Revolución laboral de Hugo Chávez (1999-2013) y reforma neoliberal en Venezuela (1989-2024)

Pasado el 1 de mayo del 2024, Día del Trabajador, celebrado a nivel mundial en conmemoración de los trabajadores asesinados y heridos en 1886 en la ciudad de Chicago, Estados Unidos de Norteamérica, exigiendo en protestas públicas el establecimiento de ocho horas de trabajo diario he decido analizar lo que para la clase trabajadora venezolana representó esta magna fecha sin tener nada importante que celebrar dada deplorables y persistentes condiciones de trabajo y paupérrimos salarios que desde hace varios años venimos confrontando; por el contrario esta fecha ha debido ser una jornada de protesta nacional contra esta situación de empobrecimiento generalizado del pueblo venezolano.

En este sentido, es propicio con todo su significado histórico exponer como el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías (1999-2013) (sin ser obrero sino oficial del Ejército) y superando adversas circunstancias políticas, económicas y salud personal asumió la titánica misión revolucionaria de darle a la clase obrera y el pueblo condiciones de trabajo y de vida dignas; dejando para ello sólidamente establecido un legado Constitucional y legal de primer orden, digno, soberano y plena protección de los derechos laborales y sociales de la clase trabajadora Venezolana. Pero no es solamente esta razón lo que motiva escribir este artículo sino expresar que esta situación de crisis social laboral es producto de una política económica neoliberal ejecutada conjuntamente por Ejecutivo Nacional, Banco Central de Venezuela (BCV) Asamblea Nacional (AN), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y respaldada por la poderosa fuerza conspirativa de todo tipo Fedecámaras junto a los partidos gobernantes de la IV República para desconocer (inaplicar) normas y principios constitucionales y legales establecidos y aprobados durante la gestión presidencial de Hugo Chávez, el pueblo venezolano y misma AN en su oportunidad; como mostrar que esta alianza para llevar adelante esa política de ajuste estructural (PAE) neoliberal también requirió la creación de una dirección burocrática de poder de dirigentes sindicales gubernamentales y partidistas (PSUV-Polo Patriótico) para defender y propagar una política anti obrera; élite burocrática por cuya actuación cumplida hasta el presente puede calificarse como el surgimiento de "los nuevos chicos de Fedecámaras" que ha realizado muy bien el papel encomendado hasta ahora por cuanto sin diferencia alguna repiten el credo neoliberal del ex presidente de esta cúpula y representante de la anti obrera y transnacional Organización Internacional del Trabajo (OIT) Jorge Roig y sin protesto alguno acogen las directrices neoliberales dictadas por diputados oficialistas y oposición miembros de la Comisión de Finanzas de la AN. Que haya surgido esta élite de sindicalistas y sean "los chicos de Fedecámaras" nos retrotrae al mal recuerdo de los denominados "chicos Boys del IESA" que fueron los tecnócratas que planificaron y ejecutaron en el segundo mandato de Carlos Andrés Pérez (1989-1993) el programa shock de ajuste estructural neoliberal que como se sabe por todo lo que este PAE significaba contra el pueblo venezolano provocó la mayor revuelta popular en Venezuela del 27 y 28 de febrero de 1989 y significativos alzamientos militares de 1992 (4 de febrero liderada por el comandante del Ejército Hugo Chávez Frías y 28 de noviembre comandada por los contralmirantes Hernán Gruber Odreman y Luis Cabrera Aguirre, el General de división (A) Francisco Visconti Osorio, entre otros. La política de ajuste estructural neoliberal continúo con el presidente Rafael Caldera (1994-1999) hasta que asumió la Presidencia de la República el 2 de febrero de 1999 Hugo Chávez F. donde inició su rompimiento con el neoliberalismo en Venezuela.

El problema planteado de esta manera nos lleva a considerar, en primer lugar, por qué sostenemos que el presidente Hugo Chávez propugnó, hizo y estableció constitucional y legalmente una revolución laboral y social garante de legítimos derechos de la clase trabajadora consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV: 1999), Ley Orgánica de Bienestar Social (LOSSS: 2002); y Ley Orgánica del Trabajo de Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT:2013); en segundo lugar, describir actual situación de deterioro y empobrecimiento de clase trabajadora, entre otras razones, por ejecutar el gobierno nacional una política económica de ajuste neoliberal al desmontar (inaplicar ¿hasta dónde?) este sistema constitucional y jurídico constituido garante de estos derechos reconocidos a la clase obrera; en tercer lugar, mostrar como en aplicación de esta política de reforma laboral gubernamental se conformó una élite de diputados de la AN y sindicalistas oficialistas para elaborar, hacer aprobar, defender y difundir dicha política reformista en esa instancia parlamentaria y determinados sectores del país claramente escogidos y seleccionados, citándose para ello declaraciones dadas por dirigentes sindicales de este tipo con idéntica postura a la que sostiene la cúpula empresarial del país y empresas transnacionales; en cuarto lugar, comparar este proceso reformista laboral con un volver a condiciones laborales y sociales existentes en la década de los noventa del siglo pasado bajo los gobiernos de Carlos Andrés Pérez y Rafael Caldera; recordando en especial que este último gobierno de Caldera eliminó la retroactividad de las prestaciones sociales e impuso un nuevo régimen salarial por presión hecha de Fedecámaras que exigió la eliminación de bonos establecidos como parte de los programas sociales compensatorios ante miserables sueldos y salarios percibidos por clase trabajadora en esa época; proceso de reforma laboral impulsado por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y Banco Mundial (BM) que fue posible aplicarlo bajo la Agenda Venezuela del gobierno de Caldera mediante creación de la Comisión Tripartita (Confederación Trabajadores de Venezuela (CTV) de recordada actuación entreguista de intereses de la clase trabajadora; gobierno del presidente Caldera representado en ese entonces por el ministro de Planificación y uno de máximos dirigentes del Movimiento al Socialismo (MAS) Teodoro Petkoff; y Fedecámaras que como siempre y en cualquier circunstancia está contra los intereses y derechos de la clase trabajadora). Esta Comisión decidió eliminar esta retroactividad en 1997 con la nueva Ley del Trabajo (en la actualidad el gobierno por presión de la OIT convino restituir esta Comisión Tripartita pero bajo otra denominación); y en quinto lugar, citar opiniones y mencionar documentos publicados en relación con toda la política de reforma neoliberal laboral que en los años noventa del siglo pasado fue expuesta fervorosamente por sectores empresariales y políticos de la época para aprobar dicha política y que hoy es coincidente con la política laboral que aplica el actual gobierno; señalando las diferencias que al respecto existen entre ambos periodos presidenciales.

Revolución Bolivariana laboral de Hugo Chávez Frías

El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez Frías durante sus periodos presidenciales (1999-2013) se dedicó íntegramente a luchar por crear una Nueva República que él denominó IV República. Para llevar a cabo este trascendental proyecto nacional la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 elaboró la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela aprobada por el pueblo venezolano en referéndum celebrado el 15 de diciembre de 1999. Esta Constitución se aprobó para que fuera la columna vertebral, garantía y plena defensa del sistema jurídico que define a Venezuela en el Artículo 2 como "un Estado democrático y social de Derecho y justicia" y el Artículo 7 expone: "La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución".

Para aplicar estrictamente esta Constitución el presidente Chávez en todo lo relativo a la seguridad y bienestar social del pueblo venezolano y derechos sociales y laborales de la clase trabajadora propugnó primero la aprobación por la Asamblea Nacional de la Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social (LOSSS:2002), sancionada por la Asamblea Nacional, en su sesión del 06-12-2002, promulgada y publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.600 de fecha 30-12-2002; y en 2012 (con graves problemas de salud) fue principal motor propulsor, redactor y quien dio su aprobación final por "Decreto No. 8.938, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT)", publicada en Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinaria del 7 de mayo de 2012, firmado por el Presidente Chávez en el Palacio de Miraflores el 30 de abril de 2012. Con la CRBV y las dos leyes orgánicas referidas vamos resaltar el carácter revolucionario que siempre tuvo el Presidente Chávez para aprobar un sistema legal de protección y seguridad social de plenos derechos al pueblo venezolano y clase trabajadora de nuestro país, y establecer un proceso social del trabajo que sea una relación social digna, con salarios dignos, de justicia social, liberador y no una relación de producción capitalista de explotación y enajenación social tal como se consagra en el Artículo 25 de la LOTTT "(…) superar las formas de explotación capitalista (…)".

En la CRBV este carácter existe citando siguientes componentes de la misma:

-En los Principios fundamentales de la Exposición De Motivos De La Constitución De La República Bolivariana de Venezuela.

-En el Artículo 3 que obliga al "Estado (…) a la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines (…)".

- Todo el Capítulo V De los derechos sociales y de la familia, en especial vale destacar el Artículo 89 donde se establece "El trabajo es un hecho social y gozara la protección del Estado (…)" con especial reiteración en los seis numerales siguientes que integran este Artículo. Igual los artículos 91, 92 y 96 que garantizan, respectivamente, "el derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas (…). El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica (…); y todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales (…) Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva (…)". Todos estos principios y normas constitucionales están legalmente establecidas en la LOTTT: 2012 como se verá más adelante.

Igual carácter revolucionario tiene la Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social en toda su composición y orientación legal tal como se define en el Objeto de la misma que en su Artículo 1 expresa: "La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela". Esta Ley consta de 149 artículos, ordenados en seis (6) títulos: Disposiciones Generales, Estructura Organizativa y Funcional del Sistema de Seguridad Social, Regímenes Prestacionales; Financiamiento del Sistema de Seguridad Social, Régimen de Transición; y Disposiciones Transitorias, Derogatorias y Finales.

