“El Acidito”

Propuesta al Presidente sobre prestaciones Reinaldo Silva

Con la petrolización de nuestro sistema económico, donde 1$=60Bs.S; se adecuaron los precios existentes en el mercado, que eran los mismos dolarizados, y se compensó la economía laboral ajustando el salario mínimo a 1.800Bs.S.

Existen muchas preocupaciones por parte de los trabajadores y la ciudadanía en general que aclaramos en nuestros artículos de la pasada semana ("Viernes rojo estremece el mundo" y "Empresas se van a quiebra"); pero queda una gran inquietud y es la que tiene que ver con el cálculo de las prestaciones sociales.

Me voy a permitir formular la siguiente propuesta a nuestro Presidente Maduro, debido al impacto que las nuevas medidas puedan causar a las pequeñas y medianas industrias (PYMI), en lo referente al cálculo de la antigüedad de los trabajadores. Tenemos una experiencia en la reforma de la Ley del Trabajo de 1.997, donde se establecen dos cortes para el cálculo de la antigüedad, liquidando las prestaciones antes de la fecha de la promulgación de la Ley y estableciendo un nuevo régimen, donde el salario base para la antigüedad se depositará y cancelara en base al salario normal devengado en el mes inmediatamente anterior, antes de eso era anual; en ese régimen transitorio, al entrar en vigencia la Ley de 1.997; se reconocen 60 días de antigüedad para el primer año para trabajadores con más de 6 meses; también se cancela la indemnización de antigüedad hasta la fecha de ese corte o se abona en cuenta al trabajador y se le otorgó un bono de transferencia por cambio de régimen; a sabiendas que se venía de una crisis total que conllevo sus estallidos sociales y demás repercusiones.

Mi propuesta, conocido este antecedente es que se cancelen las prestaciones sociales o se abonen en la cuenta del fideicomiso del trabajador las prestaciones que le correspondan hasta el mes de noviembre del presente año; y hablo de noviembre porque si el gobierno subsidiará por tres meses a las empresas con el diferencial que deben cancelar a sus trabajadores (equivalente y mucho mas al bono por transferencia otorgado en la ley de 97), la empresa no asumirá ese incremento sino con lo efectivamente cancelado con sus recursos; e iniciar desde el 01 de diciembre un nuevo esquema con el salario que si cancelara íntegramente la empresa; donde ya no debe tener quejas que no lo podrá pagar, porque este periodo de transición de poco más de tres meses será para ir ajustando sus costos, debidamente supervisado por el gobierno; situación por la cual no deben estar sobresaltados los representantes de la pequeña y mediana industria.

 



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Reinaldo Silva


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