Segunda entrega

TRABAJO ESPECIAL "El Juicio del 11-A y la Sentencia": Quiénes asesinaron a Erasmo Sánchez

Uno de los policías condenados por graves violaciones a los derechos humanos, quien disparó desde el techo de una "ballena" de la PM con un fusil.

Uno de los policías condenados por graves violaciones a los derechos humanos, quien disparó desde el techo de una "ballena" de la PM con un fusil.

Credito: VTV

Trayectoria Intraorgánica de Erasmo Sánchez que ilustra el recorrido del proyectil según lo describe el Protocolo de Autopsia Nº 102468

Trayectoria Intraorgánica de Erasmo Sánchez que ilustra el recorrido del proyectil según lo describe el Protocolo de Autopsia Nº 102468

Credito: C.I.C.P.C.

08 de abril de 2009.-  ASOVIC hace una nueva entrega sobre las pruebas debatidas en el tribunal de la causa con motivo del homicidio en perjuicio de Erasmo Sánchez. Pero, nos vemos obligados a realizar la siguiente aclaratoria:

Los abogados de la defensa de los comisarios Simonovis, Vivas y Forero y de los seis funcionarios de menor jerarquía, han mostrado a la opinión pública unas experticias planimétricas, trayectoria balística y trayectoria intraorgánica que corresponden al juicio mediático que se lleva a través de los Tribunales de Globovisión, en el cual el experto Sr. Mario Del Giudice, declara. Estas pruebas no existen y no forman parte del acervo probatorio correspondiente al expediente Nº 4M-387-04 del Tribunal 4º de Juicio del Estado Aragua.

Nosotros los representantes judiciales de las victimas, aclaramos que las experticias de Planimetría, Trayectoria Balística, Trayectoria Intraorgánica, Protocolo de Autopsia, Exhumación, Experticias Balísticas, entre otras fueron realizadas por los expertos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C.) y los mismos declararon en el juicio verdadero. Esas pruebas contundentes demuestran la responsabilidad penal recaída en los policías metropolitanos.

Los Hechos

El 11 de abril de 2002, Erasmo Sánchez, como otros venezolanos, estaba sobre el Puente Llaguno defendiendo la Constitución y sus ideales revolucionarios. Fue asesinado por la Policía Metropolitana.

Su frente estaba orientado hacia el sur de la avenida Baralt, lugar donde provino el disparó que le cegó la vida. Para ese momento, se encontraba acostado sobre el puente Llaguno.

Las pruebas

El video del cineasta Angel Palacios: “Puente Llaguno, claves de una masacre” fue prueba audiovisual evacuada en el juicio el día 02-05-06 y tuvo el número de experticia 9700-035-6128. La experta fue la Lic. Deysi Viguez, del CICPC. Y allí se puede apreciar la imagen de Erasmo Sánchez antes y después del asesinato.

Las pruebas evacuadas en juicio sobre su asesinato son las siguientes:

  1. Protocolo de autopsia
  2. Trayectoria intraorgánica
  3. Planimetría y Trayectoria balística
  4. Exhumación
  5. Experticias balísticas
  6. Declaración de testigos

Ahora bien, iremos explicando una a una, que reveló cada prueba:

1. Protocolo de autopsia: experticia Nº 136-102-468 evacuada en la audiencia de juicio de fecha 17-05-2006 por la experta del CICPC, Dra. Fabiola Martínez, médico forense.

La misma declaró: “…realicé una autopsia a un cadáver masculino de aproximadamente 58 años de edad, que presentaba una herida producida por arma de fuego localizado a nivel de la región infra externa derecha que está al nivel de párpado superior derecho, de 1 cm de diámetro, no había orificio de salida, se aloja y se extrajo un proyectil blindado parcialmente deformado, esta herida produce fractura de cráneo y vértebras cervicales, también presentó excoriaciones en la región frontal derecha, a nivel interno tiene fractura y perforación de globo ocular, el proyectil perfora laringe, produce hemorragia intra craneana, en el cuello hay fractura de cervicales, no había lesiones en abdomen, tórax ni pelvis; las conclusiones fueron una herida producida por el paso de proyectil único por el paso de arma de fuego con orifico de entrada en párpado superior parte externa del ojo derecho, como ya lo mencioné con 1 centímetro de diámetro sin tatuaje, se trata de un proyectil con un recorrido desde el punto de vista de la víctima de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo y de derecha a izquierda, con hemorragia intra craneana, la causa de la muerte fue fractura de cráneo por herida de arma de fuego en la cabeza…”

Esto es concordante con la trayectoria intraorgánica que describe el recorrido que hizo el proyectil dentro de la humanidad de la víctima. Recordemos que Erasmo Sánchez estaba acostado sobre el puente con su cabeza ligeramente levantada viendo hacia el sur de la Avenida Baralt, justo donde estaban apostados los vehículos blindados de la Policía Metropolitana y el policía Arube Pérez Salazar encima de uno de esos blindados efectuando disparos con un arma Larga (fusil).