En el mismo sentido revolucionario podemos destacar de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras citando principalmente los siguientes aspectos:

-El Presidente de la República Hugo Chávez Frías Dicta el Decreto Con Rango, Valor Y Fuerza De Ley Orgánica Del Trabajo, Los Trabajadores Y Las Trabajadoras "Con el supremo compromiso y voluntad de lograr mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…)".

- En el Título I Normas Y Principios Constitucionales: Objeto de la Ley; Seguridad Social. En el Capítulo II Principios Rectores: La interpretación y aplicación de esta Ley estará orientada por los siguientes principios: 1. La justicia social y la solidaridad; 2. La intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales (…); 4. Los derechos laborales son irrenunciables (...). 5. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique la renuncia o menoscabo de estos derechos (…); Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela o a esta Ley es nula y no genera efecto alguno (…)".

- Título III De La Justa Distribución De La Riqueza Y Las Condiciones De Trabajo. Capítulo I Del Salario Sección Primera: Disposiciones Generales: La riqueza como producto social (Artículo 96). Protección de la familia y el ingreso (Artículo 97). Derecho al salario (Artículo 98). Irrenunciabilidad del salario (Artículo 103). Salario (Artículo 104). Recibo de pago (Artículo 106). Principio de igual salario a igual trabajo (Artículo 109). Aumento salariales (Artículo 111). Sección Cuarta: Del Salario Mínimo (Artículo 129). Capítulo III. De las Prestaciones Sociales. Artículos 141 al 147. Capítulo IV. De la Protección al Trabajo, al salario y las Prestaciones Sociales Del Artículo 148 al Artículo 155. Capítulo VI. Condiciones Dignas de Trabajo. Del Artículo 156 al Artículo 166. Título III Del Derecho A La Participación Protagónica De Los Trabajadores, Trabajadoras y Sus Organizaciones Sociales (…). Capítulo II. De la Convención Colectiva de Trabajo. Sección Primera: Disposiciones Generales. Del Artículo 431 al Artículo 441. Sección Segunda: De las Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Público. Del Artículo 442 al Artículo 447. Sección Tercera: De las Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Privado. Del Artículo 448 al Artículo 451.

Para consolidar y destacar aún más el carácter revolucionario de la CRBV, Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social y Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras para que sirva, a la vez, de comparación con el estado y situación actual que vive el país con respecto a existencia o no de preeminencia, respeto y consolidación de estos tres instrumentos jurídicos esenciales del Proyecto Revolucionario Bolivariano de Hugo Chávez se cita lo siguiente:

-Discurso del presidente Hugo Chávez Frías Con Motivo De La Aprobación De La Nueva Constitución Nacional. Palacio De Miraflores, 15 de diciembre de 1999. De este discurso del Presidente Chávez se extraen las siguientes afirmaciones:

"Hoy es un día de signos cruzados, hoy es un día de fin y de comienzo. Hoy termina gracias a Dios y gracias a ustedes, soberanísimo pueblo de Venezuela, heroico pueblo de Venezuela, hoy termina una era nefasta. Hoy termina una república, la IV República, que no sólo se refiere a estos últimos cuarenta y un años. Para ser exactos, desde 1958 se instaló aquí el régimen que se conoció como el Pacto de Puntofijo. Pasó a la historia, esta falsa democracia, pasó a la historia, pero cuando me refiero a que hoy termina algo, es que está terminando una república larga, está terminando una república oligárquica, está terminando una república. Hoy, ha terminado una república antibolivariana, una república que nació al influjo nefasto del asesinato del Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, una república que nació al influjo nefasto de la traición a un pueblo: el pueblo venezolano (…).

Hay que también decir lo siguiente: se va el Pacto de Puntofijo, se van estos cuarenta años de corrupción, de negligencia, de un Estado que fue incapaz de administrar sanamente tanta riqueza que hay en Venezuela, tanto dinero que entró a Venezuela en los últimos cuarenta años. Preguntémonos, compatriotas ¿por qué razón tantos venezolanos viven en condiciones infrahumanas, en ranchos de cartón, en ranchos de hojalata?, ¿por qué tantos venezolanos tuvieron que ubicarse allí, en los filos de las quebradas, de las pendientes de los cerros del litoral y de aquí mismo de Caracas y de otras ciudades? Eso es producto del fracaso de un régimen que durante cuarenta años saqueó a Venezuela, le quitó a los venezolanos, a la familia venezolana, el derecho a la vivienda digna, el derecho al trabajo, el derecho a la vida, el derecho a la dignidad. Así que estos muertos, son el reflejo del fracaso de Puntofijo, por eso ahora comenzamos de nuevo (…)

Sus muertos son el signo de la traición a un pueblo, sus muertos son el signo de la incapacidad de un régimen que hoy termina y que conoció, y que quede para la historia, con ese nombre: el Pacto de Puntofijo. Unas cúpulas políticas que no fueron capaces de darle al pueblo, como diría nuestro Padre Libertador, y por eso ahora en el reto es construir la República Bolivariana; aquello que decía Bolívar es un reto para todos, hermanos.

Decía Bolívar: "El mejor sistema de gobierno es aquel que le proporciona a su pueblo la mayor suma de seguridad social, la mayor suma de estabilidad política, la mayor suma de felicidad posible". En esa dirección vamos, pero el régimen con hoy fenece y que nació en 1958- lo que le dio al pueblo venezolano fue inseguridad social, infelicidad. Es un régimen nefasto, que quede para la historia y que nunca más vuelva, porque ahora viene el tiempo de una república de hombres libres, de un Estado responsable, democrático, y de un pueblo libre que tiene derecho a ser feliz y vivir con dignidad" Discursos de Chávez Una selección (2007) Fundación Editorial el perro y la rana Biblioteca para los Consejos Comunales serie Inventamos o erramos Misión Cultura, Caracas.

Con relación a la Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social citamos lo que Absalón Méndez Cegarra, profesor de la Universidad Central de Venezuela, (UCV) escribió en la Presentación de dicha Ley, publicación de la Series Cuadernos de Seguridad Social Colección Reforma de la Seguridad Social de Venezuela No. 9 Enero 2003, y que fue Miembro de la Comisión Técnica Asesora de la Asamblea Nacional en materia de Seguridad Social, y del cual citamos:

" (…) Algunos sectores de opinión califican la ley como un sueño irrealizable, otros, apuestan a su inviabilidad por razones financieras; del Estado, y, los sectores que ven desmejorados los regímenes previsionales a los cuales ha permanecido, se resisten a sus disposiciones fundamentando tal conducta en el respeto a los derechos adquiridos y en curso de adquisición y al amparo de los principios laborales consagrados en la Constitución de la República, razón por la que se prevé que adelantarán las luchas defensivas correspondientes. La Ley, en nuestra opinión, supera la tendencia privatizadora y antisolidaria presente en la LOSSS de 1997, por consiguiente, representa un paso de avance en el camino hacia la configuración y consolidación de un Sistema de Seguridad Social para todos los habitantes del territorio de la República" (Caracas, 2003).

Y de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras citamos otro aspecto fundamental que revela este carácter esencial de la misma que está en la reseña histórica que sobre la evolución de la legislación laboral venezolana descrita en los primeros párrafos de la Exposición De Motivos de la Ley Del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores:

"El derecho laboral venezolano, tal y como se le conoce contemporáneamente, nace a partir de la promulgación de la primera Ley del Trabajo del 23 de julio de 1928 (…) y se afianza con la promulgación de la Ley del Trabajo del 16 de julio de 1936 que estableció un conjunto sustantivo de normas para regular los derechos y obligaciones derivadas del hecho social del trabajo (…). Esta ley se mantuvo vigente por casi 55 años, durante los cuales fue objeto de sucesivas reformas parciales (en los años 1945, 1947, 1966, 1974, 1975 y 1983) sufriendo una evolución sustantiva en 1991, cuando le fue otorgado carácter orgánico, con la promulgación de la Ley Orgánica del Trabajo del 1º de mayo de 1991.

La Ley orgánica del trabajo surgió como consecuencia de las importantes contradicciones surgidas con la instauración del modelo neoliberal, que en Venezuela vivió su momento de mayor intensidad a partir de 1989 (…). Poco duró esta paz social, pues apenas seis años después el avance de las teorías neoliberales produjo una importante reforma a la Ley Orgánica del Trabajo, la cual fue sancionada en fecha de 19 de junio de 1997, en cuyo texto se logró consagrar la supresión de una de las más importantes conquistas de la clase trabajadora venezolana, como lo era la llamada retroactividad del cálculo de prestaciones de antigüedad. Esa misma ola logró que un año después, el 23 de septiembre de 1998, se decretara además la liquidación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales".

Otro documento histórico de reafirmación del carácter revolucionario de la LOTTT se revela en el Discurso del Presidente Hugo Chávez el 30 de abril de 2012, del cual se expone lo siguiente.

El 30 de abril de 2012 el Presidente Chávez desde el Palacio de Miraflores pronunció su discurso con motivo de firmar el Decreto Ley por el cual se decretaba la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, y lo hizo horas antes de viajar a La Habana, Cuba, a continuar como lo anunció allí mismo con el tratamiento de la terrible y fatal enfermedad que padecía y que lo llevó finalmente a su desaparición física el 5 de marzo de 2013. Fue un acto histórico de gran simbología por el contenido de tan extraordinario hecho de haber podido culminar en medio de su enfermedad con la elaboración de esta Ley Orgánica y que ponía en ejecútese con su firma; pero igualmente por la elevada condición humana, fortaleza personal y carga emocional que manifestó sabiendo las condiciones en que se encontraba. Viendo de nuevo el video de este Discurso para este artículo se pueden observar aspectos relevantes y significativos que explican en parte el por qué la LOTTT se encuentra actualmente en una situación de desconocimiento e inaplicación (por sus enemigos internos tal como lo dijo Presidente Chávez en este Discurso del 30 de abril de 2012) analizada en este trabajo, además de recordar afirmaciones clave dichas por él en dicho acto.

