La rebelión de los territorios

A partir del 05 de Enero de 2021, quienes a lo interno andan en un plan raro, es importante que sepan y entiendan que viene una rebelión que busca la profundización y la irreversibilidad de la revolución de nuestro Comandante eterno Hugo Rafael Chávez Frías que dirige nuestro presidente Nicolás Maduro Moros. Y por eso tenemos que revisarnos.

Es importante que sepan y entiendan, que después el 6D también viene la otra rebelión, la de los iguales, la que pide justicia para todos aquellos que le han hecho y hacen tanto daño al país. Se ha enquistado una hediondez que aunque sea con cal, debemos erradicarla, seguir fortaleciendo el PSUV y avanzando en la tranquilidad y el bienestar del pueblo venezolano.

Se ha comenzado una restructuración de los espacios y que debilitan al Poder Popular y lo amarran al Poder Público constituido. Se comienza con la creación de las UBCH que tiene un jefe Político, con la bendición de Dios aparecen los CLAP con sus Jefes políticos; más tarde afloran los Ejes territoriales que tienen también un Jefe político, luego aparecen los Cuadrantes de Paz, que tiene otro Jefe político, posteriormente se asoma un Gobierno comunitario con varios Jefes políticos y detrás vienen una serie de Instituciones gubernamentales relacionadas con el Poder Popular completamente inoperantes y paralizadas. El mismo Comandante Chávez cuestionó en Consejo de Ministros el atraso en la conformación de comunas socialistas, figura contemplada dentro de su plan de Gobierno. "Voy a tener que eliminar el Ministerio de las Comunas (...) Porque nosotros hemos asumido que el problema de las comunas es de un ministerio y es un gravísimo error que estamos cometiendo", afirmó al dirigirse a sus ministros.

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Todas estas instancias gubernamentales han aparecido como los supuestos monolitos encontrados en los EE.UU, Canadá, Rusia, Rumania, en el Reino Unido y otras partes del mundo.

Todo este juego político que a nuestro parecer debilitan a los Consejos Comunales, a los Colectivos Comunitarios, a las Comunas y a los movimientos sociales. En otras palabras al Poder Popular.

Tiene que existir una verdadera separación del Poder Popular y el Poder Público Constituido. Los luchadores sociales, vecinales, comunitarios, voceros comunales no deben ser empleados políticos activos gubernamentales, ya que esto debilita los objetivos del Poder Popular, su compromiso con el pueblo y su radio de acción en su territorio [1]. En los artículos 1, 23, 24,25, 26, 27, 28 y 29 entre otros de la Ley Orgánica del Poder Popular se describe en qué acera se debe ubicar el Poder Popular.

Artículo 1. Objeto. Ley Orgánica del Poder Popular.

La presente Ley tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder Popular, generando condiciones objetivas a través de los diversos medios de participación y organización establecidos en la Constitución de la República, en la ley y los que surjan de la iniciativa popular, para que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan el pleno derecho a la soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, así como a la constitución de formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el ejercicio directo del poder.

Artículo 23. Poder Público y organización del Poder Popular

Los órganos, entes e instancias del Poder Público promoverán, apoyarán y acompañarán las iniciativas populares para la constitución, desarrollo y consolidación de las diversas formas organizativas y de autogobierno del pueblo.

Artículo 24. Actuaciones de los órganos y entes del Poder Público

Todos los órganos, entes e instancias del Poder Público guiarán sus actuaciones por el principio de gobernar obedeciendo, en relación con los mandatos de los ciudadanos, ciudadanas y de las organizaciones del Poder Popular, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República y las leyes.

Artículo 25. Planificación y coordinación nacional

El Poder Ejecutivo Nacional, conforme a las iniciativas de desarrollo y consolidación originadas desde el Poder Popular, planificará, articulará y coordinará acciones conjuntas con las organizaciones sociales, las comunidades organizadas, las comunas y los sistemas de agregación y articulación que surjan entre ellas, con la finalidad de mantener la coherencia con las estrategias y políticas de carácter nacional, regional, local, comunal y comunitaria.

Artículo 26. Correspondencia e igualdad

Las relaciones del Estado y el Poder Popular se rigen por los principios de igualdad, integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, en el marco del sistema federal descentralizado consagrados en la Constitución de la República.

Artículo 27. Transferencia de competencias

La República, los estados y municipios, de acuerdo con la ley que rige el proceso de transferencia y descentralización de competencias y atribuciones, trasferirán a las comunidades organizadas, a las comunas y a los sistemas de agregación que de éstas surjan; funciones de gestión, administración, control de servicios y ejecución de obras atribuidos a aquéllos por la Constitución de la República, para mejorar la eficiencia y los resultados en beneficio del colectivo.

