21-07-18.-Estados Unidos emitió este jueves una excepción a las sanciones sobre los bonos venezolanos para permitir que los tenedores del papel Pdvsa 2020 puedan reclamar el cobro de su garantía (la mitad de las acciones de Citgo) en caso de que el gobierno de Nicolás Maduro incumpla con los pagos.
La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) publicó la “licencia número 5” que autoriza a los ciudadanos o empresas estadounidenses que tengan en su poder el bono Pdvsa 2020 exigir el colateral de ese instrumento (50,1% de las acciones de Citgo) en caso de que se incumpla el pago, acción que estaba prohibida de acuerdo con los términos de una orden ejecutiva del presidente Donald Trump firmada en mayo pasado.
“Autorizar a los tenedores de bonos a hacer valer los derechos relacionados con el bono Pdvsa 2020 impide que el régimen de (Nicolás) Maduro use la orden ejecutiva para incumplir sus obligaciones de bonos sin consecuencias. Con el fin de proporcionar esa autorización, la OFAC está emitiendo la licencia general 5, que elimina la orden ejecutiva 13.835 como un obstáculo para que los titulares del bono Pdvsa 2020 accedan a su garantía, y así mantiene la presión de las sanciones donde corresponde: en el régimen de Maduro”, señala la Ofac en su sitio web.
Trump emitió una orden ejecutiva el 21 de mayo de este año en la que se prohibía a ciudadanos o empresas estadounindenses adquirir acciones de empresas en las cuales el gobierno de Venezuela fuera accionista mayoritario. Esto representaba una traba para los tenedores del Pdvsa 2020 en caso de que el país decida no pagar los intereses como ya hace con casi todos los bonos de la petrolera y la República.
El Pdvsa 2020 es el único bono de la petrolera estatal venezolana que no está en default, porque precisamente el gobierno de Maduro está evitando perder la mayoría accionaria de Citgo. La otra parte de las acciones de esa empresa están comprometidas como garantía de un préstamo de la petrolera rusa Rosneft.
Adicionalmente, la OFAC aclaró que las demandas contra Venezuela en las que se adjunten reclamos o se dicten medidas contra bienes (incluidos buques, propiedades o activos financieros) están permitidas, siempre que no involucren deuda nueva o una participación accionaria en cualquier entidad en la que el gobierno tenga 50%.