Entre las cosas que se observan están: entre el numeroso público asistente a este acto oficial estaban dos funcionarias públicas que ostentaban elevados cargos en ese momento y que luego se convirtieron en enemigas del proceso Revolucionario Bolivariano de Hugo Chávez: la Fiscal General de la República Luisa Ortega Díaz y la Defensora del Pueblo Gabriela Ramírez. Otras personas y funcionarios públicos presentes la cámara los captó con rostros rígidos tal vez sorprendidos de ver cómo el Presidente Chávez estaba presidiendo dicho acto, cumpliendo con responsabilidad, con elevada dignidad, compromiso y valentía la palabra empeñada en medio de adversas circunstancias producto de su enfermedad.

De las palabras pronunciadas por el Presidente Chávez se destacan por su significación y proyección en el tiempo las siguientes:

-Comenzó diciendo que con la firma de LOTTT se cumplía con una deuda que debió saldarse mucho antes: en las Disposiciones transitorias de la CRBV en la número cuarta, dentro del primer año, numeral 3 dispone que la Asamblea nacional aprobará: "Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado (…)", y luego de más de 10 años es ahora cuando se cumple con esa Disposición.

- Afirmó entre otros aspectos los siguientes: "que es una Ley de un largo proceso de lucha, del caracazo del 27 y 28 de febrero de 1989, del 4 de febrero de 1992, de los atropellos contra los trabajadores, no solo de lucha contra la burguesía, contra la burocracia del Estado, sino contra corrientes de depuración interna que actúan contra la revolución Bolivariana y contra el Socialismo (…) Es una ley liberadora, es una ley para que se cumpla, hacer un seguimiento (…) Carlos Marx dijo que el capitalismo convierte en un esclavo al trabajador (…) Me la juego con ustedes trabajadores, con las prestaciones sociales como conquista de los trabajadores. Dejo en ustedes todos y todas su cumplimiento (…)". Y con gran sentimiento y llorando firmó y se despidió de las personas presentes y de todo el país que vía por TV en cadena nacional este acto.

Situación actual laboral y social de la clase trabajadora, personas jubiladas y pensionadas en Venezuela

Existen varios factores que de manera determinante han intervenido para colocar en una verdadera crisis económica y social de sobrevivencia y empobrecimiento progresivo a una gran mayoría de la clase trabajadora de la administración pública, de las personas jubiladas y pensionadas que depende del Estado para recibir el respectivo ingreso por concepto de jubilaciones y pensiones; problemática que se ha agravado desde los últimos cinco años que incluye todo lo relativo a la seguridad social del pueblo venezolano. Se afirma una crisis que afecta a gran mayoría de este inmenso sector de población venezolana que depende para vivir del Estado y la administración pública de los aportes destinados por ésta al pago de "sueldos y salarios", pensiones y jubilaciones y otorgamiento discrecional de bonos adicionales como programas sociales de compensación de carácter neoliberal, producto de una política económica como la que se ha aplicado creando desigualdad social entre los derechos laborales y de trabajo de trabajadores/trabajadoras del sector público y quienes laboran en el sector privado, en lo que respecta a sueldos, salarios e ingresos que ambos sectores cancelan a trabajadores/as.

Son varios los factores causantes de esta problemática laboral y crisis social como se afirmó anteriormente. En otras oportunidades las hemos expresado pero de nuevo hay que repetirlas. El más determinante es la permanente guerra económica global ejecutada contra Venezuela por el imperialismo norteamericano de EEUU, países de la Unión Europea, gobiernos lacayos de América Latina, con el apoyo activo de sectores de derecha y extremistas pitiyanki de Venezuela que han exigido las mayores y peores agresiones, medidas y políticas contra nuestro país y el pueblo venezolano desde hace más de dos décadas. Pero igualmente están presentes factores de carácter interno como ineficacia y errores del gobierno muchas veces mencionados, la desbordada corrupción y robo del erario público nacional cometido por años en más importantes empresas públicas como PDVSA y empresas básicas de Guayana, al igual que entrega de divisas por antinacional BCV en condiciones privilegiadas a la banca privada para disfrute de sus negocios, interesas y reproducción de su capital todo ello a costa del pueblo venezolano (1). Asimismo a la referida política de ajuste neoliberal aplicada por gobierno nacional gubernamental con respaldo de una estructura de poder de partidos oficialistas; burocracia privilegiada sindicalista; y parlamentarios de AN que deliberadamente la niegan u ocultan, amén del apoyo de Fedecámaras, empresarios y demás organizaciones empresariales. Todo esto conjunto de factores ha sido un real frente contra el desarrollo autónomo, soberano, independiente y socialismo del siglo XXI del país; tal como fue el máximo deseo del Presidente Chávez ratificado mayoritariamente por el pueblo en diversas oportunidades de participación protagónica y electoral.

Esta realidad y tendencia de crisis y problemática social, laboral y salarial de la clase trabajadora, de personas jubiladas y pensionadas fue ratificada este 1 de mayo de 2024 cuando el presidente Nicolás Maduro mantuvo la política de cero aumento del salario mínimo mensual desde el 2020 (lo dejó en 3,5 dólares) y solamente decretó un pequeño aumento porcentual (30%) en el bono de guerra económica que lo elevó de 60 dólares a 90 dólares y el bono de cesta tique lo dejó en 40 dólares en total subió los bonos de 90 dólares a 130 dólares mensuales; estos dos bonos son programas compensatorios de ajuste estructural neoliberal que se vienen decretando para supuestamente compensar el deterioro y empobrecimiento de los sueldos y salarios y en las condiciones de vida de la población trabajadora, jubilada y pensionada.

Esta situación de crisis y empobrecimiento existe cómo realidad y tendencia tal cómo se expone a continuación.

1.Con esta política neoliberal se convierte la LOTTT en una oportunidad para que sea "inaplicada" en toda su vigencia y globalidad con base a la Ley Constitucional Para El Desarrollo Nacional Y La Garantía De Los Derechos Humanos (2020) aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (2017-2020) aplicando tres artículos fundamentales: el Artículo 1, del Objeto de la Ley, que dice: "Esta Ley Constitucional tiene por objeto establecer un marco normativo especial y temporal que provea al Poder Público venezolano de herramientas jurídicas para contrarrestar, mitigar y reducir, de manera efectiva, urgente y necesaria, los efectos negativos generados por imposición, contra la República Bolivariana de Venezuela y su población, de medidas (…)", en Supuestos para la aplicación de medidas (Artículo 19) que expresa: "el Ejecutivo Nacional procederá a inaplicar, para casos específicos, aquellas normas de rango legal o sublegal cuya aplicación resulte imposible o contraproducente como consecuencia de los efectos producidos por una determinada medida coercitiva unilateral u otra medida restrictiva o punitiva", y Artículo 41 de la Prohibición de acceso y copia de información confidencial o reservada que estable: "(…) se declaran secretos y reservados los procedimientos, actos y registros efectuados con ocasión de la implementación de algunas de las medidas establecidas en capítulo segundo de esta Ley Constitucional, que supongan la inaplicación de normas de rango legal o sublegal (…)".

2. La LOTTT puede ser "inaplicada" de igual manera en lo que se refiere a los derechos laborales y condiciones de trabajo de trabajadores y trabajadoras con base a la Ley Constitucional Antibloqueo para aplicación de la Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales (LOZEE) aprobada por la AN el 30 de junio del 2022, y que tiene por Objeto: "Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto regular la creación, organización, funcionamiento, administración y desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, así como los incentivos económicos, fiscales y de otra índole que resulten aplicables, en función de un modelo de desarrollo económico soberano y de producción nacional que garantice el encadenamiento productivo, la seguridad jurídica, la justicia social y los medios ambientalmente sustentables". Estas Zonas Económicas Especiales cuentan además con lo siguiente: "Incentivos económicos, fiscales y de otra índole previstos en esta Ley, que ofrece la República Bolivariana de Venezuela a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, mixtas o comunales, que operan dentro de las Zonas Económicas Especiales", y "con un régimen socioeconómico espacial y extraordinario, en cuyas poligonales se desarrollan actividades económicas estratégicas previstas en la Ley, en consonancia con los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación", tal como se establece en el Artículo 4, numerales 5 y 10, respectivamente; y "la creación o supresión de las Zonas Económicas Especiales es una competencia exclusiva de la Presidenta o Presidente de la República, mediante decreto aprobado en Consejo de Ministros (…)" según Artículo 7.

3. De esta manera hemos visto como desde el 2020 mediante la aplicación de esta Ley Antibloqueo trabajadores y trabajadoras sus derechos laborales y sociales han sido menoscabado, disminuidos, desconocidos y sufrido pérdida de jerarquía, justicia social y equidad y jurídica no solamente por políticas y circunstancias sujetas a la guerra económica contra el país y sino también por el predominio de "formas de explotación capitalista" del país. Especialmente podemos destacar que de la LOTTT su concepción y definición del derecho al trabajo (Artículo 25) y derecho al salario (Artículo 98) de hecho han perdido su esencial significación de ser una relación social y han sido convertidos en simple mercancía capitalista (tal como lo dijo Carlos Marx en sus análisis de la economía burguesa). La LOTTT el derecho al trabajo (Artículo 25) lo concibe en los siguientes términos: "El proceso social de trabajo tiene como objetivo esencial, superar las formas de explotación capitalista, la producción de bienes y servicios que aseguren nuestra independencia económica, satisfagan las necesidades humanas mediante la justa distribución de la riqueza y creen las condiciones materiales, sociales y espirituales que permitan a las familias ser el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas (…)"; y respecto al derecho al salario (Artículo 98) expresa: "Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales. El salario goza de la protección del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses".

