Análisis Abierto

Venevisión y la propaganda Señor Cacao Dots

La televisión como instrumento para persuadir al público a comprar un producto, siempre se ha caracterizado como una de las herramientas con mayor eficacia. Esto por su facilidad de entrar en los hogares y por su poderosa capacidad de inducir al televidente o usuario. Es por ello que, el espectro radioeléctrico debe estar normado para que ésta herramienta no logre distorsionar las sociedades; sin embargo, el bombardeo es tan elegante que siempre se escapan en las programaciones códigos que deforman el comportamiento del ser humano llegando a aceptar conductas inadecuadas justificando las inmoralidades.

La Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos tiene como objeto establecer, en la difusión y recepción de mensajes, la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, proveedores de medios electrónicos, los anunciantes, los productores y productoras nacionales independientes y los usuarios y usuarias, para fomentar el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses a los fines de promover la justicia social y de contribuir con la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educación, la salud y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la cultura, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Condición establecida en el artículo 1 de la Ley respectiva y que tiene una andamio normativo que regula la transmisión y admisión de los mensaje emitidos a través de las ondas hertzianas.

Ahora bien, recientemente el canal Venevisión difundió una publicidad de una empresa que promociona en el marcado de los Snack productos de chocolate bajo la marca "Señor Cacao"; cuya publicidad se basa en un salón de clase en la educación básica, donde la Maestra está realizando un examen y un estudiante al parecer no estudió y con la prevención de no salir aplazado prefiere entregar el examen sin contestar a la educadora pero con una bolsita de chocolate para que ésta no le raspe el examen; y así lo acepta la Maestra de manera partícipe. Aquí no sólo observamos una publicidad mediocre y falta de valores; sino que también hace apología del delito. Si tomamos en cuenta la actitud del estudiante, se encuadra perfectamente en un sobornador y la maestra una funcionaria corrupta; delitos que están claramente establecidos en el Libro Segundo del Capítulo III del Código Penal y en el Capítulo II sobre otros delitos contra el patrimonio público de la Ley Contra la Corrupción previstos en los artículos 62, 63 y 65.

Una vez difundida ésta publicidad con un amplio mensaje antijurídico y que promueve el delito de soborno como mecanismo para conseguir un objeto, es merecedor de todo rechazo y se debe sancionar a quienes aceptaron su difusión por inmorales y violadores de la norma establecida. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) a través del Directorio de Responsabilidad Social, deben tener mayor atención ante tales propagaciones de publicidad delictiva, debido a que este tipo de mensaje contribuye a deformar las sociedades, incluso desde la infancia; puesto que se intenta hacer ver que es normal sobornar a una maestra de clases por un niño, niña o adolescentes a cambio de una utilidad.



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Carlos Gutiérrez


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