2. Trayectoria IntraOrgánica: experticia Nº 196, evacuada en el tribunal en fecha 07-11-2006, experto del CICPC Lic. Jesús Ramírez, quien declaró:

Declaración: “… Esa es una trayectoria intra-orgánica, o una representación gráfica de una víctima, de nombre Erasmo Enrique Sánchez, acá tenemos el protocolo de autopsia N° 104226, el cual dice textualmente: “Herida producida por el paso de proyectil único disparado por ama de fuego… acá tenemos la ubicación donde se encuentra el orificio de entrada, exactamente a nivel del párpado del lado derecho, acá tenemos una vista ascendente donde aparece la trayectoria del proyectil, y todos los órganos que lesionó el proyectil a su paso… esta víctima se encontró o logramos establecer la posición que tenía en el sitio del suceso y logramos establecer poder ubicar a través del protocolo de autopsia de todos los elementos de interés criminalístico, cuál era la posición de esta víctima al momento de recibir o de resultar herido, a causa de disparo de proyectil con arma de fuego…"

Pregunta: "Analizando esta trayectoria, usted por favor nos podría explicar ¿Qué posición pudo haber tenido la víctima para obtener esa trayectoria?"

Respuesta: Efectivamente, de acuerdo a los órganos lesionados y de acuerdo a los diferentes videos suministrados por la Comisión investigadora de los sucesos 11 de abril, los investigadores lograron determinar a través de un video el instante en que este ciudadano se encontraba sobre el Puente Llaguno … cuando se encuentra acostado en el piso del mencionado puente con su vista orientada, con su visión orientada hacia el cuadrante sur hacia el extremo oeste del Puente Llaguno..."

Pregunta: "¿O sea que él tenía su cuerpo acostado y la cabeza ?"

Respuesta: "La cabeza ligeramente erguida y viendo, observando hacia el cuadrante sur…”

Esto es coincidente con la Planimetría y trayectoria balística que indican que el haz de fuego provino del sur de la Avenida Baralt donde estaban apostados los vehículos blindados de la Policía Metropolitana.

3. La planimetría general Nº 285 evacuada el día 07-11-06, el experto del CICPC Lic. Jesús Ramírez, señaló:

“…. La víctima se encontraba acostada allá en el puente o agachada con su extremidad inferior orientada hacia el cuadrante norte y su frente se encontraba orientada hacia el cuadrante sur… que ese disparo aunque tenga su recorrido de arriba hacia abajo no pudo haber sido efectuado desde una altura muy alta sino que pudo haber estado ubicado en un mismo plano, o uno ligeramente superior e inclusive ligeramente inferior con respecto a Puente Llaguno…"

Pregunta: ¿Entonces tenemos que el disparador pudo haber estado en el mismo plano, en un plano inferior o ligeramente superior?"

Respuesta: "Sí, efectivamente…"

Esta declaración es coincidente con el plano de ubicación donde se encontraban los vehículos blindados de la Policía Metropolitana.

¿Por qué es imposible que el disparó que mató a Erasmo Sánchez hubiese procedido del Hotel Eden? Veamos que dijo el experto Jesús Ramírez en el juicio:

Pregunta de la Defensa de los acusados: "¿no es posible de acuerdo a las planimetrías que hicimos esta mañana que desde el piso 4 del Hotel Edén hay perfecta visibilidad hacia puente Llaguno, no hay perfecta visibilidad de allí al sitio a donde cayó ese señor?"

Respuesta del experto: "En este sector de puente Llaguno es donde hay menos visibilidad del hotel edén, desde el extremo este del puente si hay visión, y que a medida que nos vamos desplazando esa visión se va perdiendo, lo que queda más expuesto al puente son los pisos altos pero la posición de el edificio no da ángulo."