4. Tómense comparativamente todos los aspectos mencionados de la CRBV y de la LOTTT para ver si la clase trabadora, personas jubiladas y pensionadas principios, derechos laborales y sociales que los amparan y protegen actualmente se respectan, aplican, están fortalecidos, existen en la realidad, están vigentes o se "inaplican" señalando para ello en especial los siguientes: -De la CRBV en sus Artículos 2-3 y 7.

- De la LOTTT los siguientes artículos:18-96-97-98-103-104-106-109-111-129 y los referidos a aspectos: del 141a147(Prestaciones Sociales); del 148 a 155 (Protección al Trabajo, al Salario y las Prestaciones Sociales); 156 a 166 (Condiciones Dignas de Trabajo); del 431 a 441 (Convención Colectiva de Trabajo); 442 a 447 (Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Público); y del 448 a 451 (Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Privado).

5. Mostrar esta situación de crisis y empobrecimiento laboral y salarial citando artículos publicados por reconocidos estudiosos de la situación económica y social venezolana desde hace años (2), pero que se toma como referencia de esta situación los publicados recientemente en aporrea.

-Andrés Guisseppe escribe en artículo publicado el 03/05/2024 Economista criollo considera que la política laboral del gobierno de Maduro es un desastre, afectando a los trabajadores en lo siguiente haciendo una síntesis del mismo:

"1. Por qué si los bonos son indexados y la inflación acumulada de los últimos 12 meses (de mayo 2023 a abril de 2014) fue de 68,7%, por qué aumentó tan solo el 30%, cuando ha debido aumentar el 68,7%, de tal forma, se recupera el poder adquisitivo perdido por la inflación.

2. Lo mismo ocurrió en enero cuando aumentó los bonos en 40%. La inflación acumulada de enero a diciembre de 2023 había sido de 190% y solo aumentó 40%. Por lo tanto la indexación de los ingresos laborales no lo está aplicando el gobierno como debería ser (…). El estado desde el 2015, se convirtió en un incumplidor del Artículo 91 de la Constitución. Ahora, se ha convertido en un Estado fraudulento que le conculca o se apropia de los beneficios laborales de los trabajadores al pagarles de manera frecuente un Bono de Guerra económica (…)".

- Cécil Gerardo Pérez en artículo suyo publicado el 16/05/2024 titulado Salarios o bonos. Justicia social o neoliberalismo salvaje con políticas compensatorias, describe con suficiente nivel de detalle y en distintos aspectos económicos y sociales la grave situación laboral que confronta la clase trabajadora en Venezuela, tal como se analizó en un encuentro de trabajadores/as celebrado recientemente en la ciudad de Barquisimeto. De este material se expone aquí sintéticamente los aspectos descriptos en el artículo tomados de los títulos que hacen referencia a los mismos. Por la importancia y pertinencia de este artículo de Pérez se recomienda su lectura al lector o lectora.

1. Gráfico con los países del mundo más endeudados Se anexa el siguiente gráfico:

2. Sobre las Condiciones laborales actuales. Se expone como ha habido una regresión a las políticas económicas neoliberales en el ámbito laboral de parte del gobierno nacional.https://lh7-us.googleusercontent.com/Z0HdeISI-MUYdY3FZGm39UcF8amtcT1djCb1RKgjNT7IN6h41W6-LnlzgqjE9ML7SQPuWNO0X3aURQDBVo8fUjArYZ4mr3XnzYQiNzYO7_SoqN8LJQ8RNE5ZRbR4XyJTYORoMkYw_I8oXIKHdKqM1Q

2.1. En lo que se refiere al Sector privado capitalista (…).

2.2. En lo que respecta al ámbito de la Administración Pública (…).

3. Descripción en cuanto a la suspensión de las contrataciones colectivas de trabajo en el país.

4. Sobre lo que significa no haber aumentado el presidente Nicolás Maduro los salarios de trabajadores/as desde el 2020.

5. La imposición del neoliberalismo salvaje en Venezuela.

6. Sobre existencia de la desigualdad, inequidad e indefinición laboral.

7. Señalamiento de las exigencias de la clase trabajadora, entre las cuales está la derogación del memorando circular 2.792 y el instructivo de ONAPRE expuesta en el Resumen del artículo.

-Juan Linares Ruíz en artículo publicado en 09/04/2024 titulado Un primero de mayo Día del Trabajador sin aumento salarial, refiriéndose al pago de las prestaciones sociales que reciben trabajadores y trabajadores, poniendo como ejemplo luego de 20 años de trabajo, dice que cada uno recibe el equivalente a 60 $, calculados de la siguiente manera:

"Si nos suben solo dos bonos y el salario queda en 3 dólares al mes, solo recibimos prestaciones, por ejemplo, de 20 años de servicio: 20 años x 30 días, son 600 días x 0,10 $= 60$ de prestaciones sociales, por qué tú salario es de 0,10$ por día (…)".

Estructura y élite de poder de actual reforma laboral neoliberal en Venezuela

Esta reforma laboral de hecho realizada en Venezuela desde el 2018 ha sido posible llevarla adelante dado el respaldo y control que el gobierno y el PSUV ejercen sobre la Asamblea Nacional, el anti nacional BCV, e influencia en el TSJ que lo ha respaldado en decisiones judiciales ante impugnaciones y demandas hechas por distintos sectores de trabajadores que han reclamado justicia y apego a CRBV y leyes laborales exigiendo respeto, protección y denunciando violación de los derechos laborales y sociales allí consagrados y establecidos. Estructura y élite de poder que se complementa con el respaldo pleno de dirigentes sindicales gubernamentales, partidos oficialistas, de la IV República del Pacto de Puntofijo, junto a OIT, cúpula de Fedecámaras y otras organizaciones de este tipo en Venezuela. Estructura y élite de poder que en su conjunto guardan un discurso coherente en sus propósitos fundamentales (sin mayores fisuras y discrepancias aun cuando representen intereses y políticas supuestamente distintas) tal como lo manifiestan y asumen desde sus diferentes ámbitos de poder, organización política-partidista, social, empresarial y "sindical".

Esta unidad estructural y élite de poder se evidencia de manera pública y manifiesta en el ejercicio de sus funciones gubernamentales, parlamentarias, del anti nacional BCV, empresariales, "sindicalista" y en las declaraciones que emiten en TV, medios de información, redes sociales y Sistema Oficial de Medios y Comunicación en respuesta a los sectores que legítimamente manifiestan discrepancias o asumen críticas válidas y pertinentes sobre proceso de reforma laboral y política neoliberal.

Esta similitud ideológica y pragmatismo político y económico se muestra en lo relativo a la orientación y línea comunicacional que esta estructura y élite de poder exhibe, difunde y proclama en función de sus objetivos económicos y sociales, propuestos y consensuados, como en las opiniones y tesis que sustentan frente a respuestas de posturas críticas al reformismo neoliberal formuladas en reclamo de aumento salariales y respecto a los derechos laborales y sociales de la clase trabajadora.

En este sentido mostremos lo que integrantes de esta estructura y élite de poder han sido posiciones, posturas y opiniones emitidas de la problemática salarial y situación social actual de la clase trabajadora, personas jubiladas y pensiones cuando se les ha planteado, interrogado o les corresponde hablar sobre esta cuestión; donde se aprecia la línea discursiva coincidente que existe al respecto entre factores del gobierno, cúpula empresarial y OIT.

-Diputados miembros de la Comisión de Finanzas de la AN, en especial de su Presidente como de dos otros diputados del PSUV y uno de la oposición, son lo que mayormente han llevado el liderazgo y vocería de la política frente al reclamo salarial y protesta por empobrecimiento de la clase trabajadora, de las personas jubiladas y pensionadas hechas por distintos sectores del país. A personas claramente identificadas se les ha descalificado, acusado de ser agentes de la CIA, charlatanes, estafadores, amenazado e incluso perseguido y suspendido por TSJ en sus derechos políticos como sucede con Partido Comunista de Venezuela (PCV); que no hay plata para el aumento de los salarios por qué primero hay que crear riqueza aumentando la productividad en el trabajo; un segundo diputado del PSUV dijo que había que recibir con alfombra roja al sector privado y generar plena confianza en las inversiones privadas que necesita la nueva economía; y un tercero manifestó que la "nueva economía es abriéndose al sector privado". Un diputado de la oposición manifestó que Venezuela para la inversión privada transnacional era un atractivo por la existencia de una mano de obra barata. Entre los ministros del gobierno, uno afirmó que había que crear una "burguesía revolucionaria", y otro refiriéndose a la Ley Orgánica de Zonas Económicas Especiales (L0ZEE) aseguró que las "maquilas no son de por si dañinas a la clase trabajadora".

- El diputado y dirigente sindical del PSUV en sector eléctrico, Jacobo Torres de León, procedente del Nuevo Sindicalismo (Causa R), en el Programa Cara a Cara entrevistado por el periodista Clodovaldo Hernández el 09/04/2024 ante una pregunta, respondió: "que existe la alta probabilidad de que el aumento salarial que se anuncié el próximo 1 de mayo sea a través de bonos. Yo también quisiera salario, por supuesto, porque el tema es que el bono no imputa prestaciones, no imputa en las vacaciones, horas extras, etcétera, pero el bono me garantiza poder ir al mercado".

