Ante el abuso de autoridad, ¿Sirven de algo la Defensoría del Pueblo y/o la Fiscalía?.

Este no es un cuento, es real, el día 27-12-2012 circulando con su carrito por el Municipio Iribarren del Estado Lara, fue detenido en uno de esas “inexistentes” alcabalas (que según un decreto no pueden poner los policías ni municipales, ni estadales, ni nacionales en cualquier calle sin una autorización y una representación de la Fiscalía, etc,etc, algo que por supuesto nadie cumple) mi sobrino, uno de los policías municipales de Iribarren le dice que lo ha parado porque la placa de atrás es una copia, lo que es cierto, porque fue robada, algo que se denunció en su momento y por tanto se tiene la denuncia hecha ante el CICPC, se le muestra al policía, pero este procede a radiar los datos del carro, y aparecen dos multas, también ciertas, ambas están denunciadas ante la Fiscalía de Barquisimeto por no reconocerlas, por ser producto de intentos de matraqueo de dos fiscales del estado Lara, denuncia que no ha tenido ninguna respuesta hasta ahora.

El policía municipal junto a dos de sus “colegas” hace caso omiso a los documentos que se le muestran, y amenaza con llevarse el carro con una grúa, alegando el articulo 420 del reglamento de 1998, de la derogada ley de transito, que según sus palabras prohíbe circular por un municipio si se tienen multas, impuestos o tasas sin pagar, en realidad ese articulo habla sobre la aplicación de pruebas de alcohol aplicadas a un conductor, y eso en caso de que tal reglamento fuera aplicable, que no lo es pues es de una ley derogada por la nueva ley del año 2010.

A estas alturas a cada respuesta que el policía municipal y sus “colegas” recibía más se molestaba, mi sobrino me llama por teléfono, me explica lo que esta pasando y con la ley en la mano, le pido que me pase al policía, este contesta y empieza por mentirme al darme su nombre, cuando le pregunto en base a que articulo de la Ley de tránsito pretende llevarse el carro en grúa (previamente le he explicado que ese reglamento que alega esta derogado), me responde que si, que no, que no ese, que es otro, y le devuelve el teléfono a mi sobrino, este se niega a dejar que se lleven su carro, y es amenazado por el policía municipal de llevarlo preso por “resistencia a la autoridad”, ¿lo han oído antes?, sin hacer caso a nada montan el carro en la grúa y se lo llevan a el estacionamiento del Municipio Iribarren en la zona Industrial de Barquisimeto, y ¡sorpresa! Lo ingresan alegando que estaba “obstruyendo” el paso, ¿Qué les parece?

Vuelvo a llamar e intento hablar con el “jefe” o “encargado” en el estacionamiento y le pido que me lea la boleta que supuestamente debe consignar el policía municipal al dejar el carro, me habla del articulo 170 de la Ley de tránsito, comienza este con “Serán sancionados con multas de cinco unidades tributarias (5.U.T.), pasando a numerar 15 causas, y en ninguna aparece ser arrastrado por una grúa a un estacionamiento municipal, ¿le importa al policía municipal, sus “colegas” o al “jefe” de ese estacionamiento?, la respuesta es ¡NO!, porque todo ese tiempo hemos escuchado la famosa frase que tod@s conocemos: ¡VAMOS A VER COMO ARREGLAMOS ESTO!., inequívoca señal de “si me das algo, lo dejamos así”, como no logran justificar el ABUSO DE AUTORIDAD, le clavan a mi sobrino una multa por habérsele vencido hace un mes el permiso medico de conducir, y no ponen en la boleta nada sobre el articulo 420 del reglamento caduco, ni sobre el articulo 170, y no se nos permite poner las observaciones sobre las irreguralidades que se han cometido.

Aquí y ahora entran en el escenario la Defensoría del Pueblo, llamo al 0-8000-783256, teléfono para denuncias por la violación de los derechos de l@s ciudadan@s, me responden, me toman la denuncia y me piden que al día siguiente me acerque a las oficinas en el horario que corresponde, mientras el carro sigue en el estacionamiento, probablemente sea desvalijado, nadie se hará responsable, se han burlado de nosotr@s, nuestros derechos han demostrado que no existen, la burocracia y los horarios de oficina puede más que cualquier ley, y al final me veo obligada a reconocer ante mi sobrino que “de nada sirve la ley, que igual que paso con la denuncia ante la Fiscalía por las multas que denunciamos hace un año, ahora nada pasara”.

Y es que nada pasa, porque no hay sanciones ejemplares, se que hay casos mucho más graves que el que narro aquí, policías que matan y luego alegan enfrentamiento, resistencia a la autoridad, etc, para justificar quitar el mayor derecho humano: LA VIDA.

Pero creo que si desde el más pequeño abuso hasta el más grande se respondieran con rapidez, eficiencia, verdadera vocación de servicio y sobre todo OPORTUNAMENTE, esa LACRA que es el ABUSO DE PODER, habría disminuido notablemente, hasta casi desaparecer, mientras no se entienda eso no avanzaremos, y mi sobrino podría creer que la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo si existen y sirven para algo.

nadezca@gmail.com
 



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Nadezca Mujica


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