Pregunta de la defensa: "¿Es posible que desde el piso 10 haya estado el tirador, la bala haya atravesado entre las barreras del puente Llaguno y halla impactado este señor tal como usted lo dice?"

Respuesta del experto: "Nosotros consultamos eso y tomamos la altura del hotel Edén, con expertos de balística que dijeron que si el tiro viene del hotel edén la región comprometida fuera otra de acuerdo a la posición que él tenia (Erasmo) que era acostado en el piso"

Pregunta de la defensa: "¿Si él hubiese estado viendo hacia arriba?"

Respuesta del experto: "Hubiese cambiado la dirección del disparo por la ubicación de la cabeza."

Entérese qué dijo el testigo Domingo Chávez en audiencia del día 25-10-06, respecto a la procedencia de los disparos desde edificios que pudieron haber afectado a víctimas:

“… De los testimonios que se obtuvieron si se desprende la posible existencia de personas disparando desde posiciones elevadas, pero puedo asegurar que ninguno de los fallecidos de la Baralt fue impactado por alguna de estas personas, las experticias que se practicaron en el lugar y a las víctimas indican esto con seguridad, como trayectorias intraorgánicas autopsias, la posición de las personas para el momento del impacto, testimonios, que los disparos que recibieron tenían sentido horizontal y unos ligeramente ascendentes y otros descendentes…”

4. Exhumación: Respecto al proyectil extraído del cuerpo, cuando se practicó la exhumación, resultó ser del calibre 5.56, munición utilizada por los fusiles de la Policía Metropolitana, y corresponde a la experticia Nº 2219 de Reconocimiento Técnico a blindaje extraído del cadáver. El experto del C.I.C.P.C. fue Maita Rodríguez Beiker Luis, quien depuso en juicio el día 06-07-06.

5. Balística: Asimismo, las experticias Nº 5802, 5803 y 5804 evacuadas en el juicio el día 09-08-2006 por el experto del C.I.C.P.C. Lic. Charles Arias, señaló que el blindaje extraído a Erasmo Sánchez fue comparado con varios fusiles … son proyectiles de largo alcance solo de uso de fusiles… El blindaje extraído a Erasmo Sánchez es disparado por un fusil…

Ahora bien, estas experticias dicen que al ser el proyectil comparado balísticamente con los fusiles que le fueron asignados dieron negativo, y eso tiene su explicación en que la Policía Metropolitana no entregó todas las armas solicitadas para la experticia por el Ministerio Público. Recordemos que quienes estaban en poder de los parques de armas de la Policia Metropolitana eran los que están condenados y ellos tenían interés especial en ocultar las armas. Los testigos Domingo Chávez y Héctor Rodríguez, señalaron en el juicio que no fueron revisadas todas las armas y que además fueron ocultadas en la comisaría de Sta. Cruz en el Hatillo. Además consta en el expediente gran cantidad de oficios que el Fiscal Danilo Anderson envío a la PM solicitando las armas y tanto es así que ante la negativa de estas solicitudes tuvo que realizar una inspección y un allanamiento al parque de armas.

Veamos que dijo el testigo Domingo Chávez, comisario del C.I.C.P.C., Jefe de la Comisión que investigó los hechos del 11 de abril, en audiencia del día 25-10-2006, en relación a las armas de la Policía Metropolitana:

Declaró: “…el fiscal Danílo Anderson solicitó inspección ocular en parque de armas porque nos aparecían insuficientes las armas que nos habían suministrado, en el resultado de esa inspección se detectó un mayor número de armas de fuego, por tratarse de una inspección no se podían incautar, se solicitó las armas faltantes, algunas fueron remitidas, no todas, por eso Danilo solicitó allanamiento en parque de armas, en el allanamiento allí sorpresivamente se detectó un mayor numero de armas las cuales también fueron solicitadas para las experticias correspondientes…"

Pregunta: "¿Qué produjo el allanamiento?"

Respuesta: "El allanamiento se produce porque al principio se solicitaron armas y después hubo como una cierta resistencia a enviar las mismas, se hizo la inspección."

Pregunta: "¿Cuándo se solicitaban mediante oficios que les remitieran armas la policía metropolitana las enviaba inmediatamente o se tardaban?"

Respuesta: "Al no obtener resultados se ratificaban las solicitudes y posteriormente hubo como cierta resistencia"

Pregunta: "¿Había una negativa de la policía metropolitana para enviar las armas a sus experticias correspondientes? ... ¿Cuando se hacían los oficios solicitando las armas a al policía metropolitana las enviaban inmediatamente o se tenía que insistir para ello?"

