La orientación sexual es la atracción romántica, erótica o emocional por personas del mismo sexo (homosexual), de sexo distinto (heterosexual) o de ambos sexos (bisexual).Esta atracción no depende en forma exclusiva o predominante de la sola voluntad individual. Es decir, las personas no “elegimos” conscientemente nuestra orientación sexual como elegimos, por ejemplo, el color o estilo de la ropa que usaremos hoy. Es producto de una compleja interacción entre factores de diversa naturaleza, entre ellos, factores genéticos, hormonales, biológicos, sociales, psicológicos, entre otros posibles. La Organización Mundial de la Salud determinó en 1989 retirar a la homosexualidad de su catalogo de enfermedades psiquiátricas. Lo propio habían hecho ya la APA (American Psicology Assotiation) y otras asociaciones nacionales que agrupan a profesionales de la psiquiatría y la psicología. Entonces, si la homosexualidad no es una enfermedad, ¿Qué es? Según toda la doctrina disponible, la orientación sexual es una categoría de derechos humanos, que merece ser protegida frente a cualquier discriminación que se intente contra las personas homosexuales. Esto fue aclarado de esta manera por la Sala Constitucional en sentencia # 190, del 28 de febrero de 2008. En esta sentencia se puede leer claramente: “La Constitución ni prohíbe ni condena las uniones entre dos personas de un mismo sexo”; o “las parejas homosexuales tienen todos los derechos, y que “La Asamblea Nacional puede legislar para proteger los derechos de las parejas del mismo sexo”. Y esta última expresión es clave para definir el debate actual sobre la posibilidad de protección legal para las parejas homosexuales en Venezuela.
Es la AN el órgano que puede definir y hacer efectiva esa protección legal. En los últimos dos meses, nuestra asociación ha recibido cinco casos de personas cuya pareja del mismo sexo falleció y quien le sobrevive es expulsada de su hogar común pues estaba a nombre de quien falleció. Esta es una situación inicua e intolerable. Es profundamente injusto que después de toda una vida de construir un proyecto de convivencia común, muchas veces con el sacrificio que implica la separación o la falta de apoyo familiar, esa misma familia que una vez renegó de ti y que nunca quiso saber, nunca quiso apoyarte, reaparece como por arte de magia a quitarle a tu pareja sobreviviente lo que construyeron entre dos.
La jurisprudencia internacional de derechos humanos es clara sobre este tema, en los países donde no es legal el matrimonio homosexual, los estados están obligados por los pactos internacionales de derechos humanos a reconocerle a estas parejas derechos equivalentes. No es que no esté claro, es que no hay voluntad política.
(*)Politólogo, experto en Derechos Humanos por la Universidad de Lund, Suecia.
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