PLATAFORMA CIUDADANA EN DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN:
ACUERDOS DE SERVICIOS DE PDVSA COMPROMETEN LA SOBERANIA
VIOLAN LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY DE HIDROCARBUROS
El "régimen especial" decretado por el Presidente Maduro en 2018 en el marco del "estado de excepción", para la gestión operativa y administrativa de la industria petrolera, concebido con el supuesto propósito de levantar la producción de petróleo hasta en un millón de b/d en un año, como era de esperarse, ha resultado en un rotundo fracaso. El balance de los indicadores del primer año de su vigencia, muestran que la crisis de la industria se ha profundizado[1]. Eso se explica, porque en lugar de corregir los errores cometidos en su conducción enfrentando la corrupción, la conversión del Ministro del Poder Popular de Petróleo (MPPP) en una suerte de "zar" con poderes discrecionales y extraordinarios, casi absolutos, solo ha servido como un burladero de los controles legales y constitucionales que garantizan la preservación del patrimonio histórico acumulado por el Estado y la Nación, en materia de control soberano de los hidrocarburos y de su usufructo.
Nunca antes se había otorgado tanto poder discrecional a un funcionario de ese rango para decidir asuntos vitales y estratégicos de la Nación, como son los relacionados con el negocio petrolero. Dicho régimen (Decreto 3.368) le otorga al General Ministro, además de la facultad de ejercer las funciones de control y tutela sobre PDVSA y sus empresas filiales e institutos adscritos que lo son propias, la de administrar y reestructurar las mismas. Dicho de otra manera, puede "pagar y darse el vuelto" en franca violación del orden constitucional y legal que rige la administración pública y particularmente, evadiendo el control que ejercen la Contraloría General de la República y la Asamblea Nacional.
Con base en ese carácter plenipotenciario inconstitucional, el General Quevedo ha firmado 14 "Acuerdos de Servicios Conjuntos" (ASC) con 14 empresas nacionales e internacionales, que según las fuentes oficiales, tendrán una duración de 6 años, con el fin de adelantar la expansión de la capacidad y la reactivación de la producción de 14 campamentos petroleros para elevarla de 384 MBD a 1.025 MBD con un incremento de 641 MBD, mediante una inversión de 430 millones dólares. Los textos de los ASC no han sido publicados y la información de prensa sobre los términos y condiciones de los mismos es escasa e imprecisa. Por ejemplo, sobre el detalle del "modelo de negocio", del monto variable de la tarifa que pagará el Estado a las contratistas según el volumen de la producción, del régimen tributario que se aplicará, del financiamiento y retorno de la inversión, del régimen laboral y la aplicación o no de la contratación colectiva a los trabajadores de dichas empresas de servicio, entre otros aspectos relevantes que preocupan a los venezolanos.
Según Ley Orgánica de Hidrocarburos (9), la extracción es una actividad primaria reservada al Estado según lo establece la Constitución (302), que solo puede ser realizada por empresas de su exclusiva propiedad (PDVSA) o por empresas mixtas en las cuales tenga una participación mayoritaria. No existe la figura de la empresa mixta en los ASC y por ello, es ilegal e inconstitucional. De hecho es un retroceso en términos de soberanía y se aproxima a los convenios operativos leoninos de la apertura petrolera de Luis Giusti superados por la gestión de Hugo Chávez.
En este contexto, recibimos una información extraoficial alarmante de que supuestamente el General Quevedo firmó recientemente un nuevo ASC con una empresa estadounidense, cuyo propietario es un empresario muy influyente dentro del gobierno de EEUU y amigo del Presidente Trump. Según la información recibida en la Plataforma Ciudadana en Defensa de la Constitución, aún cuando este ASC es el décimo quinto firmado por PDVSA, sus condiciones difieren sustancialmente de los otros catorce. Aparentemente el contrato es por 25 años en lugar de 6 años y la tarifa que pagará PDVSA por la prestación del "servicio de "extracción de crudo", no se calculará como en el resto de los 14, por volúmenes producidos, sino por el valor del 49.9% la venta del total de la producción disponible a "boca de pozo". Este esquema de distribución de los beneficios nos retrotrae a la política del 50-50 o fifty-fifty, de la ley de hidrocarburos promulgada por el Presidente Isaías Medina Angarita (1943), en la que el Estado recibía un máximo del 50% de producto total. Adicionalmente, se libera a la empresa contratista del pago de las regalías correspondiente al 30% de la producción, las cuales deberán ser canceladas en su totalidad por PDVSA. De ser cierta esa información se estaría echando por tierra los avances históricos logrados por el estado venezolano en materia de soberanía petrolera y tributaria, especialmente en la revolución bolivariana. Por si fuera poco, se exime a las empresas extranjeras de someterse a la ley de contrataciones públicas o cualquier otra ley o reglamento que regule la compra de materiales y equipos en el territorio nacional, vale decir, se priva al Estado de su capacidad de promover, a través de las inversiones que se realizarán en el negocio de extracción de petróleo, del uso de éstas para promover el consumo de bienes y servicios de origen nacional, como palanca para impulsar el desarrollo productivo diversificado del país. Así mismo, se lesiona severamente la soberanía nacional, al establecer que ambas partes (PDVSA y la empresa contratista) deben someterse a las regulaciones y directrices de la OFAC[2] (Office of Foreign Assets Control) y a cualquiera de las exigencias económicas de los EEUU, subordinando el Estado a las directrices del imperio estadounidense. Por último, en este acuerdo el Ministro del Poder Popular para el Petróleo y Presidente de PDVSA, estaría renunciando de manera irrevocable e incondicional a la inmunidad soberana, ante cualquier procedimiento legal que surja como consecuencia del acuerdo de servicio entre las partes.
Exigimos al Presidente Maduro que publique los Acuerdos de Servicios suscritos por PDVSA, particularmente el último al cual nos hemos referido. El pueblo venezolano tiene derecho a saber los alcances de las negociaciones que el gobierno adelanta, en las cuales se podría estar comprometiendo la soberanía de la Nación. Le exhortamos a respetar la Constitución y la Ley Orgánica de Hidrocarburos patrimonio de la revolución bolivariana y de todos los venezolanos.
NO A LA ENTREGA DE LA SOBERANIA PETROLERA!!!
TODO EL PUEBLO UNIDO EN DEFENSA DE SU CONSTITUCIÓN!!!
Santiago Arconada, Oly Millán, Juan García, Edgardo Lander, Héctor Navarro, Gonzalo Gómez, Gustavo Márquez, Ana Elisa Osorio, Nuris Orihuela
_________________________________
[1] Según la OPEP la producción petrolera venezolana entre octubre de 2017 a octubre de 2018 cayó 740.00 bd para situarse en 1.171.000 bd
[2] Oficina para el Control de Activos Extranjeros de EEUU