03-12-15.-El Consejo Nacional Electoral decidió suspender tres piezas de propaganda en televisión, como medida cautelar de las averiguaciones administrativas iniciadas por incumplimiento de las normas de campaña electoral establecidas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
Dos de estas piezas fueron consideradas como campaña por cuenta de un medio de comunicación, lo cual está expresamente prohibido en el artículo 79 de la Lopre. En estos casos, las averiguaciones administrativas fueron abiertas a Venezolana de Televisión y a la Televisora Venezolana Social (Tves).
En el caso de la tercera pieza publicitaria, se ordenó su salida por utilizar imagen gráfica de una organización política postulante sin su autorización. La averiguación administrativa fue abierta a la organización con fines políticos Min Unidad, por quebrantar el artículo 75, numeral 11, de la misma ley.
A esta misma organización política se le inició otra averiguación administrativa por usar en pendones de campaña la imagen de un candidato sin su autorización; es decir, transgrediendo el mismo artículo de la Lopre. Igual, aplicó una medida cautelar de retiro de dicha publicidad exterior en la Circunscripción 1 del estado Aragua, donde fue utilizada.
También se abrió una averiguación administrativa al Partido Socialista Unido de Venezuela por exceder el espacio permitido para la publicación de propaganda electoral en un medio impreso tabloide, que está establecido en media página diaria por organización política, no acumulable, en las normas especiales de campaña electoral de las elecciones a la Asamblea Nacional. En este caso, la medida cautelar ordenó la no publicación.
Ya el martes, el CNE había ordenado el inicio de una averiguación administrativa contra el canal Globovisión por la no difusión de propaganda de una organización postulante.