- El 12/04/2024 en noticia publicada en Frontera Digital tomada del Carabobeño el presidente de Fedecámaras Adán Celis Michelena manifestó:

"El modelo del salario hace que los trabajadores no puedan recibir aumentos (…) Continuar promoviendo soluciones que permitan mejorar las condiciones e ingresos de los trabajadores, a su vez se transforme en el aumento del consumo de productos, propiciando a las empresas a una mayor demanda (…)", son aspectos que siguen estando sobre la mesa por parte del presidente de Fedecámaras. "El modelo de remuneración del salario hoy en día en Venezuela, ya no aguanta, eso era para una Venezuela rentista que producía todos los recursos. Más bien el modelo de remuneración lo que está haciendo es que las personas, no puedan tener un aumento de su ingreso, porque lo que se va a los pasivos de la empresa se le hace agua al trabajador" aclaró. El líder gremial considera prudente que estos planteamientos, también sean evaluados responsablemente por las centrales de trabajadores y los sindicatos a fin de lograr que "la plata esté en la cartera, de cada empleado, y no metida en unas prestaciones que se la coma la inflación". Celis Michelena, recordó que "Fedecámaras no solo representa a los empresarios, sino que también vela por el bienestar de los trabadores y una gran cantidad de familias, por lo que, desde la Constitución están dispuestos a seguir influyendo en políticas públicas que incentiven el crecimiento económico del país (…)" En cuanto a la participación de Fedecámaras en la mesa tripartita y acercamientos con la OIT, el representante del sector privado dijo que la posición institucional sigue siendo la misma de hace 20 años, en la cual destaca: el cese de la persecución a cualquier líder empresarial o sindical y que se dé un método de fijación para un salario mínimo acorde a las condiciones del país.

-El 7 de mayo de 2024 el periodista Clodovaldo Hernández en su Programa Cara a Cara en Iguana tv entrevistó al dirigente sindical de la oficialista Central Socialista de Trabajadores, Carlos López, Coordinador General de la misma, en cual defiende la política del gobierno de bonificación del salario "manifestando que es temporal, como parte de un camino hacia la recuperación del salario (…), de respaldo al plan de nueva economía del presidente Maduro (…) y recociendo que en el sector privado los trabajadores reciben mayores salarios que los del sector público y que Fedecámaras irrespeta la normativa laboral establecida en todo lo relativo de horas extras, horas de trabajo y otros derechos establecidos en la LOTTT de Chávez (…). Habló del modelo occidental económico y defiende la Ley Orgánica de Zonas Económicas Especiales (…)".

Pues bien, el método actual de fijación del salario que pide el presidente de Fedecámaras ha sido asumido y aplicado en los últimos años por el gobierno, con cero aumento en el salario mínimo y aumento pequeño, porcentual, de los bonos; además de la liberación de precios establecida, flexibilidad laboral; restricción del gasto público, todas estas medidas de acuerdo las condiciones económicas del país y a los programas de ajuste estructural, tal como se verá a continuación

Neoliberalismo, reforma laboral (1989-1999) y flexibilización laboral del actual Gobierno Nacional

Históricamente el primer gobierno que inició en Venezuela aplicando las primeras tesis de corte neoliberal fue el de presidente socialcristiano Luís Herrera Campíns (1979-1983). En su discurso de toma Presidencial ante el antiguo Congreso Nacional el 12 de marzo de 1979 refiriéndose al gobierno de su antecesor Carlos Andrés Pérez (1973-1979) expuso lo siguiente:

"El país reclama con urgencia la austeridad y mi gobierno la tendrá como regla y guía (…) Me toca una economía desajustada y con grandes desequilibrios estructurales y de presiones inflacionarias y especulativas, que han erosionado alarmantemente la capacidad adquisitiva de las clases medias y de los innumerables núcleos marginales del país. Recibo una Venezuela hipotecada (…)" (Amado Moreno Pérez Hegemonía capitalista neoliberal y revolución sociopolítica del Estado en Venezuela 1979-2009, en Capitalismo y Revolución Bolivariana en Venezuela (2010) Rafael Correa Flores, Amado Moreno Pérez, Nelson Pineda Prada, Pedro J. Rivas.

Maritza Izaquirre quien fue Ministra de Planificación del gobierno de Herrera Campíns en artículo Las Lecciones de la Crisis (Venezuela 1983) publicado en la revista del CENDES, No. 5, de Enero-Abril 1986, escribió:

"La década de los setenta se caracterizó por una continua expansión de los mercados financieros basada en la abundancia de los recursos provenientes de los países petroleros superavitarios: esta abundancia permitió el acceso de nuevos clientes, pertenecientes tanto al sector público como al privado de los países emergentes los cuales confiando en el crecimiento de las economías se endeudaron sin percibir claramente las implicaciones futuras de la deuda, al modificarse como consecuencia de las políticas restrictivas el costo del dinero. Esta situación acelera el deterioro de la economía global, ya que tanto acreedores como deudores se encuentran en la encrucijada de renegociar o ir a un colapso del sistema financiero internacional. Para evitar la destrucción aparecen nuevas reglas de juego, entre ellas acudir al Fondo Monetario Internacional, someterse a los programas de ajuste recomendados por el organismo y, un conjunto de nuevas regulaciones dictadas por las bancas centrales de los prestatarios a fin de proteger el equilibrio de sus propios sistemas financieros, todo ello conducente a un mayor en el uso de los recursos" (Idem). Luego Izaquirre (solo para recordar este fatal hecho para la economía y Venezuela en general) explica más adelante en su artículo la devaluación del bolívar que el gobierno de Luís Herrera en combinación con el BCV decretó el viernes 18 de febrero esta medida tristemente recordada como el "viernes negro"; desde esta fecha ha sido continua e imposible detener la permanente devaluación de la moneda nacional hasta su casi desaparición como moneda de referencia frente al proceso actual de dolarización de la economía venezolana.

Pero donde se asumió como política y orientación central del Gobierno el neoliberalismo fue en la segunda presidencia de Carlos Andrés Pérez (1989-1993) con su Política de Gran Viraje y Reforma Estructural de shock establecida en 1989 en la Carta Convenio (de Intención) firmada con el Fondo Monetario Internacional, con la que también comenzó la arremetida de Fedecámaras contra la Ley del Trabajo y el régimen de prestaciones sociales de los trabajadores. El presidente Pérez el 16 de febrero anunció al país el conjunto de medidas económicas a implementar (Moreno Pérez, Idem). Como se sabe este pacto del gobierno de Carlos Andrés Pérez y su Carta de Intención con el FMI generó la revuelta popular del 27 y 28 de febrero de 1989 y los levantamientos militares del 4 de febrero y 27 de noviembre de 1992, señalados anteriormente. Rafael Caldera en su segundo gobierno (1994-1999) continuó y profundizo aún más esta política neoliberal de ajustes estructurales con FMI y Banco Mundial (BM) firmando en 1996 otra Carta de Intención esta vez con la llamada Agenda Venezuela. Esta Agenda comprendía medidas de orden económico y social. Las primeras de carácter coyuntural dirigidas a liberar la economía y someterla al libre mercado y aumentar el precio de la gasolina. Las segunda a compensar los efectos que producirían en la población la aplicación de este nuevo instrumento de ajuste económico.

Ubicado en este contexto histórico el comienzo del neoliberalismo en Venezuela con gobiernos señalados ahora procedemos a analizar y describir cómo fue proceso de reforma laboral (exigencia esencial dentro de los PAE) del FMI-BM que Fedecámaras asumió directamente contra el régimen de prestaciones sociales imperante en Venezuela incorporado en la legislación laboral de 1936 (Ley del Trabajo del 16 de julio de 1936). Tal como se afirmó anteriormente este régimen de prestaciones sociales se modificó eliminando la retroactividad en el pago de las mismas con la reforma y nueva Ley del Trabajo aprobada en año 1997 por la Comisión Tripartita sancionada por gobierno de Rafael Caldera. Para este análisis y descripción de este proceso de reforma laboral se cita a continuación importante bibliografía existente al respecto.

Primero, Héctor Valecillos en su libro El reajuste neoliberal en Venezuela (1992), la Tercera Parte la dedica a exponer El Debate Sobre Las Prestaciones Sociales y del cual se extrae lo siguiente:

"De los Debates públicos más impactantes y prolongados que han tenido lugar en el país durante el segundo gobierno del Presidente Carlos Andrés Pérez, ninguno ha alcanzado tanta trascendencia y generado mayores tensiones que el planteado por la propuesta empresarial, asumida después de forma explícita y formal por el Ejecutivo Nacional, de cambiar el régimen de prestaciones sociales, incorporado a la legislación laboral en 1936 y perfeccionado posteriormente, y de instaurar como una nueva figura institucional, los fondos de jubilación administrados por empresas privadas, lucrativamente orientadas. A lo largo de casi tres años, dicha propuesta ha operado, en verdad, como una "piedra de choque" que separa nítidamente a quienes adhieren fervientemente a la estrategia de reajuste neoliberal, de quienes, por el contrario, le adversan con idéntica decisión y consistencia. Ello ha sido así, porque de ser aprobada dicha propuesta, se consagraría institucionalmente, es decir, por vía legal, la llamada flexibilización del mercado de trabajo nacional, liberalizando sustancialmente las condiciones de contratación, remuneración y despido de los trabajadores por parte de los empleadores.

En mi condición (dice Valecillos) de Coordinador de la Comisión de Asesores Económicos de la Confederación de Trabajadores de Venezuela –CTV-, me tocó participar activamente en ese debate, a cuyos fines debí labor de sistematización de la propuesta, de crítica comprensiva de los presupuestos teóricos que la fundamenta, y análisis de las múltiples implicaciones y consecuencias socioeconómicas que, de aprobarse ella, acarrearía para los trabajadores venezolanos. Los cuatro documentes que aquí se reproducen resumen cabalmente el producto de esa exigente e interesante labor analítica (…) Fedecámaras ha solicitado el apoyo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) en favor de una reforma del actual sistema de relaciones laborales, cuyos elementos más destacados lo constituyen: la liquidación anual de las prestaciones sociales percibidas, como derechos adquiridos, por el trabajador, y la constitución de un Fondo (o fondos) de Jubilación a ser administrados con criterios de empresa privada y al margen del sistema de seguridad social existente".

