si algún organismo internacional solicita su intervención en esta Ley tiene que demostrar que no se tramitó el procedimiento correcto en Venezuela. Asimismo, recalcó que en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional se deben agotar los procedimientos internos. "La Lottt apenas acaba de salir por eso todavía no hay un agotamiento de las vías internas y debe analizarse con argumentos jurídicos emanados de la experiencia judicial y laboral", manifestó el magistrado Perdomo.

En cuanto a la disponibilidad económica del Estado para responder a los compromisos que se establecen en la Lottt, el integrante de la Comisión Presidencial dijo que si el Ejecutivo la aprobó es porque está seguro que va a honrar su palabra cumpliéndole a los trabajadores y trabajadoras con lo establecido en la norma.


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