Continúa el goteo: Ministerio Público solicita sobreseimiento para Leopoldo López y 40 militares

Leopoldo López, en actividades menos intelectuales: guarimbeando

Leopoldo López, en actividades menos intelectuales: guarimbeando

Credito: Archivo

8 Enero 2008. - La solicitud es fundamentada en la Ley de Amnistía y el COOP, por lo que el Ministerio Público solicitó sobreseimiento a alcalde Leopoldo López y 40 militares en caso de pronunciamiento de la Plaza Francia.

El Ministerio Público solicitó ante el Tribunal 11° en funciones de Control del área metropolitana de Caracas, el sobreseimiento del alcalde del Municipio Chacao, Leopoldo López, y de 40 militares, quienes se encontraban imputados por los pronunciamientos efectuados en la Plaza Francia de Altamira a partir del 22 de octubre de 2002.

La fiscal 39 nacional y su auxiliar, Turcy Simancas y Jhonny Rafael Méndez, respectivamente, solicitaron el sobreseimiento a favor del general de brigada ® del Ejército, René Alexander Sericia; y del general de brigada ® de la Aviación, Clinio Ricardo Rodríguez Obermejías, de acuerdo con lo establecido en el artículo 285, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en el artículo 31, ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con el artículo 108, ordinal 7, el 48 en su ordinal 2° y el 318, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Los generales Sericia y Rodríguez Obermejías estaban imputados por la presunta comisión de los delitos de conspiración, rebelión civil e instigación a delinquir, tipificados en los artículos 132, 143, ordinal 1°; y 283, ordinal 1° del Código Penal vigente para la fecha.

El segundo grupo, al cual se les solicitó el beneficio, está conformado por el generales de brigada ® de la Guardia Nacional, José Eduardo Rodríguez Infante, Angel Alberto Sánchez Velásco, Eugenio José Añez Núñez, Augusto Germán Dávila Navas, Régulo Humberto Díaz Vega, Marco Antonio Ferreira y a Edgar Ernesto Casanova; y también a los coroneles retirados de la Guardia Nacional, Iván Gabriel Trujillo Contreras, Eduardo Enrique Arias Pernia, Edgar José Torres Rodríguez, Carlos Enrique Hernández Martínez, Héctor Salvador Ortiz Zambrano, Gerardo José Pérez Pernalete, Félix Domingo Grateron Mendoza, Oscar José Silva Hernández,Teolindo de la Trinidad Cordero Rosales, Otilio José Martínez Grimán, Milton José Suárez Viloria, Alexander José Hernández Paz, Jorge Arberto Martínez Rodríguez, Oscar Claret Briceño Domínguez y Henry Gonzalo Escalante Ramírez.

En este mismo grupo de imputados y acusados por el delito de rebelión civil, también se encuentra el teniente ® de la Guardia nacional, Samir José Soler Polanco; el sargento técnico de primera ® de la GN, Simón Darío Vargas Duarte; el mayor ® de la GN, José Antonio Wahab Coronado; al coronel ® de la Aviación, Antonio José Ortega Brouzes; los coroneles retirados del Ejército, José Ricardo Bozza Baduel y Alexander José Raffo Navarro; y los coroneles retirados de la Fuerza Armada Nacional, Carlos Eduardo González Caraballo, Ricardo Gregorio Alfonso Cedeño y Jesús Enrique Fuentes Marval.

Asimismo, el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento para un tercer grupo conformado por los generales retirados de la GN, Carlos Alfonzo Martínez, Edgar Bolívar Ramírez y Oscar José Márquez; así como al teniente coronel ® de la GN, Miguel Angel Prieto Morales; y al sargento primero ® de la Armada Ramón Ernesto Guevara, militares que estaban imputados por presuntamente incurrir en los delitos de conspiración, rebelión civil e instigación a delinquir.

El cuarto y último grupo está integrado por el alcalde Leopoldo López; por el teniente retirado de la GN, Luis José Delgado Michelena; y el general ® de brigada de la GN, Felipe Orlando Rodríguez, quienes fueron imputados en su oportunidad por incurrir en los delitos de conspiración, rebelión civil, instigación a la insurrección y agavillamiento.

En el escrito que presentó el Ministerio Público ante el juzgado se lee: "En tal sentido, se evidencia que los referidos ciudadanos son de pleno derecho beneficiarios por Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, por cuanto se cumple taxativamente que se encuentran sometidos al proceso penal y que fueron imputados por el Ministerio Público".


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La fuente original de este documento es:
Radio Nacional de Venezuela (http://www.rnv.gov.ve)



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