En la Revista Gerente Venezuela (G.V), Abril 1992, publica una entrevista "Conversando Con El Ex Ministro de Cordiplan 1989-1992, Ex Presidente del BCV, Miguel Rodríguez, y ante la pregunta de G.V ¿A qué se refiere con la profundización en materia económica? ¿Qué es lo que sigue…? Respondió:

"(…) Otro elemento central del programa de ajustes era la Ley de Prestaciones Sociales, con la creación de los Fondos de Retiro. Esa era la vía para acabar con este sistema inútil para los trabajadores que tiene Venezuela, el cual es profundamente inconvenientes para los trabajadores y para el sector empresarial, a través de la creación de instituciones que generarían grandes masas de ahorro en el país, capaces de financiar inversiones de largo plazo. Es el caso de Chile, país que ya tiene 8 mil millones de dólares metidos en los fondos de retiro. La capacidad de Venezuela sería a la vuelta de cinco o seis años, de 20 mil millones de dólares en fondos de retiro que podrían financiar grandes inversiones de largo plazo en el sector productivo y en vivienda".

En segundo lugar, citamos de los autores Michael Enright-Antonio Francés-Edith Scott Saavedra del libro Venezuela: el reto de la Competitividad (IESA: 1994), en Capítulo 9, parte Políticas Laborales Y Ley Del Trabajo, donde relacionan las relaciones laborales y efectos que tienen con la competitividad y productividad económica, tema central de este texto y del cual citamos lo siguiente:

"Desde los años treinta, el Estado venezolano asumió un papel determinante en la regulación de las relaciones laborales (…) El objetivo de esta intervención ha sido mejorar las condiciones laborales y el nivel de vida de la fuerza laboral venezolana. No obstante, algunas de estas disposiciones, originalmente concebidas como salvaguardas para el trabajador, han generado resultados imprevistos en detrimento de la competitividad (…)

En 1991, Venezuela promulga una nueva Ley del Trabajo. En lugar de liberar el mercado laboral, se cimentaron las rigideces existentes. Si bien es comprensible que los trabajadores desearan proteger su posición ante las incertidumbres inherentes a una economía abierta, tales rigideces han dificultado la respuesta de las empresas venezolanas ante las nuevas presiones competitivas, así como el mejoramiento de la productividad, tanto de las empresas como de los mismos trabajadores (…)

Políticas laborales y competitividad

Las políticas laborales en Venezuela fueron diseñadas para proteger a los trabajadores del sector formal, más que para fomentar empleo, el crecimiento económico o la competitividad. Los negocios en economías abiertas requieren de gran flexibilidad para responder rápidamente a las presiones y oportunidades, y poder reducirse cuando sea necesario. A corto plazo, esta flexibilidad podría traducirse en pérdida de empleos, pero a largo plazo podría determinar la supervivencia y crecimiento de las empresas e industrias (…)" (ídem).

Un tercer grupo de autores son Peter Spink, Francisco Longo, Koldo Echebarria y Carlos Stark, que en Nueva Gestión Pública y Regulación en América Latina, CLAD, 2001 p. 18, citan la Frecuencia de los diferentes tipos de reforma mencionadas en la base de datos de 1988 del CLAD, con relación a las reformas que se exigen en los Programas de Ajuste Estructural, entre otros: Reforma Social-Seguridad Social; Reforma Constitucional; Reforma Social-Programas Sociales; Reforma Social Sectorial; Reforma Social – Operación de Fondos de Inversión Social; Reforma Laboral; Privatización de Empresas Públicas; Desregulación Económica; Reforma Social - Nuevos Diseños Institucionales, etc (Amado Moreno Pérez en Capitulo VII Globalización, políticas públicas y desarrollo en Ilusión del bienestar Globalización, Descentralización y Antidesarrollo en Venezuela y América latina (2004) Alfredo Angulo Rivas/Luís Loaiza Rincón/Amado Moreno Pérez.

Para continuar mostrando y fundamentando este proceso de reforma y flexibilización laboral a continuación se citan (de los titulares) declaraciones y opiniones dadas en la prensa diaria del país (1996) por funcionarios del gobierno del Presidente Caldera, factores políticos-partidistas y dirigentes de la cúpula empresarial en favor y reclamando la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo y eliminación del régimen de prestaciones sociales de los trabajadores; testimonio histórico de gran valor documental de primer orden que sirve de ilustración y comparación con lo que actualmente exige Fedecámaras con relación a las prestaciones sociales y las concesiones dadas por el gobierno de Nicolás Maduro en este sentido.

-El Nacional 21 de enero de 1996 Humberto Calderón Berti: "Es atractivo pagar prestaciones sociales con acciones de PDVSA".

-El Universal del 24 de enero de 1996. "Chávez acaparó la atención en la marcha de trabajadores. La concentración realizada frente al Congreso Nacional para expresar la defensa de prestaciones sociales, se desarrolló pacíficamente". Aquí demuestra Presidente Hugo Chávez como nunca perdió, en las peores circunstancias, su estrategia y consecuencia de plena defensa con la clase trabajadora venezolana.

- El Nacional 21 de enero de 1996 Andrés Velásquez: "Nuevo Sindicalismo apoya cancelación de prestaciones con acciones de PDVSA".

- El universal 28 de enero de 1996. "Cambian las leyes laborales ¿Está su empresa preparada? Prestaciones sociales, Fondos de Pensiones o Fidecomisos Bancarios. Ponente Dr. José Piñera ex ministro del Trabajo y diseñador de los Fondos de Pensiones de Chile. Este es un evento patrocinado por el Grupo Gerente; McGrau Hill-Power Marketing dirigido a promocionar los Fondos de Pensiones en Venezuela".

- El Universal 29 de enero de 1996. Luís Raúl Matos Azocar, Ministro de Hacienda afirmó: "No se debe entregar acciones de PDVSA, sostiene que no se puede privilegiar a un trabajador frente al resto de la comunidad, como sería pagar prestaciones sociales con acciones de PDVSA".

El Universal 29 de enero de 1996. Jorge Serrano, Presidente de Fedecámaras. "Decisión sobre prestaciones no debe ser unilateral, Fedecámaras convoca a toda la dirigencia empresarial del país a un Consejo Nacional a realizarse hoy en su sede, para afirmar la estrategia institucional ante el debate que se está suscitando alrededor de la retroactividad de las prestaciones sociales, el aumento salarial mínimo, eventuales ajustes salariales y la seguridad social. Señaló "que es altamente saludable para la estabilidad y perdurabilidad de lo que se logre, que la propuesta final sea una consecuencia del mayor debate, con la participación activa de todos los sectores de la sociedad civil y no un producto unilateral que imponga las circunstancias económicas, sociales y políticas que vive el país (…) acoto y así lo hemos hecho saber al resto de los integrantes de la Comisión Tripartita que participa en las conversaciones sobre dicho punto".

- El Nacional 25 de febrero de 1996. Informe de Chamical Bank. Banca venezolana enfrentará fuertes restricciones si no hay acuerdo con FMI".

- El Universal 16 de febrero de 1996. Pedro Carmona Estanga: "Situación en la industria es insoportable. El presidente de Coindustria anunció el inicio de acciones en defensa de sus derechos. El aumento del salario mínimo costará cerca de 300 mil millones al sector industrial, pero "esto tendrá poca incidencia sobre la inflación, el mayor carburante es la incertidumbre cambiaria y la falta de acciones coherentes". Otro aspecto analizado por el directorio extraordinario de Coindustria fue la reforma del actual régimen de prestaciones sociales. Esto lo consideran como fundamental para que haya una mejora real de la capacidad adquisitiva de los trabajadores. No obstante, el doctor Carmona enfatizó en que tal reforma debería ser en torno a los acuerdos alcanzado el 9 de enero en la Comisión Tripartita".

- El Nacional 8 de marzo de 1996. Pedro Carmona Estanga, presidente de Conindustria dijo: "El sector industrial rechaza elevación de bonos laborales". Advirtió que muchas empresas no podrán absorberlo, Fedeindustria criticó la inmovilidad y aseveró que muchas empresas cerrarán sus puestos por falta de flujo".

- El Universal 14 de abril de 1996. Tituló: Del Gran Viraje a la Agenda Venezuela. Devaluación impulsará las exportaciones.

- El Universal 17 de abril de 1996. Pedro Carmona Estanga, presidente de Conoindustria afirmó: "El control de precios perdió sentido. Así como se ha iniciado el proceso de liberación del sistema cambiario y de las tasas de interés, es necesario también haya libertad de precios".

- El Universal 19 de abril de 1996. Fedecámaras: "El ajuste es necesario. Las medidas del presidente Caldera son duras pero necesarias, es la única manera de organizarnos para reiniciar la activación económica del país", declaración de Jorge Serrano presidente de Fedecámaras.

- El Universal 3 de mayo. "Consecomercio rechazó propuesta sobre prestaciones sociales por inflacionaria. Aprobando la ley harán un favor a trabajadores según Ministro del Trabajo Nepomuceno Garrido".

- El Universal 8 de julio de 1996. "Privatización atraerá inversión directa. UE: la estrategia de cooperación hacia Latinoamérica se apoya en el proceso de venta de activos estatales y liberación económica que adelantan gobiernos".

- El Universal 14 de julio de 1996. "Los ocho retos de la Agenda Venezuela. Las reformas laborales y su efecto multiplicador. Reforma de las prestaciones sociales que constituyen una especie de nudo gordiano; la privatización como instrumento generador de riqueza (actual), las empresas del Estado por ser un pesada carga para éste".

- El Universal 25 de julio de 1996. "Es vital aumentar la inversión privada. Aurelio Concheso, vicepresidente de Fedecámaras plantea en la 52 Asamblea Anual un memorándum de entendimiento con el gobierno basado en el compromiso del empresariado del incremento de las inversiones, mejorar la educación y la reforma de las prestaciones sociales".

