Caracas, 22 Ene. ABN.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró improcedente una solicitud de convocatoria a referendo aprobatorio del proyecto de Ley de Amnistía, realizada por un grupo de ciudadanos a esta institución.
Un comunicado del ente electoral señala que el Decreto de Amnistía es una competencia atribuida a la Asamblea Nacional (AN), específicamente en el artículo 187.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y que ésta fue delegada al Presidente de la República mediante Ley Habilitante el pasado 1 de febrero.
'Delegación que por lo demás ya fue ejercida por el Presidente de la República en la oportunidad en que dictó el Decreto No. 5.790, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Amnistía, del 31 de diciembre de 2007, el cual fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.870 Extraordinario de esa misma fecha', señala la nota.
Por lo tanto, indica la misiva firmada por la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, que 'al estar delegada en el Presidente de la República la competencia de la Asamblea Nacional para decretar amnistías desde el 1º de febrero de 2007 y durante un periodo de dieciocho (18) meses, dicho órgano legislativo no tenía la obligación constitucional de discutir proyectos de ley, cuyas materias habían sido precisamente delegada mediante Ley Habilitante'.