Presidenta del TSJ dijo que no hay contradicción en sentencia sobre RCTV

En la sentencia anunciada este miércoles por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de declarar inadmisible un recurso de amparo intentado por Radio Caracas Televisión (RCTV) no existe ninguna contradicción, dijo este jueves la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Luisa Estella Morales.

Estas declaraciones las ofreció durante una rueda de prensa ofrecida en el estacionamiento del TSJ, tras la presentación de las dos primeras unidades automotoras que funcionarán como Tribunales Móviles en todo el país.

El pasado miércoles 23 de mayo, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad de la medida de no renovación de la concesión y declaró improcedente el amparo cautelar solicitado por los apoderados judiciales de RCTV, C.A, de cara al vencimiento, el próximo 27 de mayo, de la licencia de la televisora para la señal abierta.

En este sentido, señaló la magistrada que en relación a la sentencia pronunciada se «trata de leerla e interpretarla sobre la base del conocimiento técnico que se tenga sobre la misma».

A la vez, respondió a una de las periodistas presentes en la conferencia de prensa que las «sentencias no son para ser explicadas, sino para leerlas, entenderlas y acatarlas».

Consideró que la calificación que han utilizado algunos personeros de los medios privados de que supuestamente es una sentencia contradictoria es un «punto que debe ser revisado por los periodistas que estén interesados en el medio judicial con expertos en la materia».

«No existe ninguna contradicción-insistió. Yo he leído la sentencia de la Sala Político Administrativa y se ha seguido una técnica muy sencilla. Simplemente se intentó un recurso de nulidad contencioso administrativo y además se solicitó un amparo cautelar y una suspensión de efecto», manifestó.

En relación al amparo cautelar que es subsidiario a esta solicitud, dijo: «Sencillamente consideró la sala que no era procedente, es decir, que allí no hay contradicción».

«Una cosa es el recurso contencioso administrativo de nulidad y otra cosa son las medidas cautelares, tanto de amparo y otra naturaleza, las cuales normalmente pueden ser admitidas o negadas al comienzo de cualquier acción, sin que eso signifique que se esté contradiciendo en algo», refirió.

Luisa Estella Morales manifestó que quienes deseen interpretar mejor la sentencia deben recurrir al conocimiento del derecho, porque, dijo, como toda sentencia, hay que aprenderla.

Asimismo, la máxima representante del TSJ precisó, en cuanto a la decisión de fondo de la Sala Político-Administrativa, que «existen unos términos establecidos en la ley».

«El derecho se rige por normas y leyes, en ese sentido, hay que leerlas y revisarlas para saber cuáles son los términos y así fácilmente podremos saber cuándo debe terminar o sentenciarse esta acción», agregó.

Recordó que «además de eso existe un orden cronológico que nos obliga a sentenciar de acuerdo con el ingreso de las causas y la oportunidad. Por eso, yo creo que hay que esperar».




Esta nota ha sido leída aproximadamente 10967 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Notas relacionadas

Otras noticias sobre el tema Las Concesiones de Frecuencia Radioeléctrica a Medios Privados


Pulse aquí para leer ver todas las noticias y artículos sobre Las Concesiones de Frecuencia Radioeléctrica a Medios Privados