Respuesta: "En relación a esto hubo que hacer varias ratificaciones y no se tuvo respuesta"

Pregunta: "¿Podrá recibir el número de serial al arma que pertenecia al cabo 2ª Arube Pérez Salazar?"

Respuesta: "el serial del fusil que supuestamente pertenecía a Arube es m16 9440697"

Pregunta: "¿Cuándo hicieron la inspección o el allanamiento la superioridad de la policía metropolitana le suministro a ustedes algún mecanismo que les permitiera precisar que ese serial era el perteneciente al cabo 2ª Arube Pérez Salazar?"

Respuesta: "cuando hicimos la inspección o el allanamiento la superioridad de la policía metropolitana no dio ninguna información"

Pregunta: "¿no se pudo verificar?"

Respuesta: "no había registro en donde se pudiera verificar eso"

Pregunta: "¿De donde saca la conclusión que las armas largas no estaban asignadas a los funcionarios que la conclusión de que las arma largas no estaban asignadas a los funcionarios que eran efectivos?"

Respuesta: "Eso se desprende de entrevistas que se efectúan a los funcionarios de la policía metropolitana donde a través del análisis de las mismas se establece que eran de asignaciones rotativas y que las armas largas se encuentran en un parque y son asignadas en forma rotativa…"

Pregunta: "¿en cuanto al fusil m16 que se ve en la foto que señalo que era del funcionario Pérez Arube tiene la total certeza de que esa arma que aparece en la foto era la que portaba?"

Respuesta: "No hay la certeza de que el arma que señala el oficio de la policía metropolitana sea la que portara Pérez Arube."

El testigo Héctor Rodríguez, policía metropolitano, en audiencia del 21-03-2007, declaró:

Pregunta del querellante: "¿Sabe del traslado del parque de armas a otras zonas policiales de unas armas?"

Respuesta: "… hay un sargento activo llamado Pedro Espinoza que me dijo que debía acompañar al jefe de la brigada motorizada, él me dijo que llevaron una cantidad importante de armas de esas brigada hacia el modulo a cargo del efectivo Pedro Espinoza."

Pregunta: "¿Le llegó a referir el por qué llevar esas armas?"

Respuesta: "El me dijo donde las llevaba, quien las custodió y quien era el encargado, estaban dentro de la patrulla."

Pregunta: "¿Eso fue en días posteriores?"

Respuesta: "Sí."

Pregunta: "¿Las armas se mantenían en el módulo?"

Respuesta: "Las mantenían en el módulo y estaban al cuido de un inspector, el que sabe el nombre es el sargento 1° de la policía metropolitana que le hablé."

Pregunta: "¿Usted tiene conocimiento cuanto tiempo duraron esas armas ahí?"

Respuesta: "El que sabe es él."

Pregunta: "¿Sabe qué tipo de armas eran?"

Respuesta: "Eran armas largas, hk, fusiles, ese tipo de armas…"

Estas declaraciones demuestran la mala intención de la Policía Metropolitana quienes ocultaron las armas para que fueran experticiadas.

Quedo plenamente demostrado en el juicio, que sobre uno de los vehículos blindados (ballena Nº 0844) estaba Arube Pérez Salazar, disparando hacia el norte de la Av. Baralt, en dirección al Puente Llaguno. En pruebas videográfica y fotográficas se pudo apreciar a este ciudadano, además varios testigos lo vieron.

Arube Pérez Salazar, fue condenado a cumplir una pena de 17 años y 10 meses de presidio por encontrarse culpable en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 408 numeral 1 en concordancia con el artículo 426, y el artículo 282 respectivamente, todos del Código Penal vigente para la época, en perjuicio de los CIUDADANOS RUDY ALFONSO URBANO Y ERASMO ENRIQUE SANCHEZ.

Los testigos que fueron al juicio a corroborar este hecho, son:

En audiencia del 25-04-2007, el testigo García Torreyes José Roberto, policía metropolitano quien para el 11 de abril, trabajaba en la División de Orden Público, estaba encargado de rociar agua en una de las ballenas. Señaló en su declaración:

Pregunta: "¿Cuántos efectivos vio usted en el vehículo blindado?"

