Caracas, 03 Ene. ABN.- La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, ratificó que para los casos que se le siguen a Iván Simonovis, Lázaro Forero, Henry Vivas, así como a ocho policías metropolitanos por los hechos del 11 de abril de 2002 no es procedente la aplicación del decreto de Ley de Amnistía.
Así lo afirmó este jueves al ser entrevistada en el programa Al Momento, que transmite Venezolana de Televisión (VTV).
Los delitos que se le imputan a Iván Simonovis, Lázaro Forero, Henry Vivas y a los ocho funcionarios de menor grado son homicidio calificado consumado, lesiones graves, lesiones gravísimas, lesiones leves, uso indebido de armas de fuego, entre otros delitos.
Sin embargo, sus abogados han declarado que ellos también deberían ser beneficiados con esta legislación, porque no se les han imputado delitos de lesa humanidad.
La Amnistía se concede excepto en caso de los delitos de lesa humanidad, así como por violación grave de los derechos humanos y crímenes de guerra.
Ortega Díaz precisó que en realidad ellos están siendo enjuiciados por delitos contra los derechos humanos, ya que una complicidad en un delito de homicidio o una lesión es un delito contra los derechos humanos y la vida es uno de los derechos fundamentales.
De manera que la fiscal indicó que los delitos por los cuales están siendo enjuiciados estos funcionarios, incluidos ocho policías metropolitanos, constituyen delitos de violaciones contra los derechos humanos y no pueden incluirse dentro del beneficio de la Amnistía.
“En abril de 2002 esos ciudadanos eran funcionarios policiales y su deber, como funcionarios de Estado, era otorgar protecciones a los ciudadanos y no ejercer acciones en contra de los ciudadanos y sus propiedades”, dijo.
Señaló, además: “Yo entiendo que va a ocurrir que muchas personas van a querer acogerse al decreto de Amnistía y van a solicitarlo, pero los jueces de oficio no pueden estar decretando el sobreseimiento, ya que necesitan la autorización del Ministerio Público para proceder en este sentido”.
En todo caso, subrayó que a este decreto de Ley de Amnistía no debe dársele como una sensación de impunidad, sobre todo en los casos de abril de 2002.
“Algunos hechos indudablemente se incluyen dentro del decreto y a manera de ejemplo, mencionó los sucesos violentos ocurridos en los buques petroleros, donde la tripulación se negó a hacer la maniobra, conducta que no puede compararse con la de quienes dispararon contra ciudadanos, por ejemplo, como el caso de los funcionarios policiales antes mencionados”, puntualizó.
Ratificó que el ex dirigente de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) Carlos Ortega tampoco obtendrá este beneficio, porque se encuentra evadido de la justicia venezolana.
Si los evadidos se ponen a derecho, serán aprehendidos y corresponderá llevar adelante la audiencia pertinente y el juez decidirá si le dicta alguna medida cautelar, pero no sobre la base del decreto, sino según su criterio le indique.
Aprovechó la ocasión para dejar claro que en Venezuela no hay presos políticos.
“Los presos políticos son los que son perseguidos por sus ideas, lo que no ocurre en Venezuela e incluso puede haber políticos que cometan delitos comunes y van a ser enjuiciados por el delito mismo y no por ser políticos”, recalcó.
Recordó que las personas que han sido enjuiciadas y que son erróneamente llamadas presos políticos han sido procesadas por delitos comunes.
Hizo alusión al caso de Carlos Ortega, a quien ella misma acusó por uso de documento público falso e instigación a la desobediencia de las leyes, “lo que no está en discusión que sean delitos políticos”.