- El Nacional 11 de agosto de 1996. Página Menú de Inversiones "Qué son los Fondos de Retiro. El Banco Mundial y las AFR (Administradora de Fondos de Retiro) si no actúan en forma prudente el sistema quedará desacreditado. Reformas a los sistemas de pensión en América Latina: Chile (1981), Perú (1993), Argentina (1994), Colombia (1994). Ser o no ser Las AFR con o sin IVSS, con o sin prestaciones la coexistencia del actual régimen de prestaciones sociales con retroactividad incluida, al lado de la AFR que mejorarían los fondos de capitalización individual de los trabajadores en una de la variables en discusión (…) Fedecámaras también considera inaceptable la propuesta incluida dentro del Anteproyecto de Ley presentado por el Ministro del Trabajo (…) En principio, el sector empresarial considera que ya el cálculo de las prestaciones basadas en 30 días de salario por año de servicio o fracción de seis meses, frena aumentos de salarios y los obliga a subcontratar personal poco calificado, grave en tiempos de alta competitividad. La carga es más onerosa cuando se pagan dobles de ser el despido injustificado".

- El Universal 13 de agosto de 1996 "Liquidación mensual propone Consecomercio (Eliseo Sarmiento). El ángulo de apoyo del proyecto que sobre prestaciones sociales elaboró el Consejo Nacional de Comercio y los Servicios es la eliminación de la retroactividad del pago y su división en diferentes puntos de ingresos para los trabajadores, entre los que se incluye el pago de aportes mensuales a cuentas del trabajador, pero con la condición que pueda disponer de los fondos anualmente. Esta propuesta fue presentada al organismo cúpula de Fedecámaras, conocida como Sistema de Prestaciones Sociales y Fondos de Capitalización Individual, por la directiva de Conscomercio que preside Eliseo Sarmiento.

- El Universal 30 de agosto de 1996. PDVSA generó ingresos por $ 275.OOO millones, que cumple 21 años, hasta 1995 aportó al Fisco $ 167.000 millones de dólares.

- El Universal 22 de septiembre de 1996. Luís Raúl Matos Azocar, Ministro de Hacienda dijo: Fondos Privados de Pensión irán en 1997.

- 2001. 2 de enero 1997. "El presidente Rafael Caldera en su Alocución de Año Nuevo pidió sudor a los venezolanos para poder sacar al país de la crisis. La Agenda Venezuela es la única vía para superación del déficit fiscal. Está pronto el régimen alternativo de prestaciones sociales".

La reforma laboral al régimen de prestaciones sociales y eliminación de la retroactividad en pago de los trabajadores al término de su servicio laboral entró en vigencia con la Ley de Trabajo sancionada en fecha 19 de junio de 1997. Pero esta aprobación de la nueva Ley del Trabajo lejos de provocar según Fedecámaras nuevos empleos y aumentos salarial inmediatamente en el país se generó protestas de los trabajadores que se sintieron estafados por ese organismo cúpula empresarial (que como siempre) incumplió con los acuerdos a los cuáles se había comprometido si gobierno y CTV aceptaban eliminación del régimen de prestaciones sociales. El sector empresarial y Fedecámaras desconoció el compromiso de aumentar los sueldos y salarios a cambio de la eliminación en cálculo de las prestaciones sociales. Ante este hecho (también producto del aumento de la gasolina decretado por Presidente Caldera como parte de la aplicación de Agenda Venezuela) la CTV convocó a un paro cívico nacional el 6 de agosto de 1997 al que la población venezolana apoyó de manera casi unánime. Este último aspecto se amplía más adelante

Para desarrollar aún más esta parte de reseña y análisis del proceso en 1996 de impulso mediático y político por la reforma y flexibilización laboral vamos a citar el análisis que hace el IESA aprobada la nueva Ley Orgánica de Trabajo en su revista Debates IESA, Vol. 3 No. 1 Julio-sep.1997 dedicada a la Cuestión Laboral, con artículos como La Reforma De La Ley Orgánica Del Trabajo: ¿Demasiado buena para ser cierta? De Gustavo García y Luís Marcano; La Nueva Prestación De Antigüedad de Manuel Díaz Mujica; Implicaciones De La Reforma Laboral En La Práctica de Juan Carlos Larrañaga V., ¿Negociar o imponer? Las lecciones del acuerdo tripartito de Paúl Esqueda, entre otros. De estos tomamos como referencia el de Gustavo García y Luís Marcano; de Paúl Esqueda y el tema central La cuestión laboral.

Escriben García y Marcano: "En Venezuela se ha iniciado un proceso de reforma laboral y de la seguridad social, cuyo primer resultado ha sido la modificación de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que establece el marco para la regulación de las relaciones laborales en el país. Los principales agentes que participaron en las negociaciones –empresarios, trabajadores y gobierno- presentaron la reforma como un resultado que beneficiaría a los trabajadores con el argumento de que "al eliminarse la retroactividad, se producirían aumentos sustanciales de salarios. Mientras tanto, sus opositores calificaron la reforma como "confiscatoria" de las prestaciones sociales. Al momento de escribirse este artículo, la polémica había alcanzado un grado de conflictividad tal que las principales centrales sindicales convocaron a un paro general de actividades el 6 de agosto del año en curso. Los líderes sindicales acusaban a los empresarios de haber faltado al compromiso de elevar los salarios, una vez aprobada la reforma. Los representantes empresariales respondían que los aumentos se habían producido, a pesar de que en los acuerdos no se establecieron compromisos de fechas y montos específicos. Extrañamente, el gobierno declaró que las aspiraciones de los trabajadores eran legítimas y que, por lo tanto, apoyaba el paro. Para quienes se opusieron a la reforma desde diversos puntos de vista (a veces opuestos radicalmente), lo ocurrido no era más que una muestra de los errores contenidos en la reforma acordada (…)

Empleo, informalidad y crecimiento económico

Una breve descripción del mercado laboral venezolano y su reciente evolución refleja, en parte, los efectos perversos de la LOT anterior y condiciona conjuntamente con el entorno macroeconómico, los posibles impactos de la nueva (…)

La reforma de la Ley Orgánica del Trabajo

La nueva versión de la LOT modifica cuatro aspectos fundamentales de la regulación del mercado laboral. En primer lugar, rompe el concepto de retroactividad: las prestaciones deberán ser canceladas en el mismo periodo durante el cual se producen. Esto permite eliminar la incertidumbre acerca del valor real de las prestaciones. En segundo lugar, reduce los costos de despido al eliminar la retroactividad y el pago doble de las prestaciones en los casos de despido injustificado (…). En tercer lugar, la nueva LOT redefine el concepto de salario con el fin de incluir todas las remuneraciones que no se computaban para las prestaciones sociales ni para el cálculo de bonos nocturnos, horas extras, vacaciones, etc. Por último, estableció un nuevo método de cálculo de las prestaciones por antigüedad (…)"

Por su parte Paúl Esqueda en su artículo ¿Negociar o imponer? Las lecciones del acuerdo tripartito, analiza este acuerdo de reforma laboral producto de esta Comisión Tripartita de la Ley Orgánica de Trabajo, haciéndose una pregunta en medio de su análisis de este proceso.

"Cómo podría calificarse la negociación de la tripartita? En el corto plazo pareciera que cada parte pierde:

1)Los trabajadores reciben un salario que incluye los bonos y comienzan a pagar más impuestos (impuesto sobre la renta, seguro social, seguro de paro forzoso, política habitacional, etc).

2) Los empresarios tienen que desembolsar 25 por ciento de las prestaciones acumuladas y el bono de transferencia, además de la expectativa de aumento generada en el proceso (Fedecámaras afirmó en reiteradas ocasiones durante la negociación que el nuevo sistema permitiría pagar salarios competitivos).

3) El gobierno debe cancelar los mismos rubros que los empresarios y pierde popularidad. Vista de esta manera fue una negociación perder-perder. Pero un rasgo interesante de esta negociación es el convencimiento de las partes de que, en el largo plazo, conducirá a una situación ganar-ganar. Las empresas pueden estimar sus costos anuales y planificar aumentos, sin angustiarse por la antigüedad de sus trabajadores; estos últimos pueden negociar con sus patronos con un horizonte definido y menos incertidumbre, y el gobierno logra un clima de estímulo a las inversiones que no se verán afectadas por el pasado (…)".

En el tema central de la revista en referencia "Todo Lo Que Usted Quería Saber Sobre La cuestión laboral, se cita la concepción que de algunos conceptos allí se exponen, partiendo de esta pregunta:

"El trabajo no es ajeno a las leyes que rigen el intercambio en el mundo actual. Pero, ¿se comporta igual que cualquier mercancía’ Funcionan de manera idéntica los mercados laborales y los mercados de cualquier otro bien o servicio? (…)".

Allí se responde a: "¿Un mercado como cualquier otro? (…) El mercado laboral es un tipo muy particular de mercado. El trabajo es un bien que se ofrece y demanda, los trabajadores son los oferentes y los empleadores sus demandantes. El salario es el precio que hace posible las transacciones en este mercado, aunque su fijación suele ser más complicada que la de otros precios (…)

Productividad del trabajo La productividad del trabajo se calcula como el cociente del PIB entre la fuerza laboral. Esta relación permite estimar cuánto contribuye cada trabajador al producto de su país (…)

El costo laboral: Determinante de la demanda La previsión social, los seguros de desempleo, los seguros médicos y las pensiones, protegen al trabajador ente eventualidades, pero son costos que afectan las relaciones entre trabajadores y empleadores. El costo laboral incluye todas las erogaciones, monetarias o no, inherentes a su relación de trabajo. Entre sus principales rublos se encuentran: (1) los sueldos y salarios directos, que incluye la remuneración directa por unidad de tiempo en dinero o en especie, pagos por horas extras, incentivos y ganancias de los trabajadores a destajo; (2) las remuneraciones correspondientes al tiempo no trabajado, como vacaciones, días feriados, permisos no remunerados e indemnizaciones por despido; (3) primas y gratificaciones (como las de fin de año, por ejemplo); (4) las contribuciones que deba hacer el empleador por gastos de vivienda o seguridad social; (5) los gastos por capacitación y formación, servicios de bienestar e impuestos sobre la nómina entre otros (…)

La negociación tripartita Las comisiones tripartitas son espacios institucionales de conciliación y arbitraje donde participan representantes de los trabajadores, los empresarios y el gobierno, para negociar regulaciones laborales (…)

Intereses de los participantes en comisiones tripartitas

Los trabajadores:

-Poder adquisitivo, empleo, estabilidad laboral y condiciones laborales.