Respuesta: "yo vi encima del blindado dos funcionarios de la policía metropolitana …"

Pregunta: "¿Esa primera persona que estaba uniformado el señor Salazar que se montó en el blindado estaba armado si o no?"

Respuesta: "Sí, se encontraba armado"

Pregunta: "¿y el otro funcionario estaba armado?"

Respuesta: "Sí"

Pregunta: "¿Qué tipo de arma tenia el señor Salazar?"

Respuesta: "tenía un arma larga,…"

Pregunta: "¿Dónde estaba ubicado el blindado cuando usted se voltio y vio a los dos funcionarios?"

Respuesta: "estábamos en la esquina de Piñango cuando los vi"

Pregunta: "¿Cuándo usted voltio lo vio disparando en ese momento?"

Respuesta: "cuando yo me volteo los vi disparar en ocasiones…"

En audiencia del día 25-04-07, el testigo Miguel A. Benitez U. funcionario policial, era el comandante del grupo blindado, vio a Arube Pérez Salazar encima de la ballena, y esto declaró:

Pregunta: "¿Usted tiene conocimiento si sobre ese vehículo se montaron funcionarios de la PM?"

Respuesta: "cuando yo me subí a la otra ballena observé que había funcionarios arriba de la ballena después que me monté pero no los reconocí"

Pregunta: "¿Tiene conocimiento si por el techo de la ballena que era donde estaba Simón Fuentes se percato si habían funcionarios?"

Respuesta: "Después que me subí en la ballena fue que me dí cuenta"

Pregunta: "¿Cuántos funcionarios?"

Respuesta: "yo vi la figura de uno…"

Pregunta: "¿Usted tiene conocimiento si el funcionario que estaba arriba de la ballena efectuaba disparos?"

Respuesta: "Se oían disparos de todos lados, presumo que el que estaba arriba de la ballena hacía disparos"

Pregunta: "¿Usted le llego a ver armas a este funcionario?"

Respuesta: "no le vi arma a ese funcionarios sino después en las fotografías"

Pregunta: "¿Mientras ese funcionario estaba sobre la ballena usted tenia visibilidad para el frente?"

Respuesta: "Muy clara no pero yo no volteé mucho porque estaba viendo hacia el frente"

Pregunta: "¿En ese momento que el funcionario estaba arriba habían personas debajo del puente y sobre el puente?"

Respuesta: "Sobre el puente si habían bastantes"

Pregunta: "¿Y abajo del puente?"

Respuesta: "Dispersadas, corrían, atravesaban"

Pregunta: "¿Y por que corrían esta personas?"

Respuesta: "imagino que por las detonaciones que se escuchaban"

En audiencia del 16-11-2006, el testigo Saul Suarez Cano, policia metropolitano del Grupo Fénix, compañero de Arube Pérez Salazar, dijo: que vio cuando Arube se subió a la ballena con el fusil m16, y que éste le comentó que hizo uno o dos disparos, que se encontraba viendo hacia puente Llaguno en la esquina de Muñoz.

Esto dijo: "… el compañero Salazar se montó encima de la ballena a observar de donde venían los disparos, …"

Pregunta: "¿el señor Arube Pérez Salazar le manifestó el motivo porque se coloco encima de la ballena?"

Respuesta: "cuando la situación se calmó se bajó y dijo que estaba observando de donde venían disparos"

Pregunta: "¿En el momento en que estaba montado encima de la ballena portaba el fusil m16?"

Respuesta: "Sí"

Pregunta: "¿usted vio al funcionario Arube Salazar Disparar?"

Respuesta: "él me informó que había hecho uno o dos disparos"

Pregunta: "¿Hacia que lugar estaba colocado vista a donde?"

Respuesta: "él se encontraba viendo hacia puente Llaguno"

Pregunta: "¿la ballena estaba colocada de frente a puente Llaguno?"

Respuesta: "en toda la esquina de Muñoz"

Todos estos funcionarios policiales fueron contestes al señalar que el funcionario Arube Pérez Salazar se subió en la ballena con un fusil y disparó hacia el norte de la avenida Baralt con dirección a Puente Llaguno.

Asimismo los testigos: José Francisco Mendoza, Juan Francisco Cabezas, Adrian Linares, Angel Palacios, Gerardo Benavides y Luis Tascon, todos simpatizantes del Gobierno, declararon en el juicio las impresiones vividas durante el 11 de abril referentes al momento cuando es impactado Erasmo Sánchez.



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