Artículo 28. Transferencia de las comunas a las organizaciones populares

Los gobiernos de las comunas podrán transferir la gestión, la administración y la prestación de servicios a las diferentes organizaciones del Poder Popular. Las organizaciones de base del Poder Popular harán las respectivas solicitudes formales, cumpliendo con las condiciones previas y requisitos establecidos en las leyes que regulen la materia.

Artículo 29. Simplificación de trámites

Los órganos y entes del Poder Público en sus relaciones con el Poder Popular, darán preferencia a las comunidades organizadas, a las comunas y a los sistemas de agregación y articulación que surjan entre ellas, en atención a los requerimientos que las mismas formulen para la satisfacción de sus necesidades y el ejercicio de sus derechos, en los términos y lapsos que establece la ley.

Cuando al Poder Popular lo adormecen y quisiera luego despertar, no se podrá levantar; estará en los brazos de Morfeo, SUMISO y SIN COMPROMISO con el pueblo.

Los partidos no pueden apoderarse de los Consejos Comunales, ni de las Comunas. Los partidos deben ayudar, a formar cuadros. Los Consejos Comunales y las Comunas no pueden ser apéndices de la Alcaldía, de Gobernaciones, de Ministerios; son del pueblo, creación de las masas. Hay que trabajar sobre la conciencia del deber social, sobre la fragmentación de la comunidad, la igualdad social, la política, la economía y el territorio.

Existen algunos jefes comunitarios, que sufren el Síndrome de Jefe, que creen que son amos, que tienen el don, porque están cerca del Poder Público, olvidándose que son simplemente voceros de la comunidad y que la autoridad es horizontal; y que arremeten contra los Jefes de Calle y vecinos. Se atreven a gritar, a agredir, a instigar y a irrespetar a sus propios compañeros vecinales. No es bueno ir por la vida lastimando gente y luego disculparse. Las disculpas sobran cuando el daño está ya hecho.

Se debería cambiar la palabra JEFE por otra de connotación similar para evitar el sufrimiento de este SÍNDROME. Y además, democratizar su elección. Qué sean los propios Consejos Comunales, los Colectivos Comunitarios o la Comunidad misma quienes elijan a estos VOCEROS; que se actualicen y sean propuestos a la organización política del PSUV.

Nuestro presidente Nicolás Maduro Moros propuso convocar el próximo Congreso del PSUV para el primer trimestre de 2021. Pidió una revisión de la estrategia política hasta 2030 y anunció que la dirección nacional del PSUV tiene que hacer una serie de reuniones para revisar el plan de batalla y política hasta el 2030. La intención es tomar los ajustes, mejorar y rectificar lo que sea necesario con miras a las próximas elecciones.

Hay que insistir en el horizonte de la recuperación de la Constitución, sus garantías democráticas, su institucionalidad eficiente. Y eso, sólo puede lograrse, con la recuperación del movimiento social y popular.

El diputado Julio Chávez en su intervención del 06-01-2021 en la Asamblea Nacional (AN) aseguró que el Parlamento Comunal, impulsará el nuevo Poder Legislativo, iniciativa que viene a hacer una integración del territorio, donde van a converger todas las organizaciones y expresiones de lucha que ha tenido la comunidad a lo largo del tiempo.

"Así como existe el Consejo Municipal, los consejos legislativos y toda esa estructura que hilvana del Poder Legislativo, queremos profundizar más para que desde la comuna construyamos el Parlamento, la expresión del Poder Legislativo en la comuna"[2]. El Poder Popular espera que esto sea una realidad.

En general, se considera que los movimientos sociales suponen un esfuerzo por ampliar la capacidad de inclusión de la democracia, en el convencimiento de que esas experiencias contribuyen a fortalecer la ciudadanía. La acción colectiva, en sus diversas modalidades, tiene que adquirir un protagonismo central en el territorio, a un punto tal que pueda producir el fortalecimiento del Poder Popular.

Esperamos, que en el Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, también se revise toda la estructura política y los Proyectos de fortalecimiento del Poder Popular para garantizar la irreversibilidad del Proceso Revolucionario Bolivariano de nuestro Comandante eterno Hugo Rafael Chávez Frías.

"COMUNA O NADA"

VAMOS HACIA EL ESTADO COMUNAL

REFERENCIAS

1.- Ley Orgánica del Poder Popular, República Bolivariana de Venezuela.

Ratificada en Gaceta Oficial 6.011 extraordinaria del 21 de diciembre de 2010.

2.- Julio Chávez: Desde la comuna se impulsará el nuevo parlamento, 07-01-2021

www.aporrea.org/poderpopular/n361813.html

 



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Héctor Yi Durán

Ing. Luchador Social

 hectoryi@gmail.com

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