Los empresarios:

-Productividad del trabajo, flexibilidad del mercado laboral y condiciones macroeconómicas.

El gobierno:

Mayor competitividad (reducción de salarios reales), menor conflictividad (aumento de los salarios reales)".

Se concluye esta parte citando las respuestas que dio el Ministro de Estado Jefe de Cordiplan del gobierno del Presidente Rafael Caldera, Teodoro Petkoff, que fue uno de artífices e impulsores más importantes en la reforma laboral y aprobación de la nueva Ley Orgánica del Trabajo (1997) en entrevista que le hizo Héctor Malavé Mata publicada en la revista Nueva Economía del BCV, Año 6 No. 9 Octubre 1997. En esta entrevista el Ministro Petkoff coloca las bases fundamentales que tuvo el gobierno de Caldera (no muy alejadas del actual) para eliminar el régimen de las prestaciones sociales de los trabajadores, al respecto cita las respuestas dadas en este sentido.

Pregunta Héctor Malavé Mata: "Cómo armonizar el comportamiento fiscal y el desempeño monetario a partir del mayor costo que representa la reciente reforma laboral?"

Responde Petkoff: "Ciertamente las dificultades para compatibilizar las metas de reducción de la inflación y el aumento del costo social en el gasto público; o los obstáculos que se enfrentan para armonizar el comportamiento fiscal y el desempeño monetario a partir del mayor costo que representa las reformas laborales, están estrechamente ligadas con lo que en la introducción de estos interrogantes se ha llamado el diagnóstico de la situación del país. Debemos, sin embargo, considerar que estamos saliendo de un caso especial de estancamiento con inflación, de vieja data, en el cual el aparato productivo no crece (la tasa de inversión real negativa hace más de quince años) generando dos efectos perniciosos para la lucha antiinflacionaria. Por una parte, una insuficiencia crónica de la producción de bienes y servicios que estimulaba el incremento de los precios, más allá de cualquier contingencia monetaria. Por otra parte, una insuficiencia aguda de demanda de mano de obra en el mercado de trabajo que se viene produciendo en una sensible situación social de pobreza por el desempleo y bajos ingresos familiares.

Esta prolongada caída de la inversión, responde a variados y complejos factores. Sin embargo, todas las investigaciones señalaban que el marco regulatorio del mercado de trabajo, especialmente la retroactividad de las prestaciones sociales de los trabajadores, se había convertido en la causa principal no solo de la paralización de las inversiones, sino también de la destrucción del salario a través de la llamada bonificación de los ingresos laborales.

En tal contexto era indispensable combinar en forma coherente políticas económicas de ajuste de la demanda agregada con las medidas que permitan flexibilizar el mercado de trabajo y recuperar el concepto de salario, que tan duramente había sido deteriorado por el uso generalizado en el sector público y en el sector privado, de bonos para aumentar el ingreso de los trabajadores. En esta forma resultaba casi inevitable negociar en la comisión tripartita una reforma del marco jurídico laboral que permitiera ajustar los salarios, salarizar los bonos y un nuevo sistema de prestaciones sociales para paliar la creciente pobreza extrema, que podría resultar incongruente con una política monetaria que a su vez se la hacía difícil mantener la batalla de secar el exceso de liquidez".

Con esta exposición de recuento histórico se aprecia claramente el contexto político, económico, empresarial, sindical e ideológico cómo se dio el proceso de reforma y flexibilización laboral en la década 1989-1999 que finalmente se concretó con la nueva Ley Orgánica del Trabajo en 1997. Esta exposición constituye una fuente de primer orden que sirve para ilustrar y destacar aspectos fundamentales que en la actualidad están presentes en el ámbito sociopolítico nacional en que sectores neoliberales empresariales y políticos (con apoyo de OIT) asumen de nuevo la vanguardia con el consenso logrado entre ciertos ámbitos institucionales del gobierno y poderes públicos neoliberales para desmantelar (inaplicar) normas Constitucionales y legales donde predomine nuevamente la desregulación y flexibilidad laboral. En este sentido vale destacar lo siguiente.

1.Qué en Venezuela el cuestionamiento y desmantelamiento del régimen de protección y seguridad social establecido legalmente en la Ley Orgánica del Trabajo de 1991 se inicia con la aplicación del neoliberalismo y los programas de ajuste estructural aplicados a través de las Cartas de Intención firmadas con el FMI en los segundos gobiernos de Carlos Andrés Pérez y Rafael Caldera y eliminación del régimen de prestaciones sociales de los trabajadores en 1997.

2. Qué el neoliberalismo a través de los programas de ajuste estructural tiene a la reforma laboral y la flexibilidad del trabajo para el mercado laboral como objetivos para globalización económica, economías abiertas, competitividad, productividad, dolarización, la creación de fondos privados de capitalización individual; en general, la desregulación de la economía y las relaciones laborales.

3. Qué el proceso de la reforma laboral para establecer la flexibilización y el mercado de trabajo en Venezuela producido en la década 1989-1999 permite del neoliberalismo apreciar los parámetros, las concepciones, las medidas económicas y formas legales que tiene y se implementan con la imposición de los programas de ajuste estructural. Este marco histórico y conceptual hoy es indispensable de análisis y comprensión del proceso actual que gobierno tiene para lograr dentro de su política reformista cambiar sustancialmente el marco constitucional y legal legado por el Presidente Hugo Chávez F.

4. Se comprueba históricamente, que hoy como ayer, Fedecámaras, otras organizaciones empresariales y bajo supervisión de la OIT a través de la Comisión Tripartita (con otra denominación) de hecho han logrado una desregulación y flexibilización del trabajo, establecer el mercado de trabajo y suprimir (por inaplicación) gran parte de los derechos laborales y condiciones de trabajo consagradas en CRBV y LOTTT (de hecho el valor y pago de las prestaciones sociales se ha reducido a casi cero y miles de trabajadores y personas mayores han tenido que hacer huelga de hambre reclamando pago de las mismas aun siendo éstas precarias pero empobrecimiento y deterioro de sus condiciones de vida es tal que los obliga a ello).

5. Se demuestra con esta historia de la reforma laboral y eliminación de las prestaciones sociales que actualmente Fedecámaras y demás organizaciones empresariales y sectores del gobierno de orientación neoliberal el problema del costo laboral no está en los bonos de compensación salarial que el sector privado en el periodo neoliberal 1989-1999 alegó que para aumentar los salarios había que eliminarlos, y sólo así subir el salario a los trabajadores. Hoy esta situación el alegato empresarial y la posición del gobierno es lo contrario a la de ayer: ambos sectores están de acuerdo en no aumentar el salario mínimo por el costo e incidencia que ello tiene en las prestaciones sociales, por lo que prefieren aumentar en términos insignificante los bonos que de todo tipo existen. En este caso, la tendencia y coincidencia entre ambos sectores y la estructura y élite de poder que existe es suprimir (inaplicando) el salario como referencia y categoría básica en las relaciones laborales y sustituirlo por el término ingresos (no previsto en la legislación laboral).

Esta pregunta podría ser punto de profunda reflexión: ¿Podrá la República Bolivariana de Venezuela y el pueblo venezolano tener a la CRBV, LOSSS y LOTTT como principios y normas fundamentales de estabilidad política sin detrimento de la mayor suma de seguridad social y mayor felicidad social sin romper con los factores causantes de la problemática laboral y de crisis social aquí analizados? Para ello es imprescindible tener al Presidente Hugo R. Chávez F. como fuente fundamental de pensamiento, acción y voluntad revolucionaria.

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(1) Ver a este respecto las denuncias del Fiscal General de la Republica Tareck William Saap sobre la trama PDVSA-Cripto y artículos de: Luís Brito García en aporrea (27/04/2024) Caiga quien Caiga; de Clodovaldo Hernández en la iguana TV (05/05/2024) ¿Por qué nos roban una y otra vez, sin que operen los controles legales?; de Juan Martorano en aporrea varios artículos sobre Consideraciones sobre el caso de Tareck El Aissami y la trama PDVSA-Cripto; denuncias hechas por periodista Eligio Rojas en Tubazos la iguana TV sobre la trama de corrupción PDVSA-Cripto; la iguana tv (30/04/2024) ¿Cuál era la jerarquía dentro de la trama PDVSA-Cripto?, y otros más importantes escritos.

(2) Pascualina Curcio, Luís Brito García, Andrés Guisseppe, Juan Carlos Valdés, Tony Boza y Cécil Gerardo Pérez, entre otros, quienes por varios años han publicado artículos en aporrea, la iguana tv y otros medios de prensa y electrónicos sobre la situación económica y social del pueblo; en particular en lo que respecta con la clase trabajadora venezolana. Por haber publicado analizando críticamente este proceso de empobrecimiento y deterioro de condiciones de vida de la mayoría de la población residente en el país han recibido de la estructura y élite de poder gubernamental-partidista todo tipo de acusaciones, persecuciones, descalificaciones, hostigamiento, sanciones e ignorados con soberbia en todos los análisis y propuestas formulados desde una postura crítica auténticamente de apoyo y participación en el proceso revolucionario cuyo máximo líder sigue siendo el Presidente Hugo Chávez F.

 



 


 



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Amado Moreno Pérez

Sociólogo (UCV). Profesor Titular activo de la Universidad de Los Andes. Dr. En Ciencias Humanas.

 amadoula@hotmail.com

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