Al referirme "municipalizar" la Superintendencia Nacional para la defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE) no me refiero a llevarla hasta los municipios de manera operativa; sino más bien de forma administrativa con adscripción al Poder Ejecutivo Municipal. No se pretende buscar descentralizar a la Revolución en ésta propuesta, de hecho, me sitúo en ese gran número de Pueblo que no cree en el federalismo como sistema político; así como no lo creía el Libertador SIMÓN BOLÍVAR cuando lo expresó en el Discurso de Angostura. Pero ese, es otro tema. Cuando nos referimos a llevar a la SUNDDE como organismo adscrito a las alcaldías es porque hay una lógica para ello. Hay que recordar y precisar que la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) se le incorporó tal organismo con plena competencia exclusiva y excluyente para fiscalizar, inspeccionar y sancionar a aquellas personas que cometan faltas y delitos económicos. Quizás el legislador o los corredactores de la norma por hacer prevalecer el derecho al debido proceso se dejaron apasionar por dichos conceptos jurídicos que a veces se ahogan en los Derechos Humanos; o tal vez, fue la mano que mecía la cuna para crear nudos burocráticos y así proteger a los comerciantes o empresarios especuladores.
La LOPJ en una nación estable sería perfecta, pero en un País sumergido en una guerra económica acorralada por una inflación inducida y desenfrenada, esa Ley sería parte del caldo de cultivo para generar mayor impunidad. A saber: en la práctica, un fiscal de la SUNDDE puede estar en cualquier municipio; mientras que el comerciante vende en sus narices cualquier producto a precio especulado, condicionado o con usura; es más, el fiscal es también víctima directa de tales flagelos. Esto ocurre y el Pueblo se indigna buscando que alguien le dé respuesta o haga algo; observa a su alrededor y no ve a nadie; y de ocurrírsele buscar al fiscal de la SUDDE este le dirá tajantemente: "espero orden de caracas para actuar". Asimismo, el Pueblo se va iracundo e impotente a su casa para a echarle más agua a la sopa y si acaso.
Si el fiscal recibe la orden, este actúa, pero ya el comerciante pudiera ser advertido y en el peor de los casos para el comerciante especulador, le realizan la venta controlada mientras que el expediente se va a las vías jurisdiccionales con el comerciante criminal en libertad y a su vez se inicie el procedimiento sancionatorio. Al privarlo de libertad quedaría arrestado cautelosamente hasta que le realicen su audiencia preliminar; al menos que las circunstancias varíen. Sobre el comiso preventivo, estaríamos esperando que el producto incautado sea autorizado por el Tribunal para realizar la venta controlada. Esta autorización a veces tarda tanto que el producto se pierde o se distorsione la venta. Así es nuestra LOPJ, vigente.
Cuando la Revolución le quitó ésta potestad a las alcaldías de velar por los precios a través de las Oficinas de Atención al Consumidor y al Usuario (OACU) como órgano auxiliar del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) la cual se regían por la Ley de Protección al Consumidor y Usuario (LPCU), como lo establecía el artículo 106; no visualizó que la solución devendría en una carga menos para el Alcalde o Alcaldesa, diciendo: "por fin me quietaron ese bacalao de encima". Así, el Pueblo no le tocará la puerta al Alcalde para exigir precios justos, porque este le dirá: ese peo es de la SUNDDE, es decir, Caracas. Y el Pueblo se va nuevamente arrecho pero con el gobierno nacional. Si les devolviéramos cierta responsabilidad a los alcaldes, se verían obligado a actuar, porque es su gestión la que está en peligro y cuestionamiento; pero las atribuciones deben ir de la mano con lineamientos grueso del gobierno central; es decir, el gobierno acuerda los precios y los alcaldes como organismos de auxiliares vigilarán su cumplimiento; incluso, podrá iniciar la imposición de multas pero el procedimiento sería declinado a la Superintendencia Nacional quien decidirá; y en caso de delitos flagrantes que merezcan privativa de libertad, hasta el organismo de seguridad pudiera actuar con una simple denuncia, tal como se actúa cuando estamos frente a un delito común; luego el Ministerio Público se apoyaría en la SUNDDE y sus órganos auxiliares para imponer sanciones administrativas de ser el caso o esperar resultas y opiniones sobre los elementos de convicción. Es decir, cualquier ciudadano con el simple hecho de ser víctima de un delito económico interpone la denuncia ante el organismo de seguridad y seguidamente puesto a la orden del Ministerio Público o de la SUNDDE según sea la gravedad o el caso. Esto evitaría, que la víctima una vez que lo roben con un sobreprecio, sepa a donde dirigirse y pueda contar con mecanismo más expedito sin caer en el laberinto de la burocracia e indiferencia de la SUNDDE.
Actualmente, los alcaldes no le paran al problema económico en lo que se refiere a la especulación; de hecho, en muchos casos algunos la promueven para lograr dinero (por ejemplo: desviar y restarle productos a las cajas CLAP y a los sugeridos; negociar con el especulador y esperar que el gobierno nacional le envié otros productos) y así no tienen la necesidad de desviar la nómina; ya que la comisiones del famoso 10% por obras o servicio no es "negocio" en la actualidad. Y el presupuesto de las alcaldías de vaina alcanza para medio pagar a sus trabajadores. De ésta manera, algunos alcaldes son parte del problema.
Este problema pudiera ser revertido, ya que si en un municipio existieran comerciantes especuladores y el Alcalde tiene atribuciones para aplicar la Ley, tengan la seguridad que el Pueblo arrecho le va tocar la puerta para que se obligue a resolver el peo; porque ahí, no habría excusas alguna para decir: "ese problema no es mío".