Confieso que he leído más de una vez el Proyecto de Ley de Amnistía y Reconciliación presentado por Diputados opositores en la Asamblea Nacional. Cada vez encuentro más elementos que la hacen una pieza histórica única en materia de Derechos Humanos, algo que luego de revisar algunas fuentes documentales, no se encuentra parangón en el mundo contemporáneo. Imagino que en la práctica se habrán logrado acuerdos similares, luego de las invasiones de los bárbaros del siglo IV y sucesivos, incluso pasando por el cruel genocidio español a América Latina (no incluyan a Canadá por favor). Pero la genialidad de dejar una pieza escrita con tamaños autoperdones en época de democracias consolidadas, fue propio de Ramos Allup y sus partners políticos, antes petimetres y mariposones.
Se debe reconocer el esfuerzo integrador de quienes la redactaron, no dejando ningún delincuente opositor por fuera, así haya cometido crímenes de lesa humanidad, o estafa agravada contra los venezolanos. Si alguien busca un documento que exprese el esfuerzo concreto de la oposición de lograr elevados niveles de integración y unidad, revise esta joya jurídica. Sin embargo, en la historia contemporánea hay símiles de instrumentos jurídicos similares, claro, no tan perfectos como el elaborado por la MUD, pero con rasgos muy similares. Veamos.
Revisando la historia contemporánea encontramos que existen al menos dos tipos de amnistía, el auto perdón que se da a quienes permitieron subvertir el orden político, y el que se otorga para perdonar el intento de subvertir el orden político. Dos ejemplos encontramos en América Latina. Sobre el primero resalta la amnistía dada por Carlos Salinas de Goltari a los miembros del ejercito Zapatista en 1994 y la del Comandante Hugo Chávez en 2007 a los golpistas de abirl de 2002. Sobre el segundo, la otorgada por Augusto Pinochet a los responsables de los crímenes, torturas y desapariciones en el lapso de 1973 hasta 1978.
Sobre el primero, recordemos que en México se subleva en el 01 de enero de 1994 en Chiapas, el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional. Este acto de insurgencia es integrado por un movimiento indígena-militar dirigidos por el Sub Comandante Marcos, como respuesta al inicio de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y la profunda crisis política, económica y social que se vivía en México.
Luego del control militar de los espacios tomados por los rebeldes y en inicio de conversaciones entre las partes, Carlos Salinas dicta una Ley de Amnistía el 22 de enero de 1994. En esa oportunidad se amnistió, según se expresa en el artículo 1ro de la Ley de Amnistía, a "todas las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, por los delitos cometidos con motivo de los hechos de violencia, o que tengan relación con ellos, suscitados en varios municipios del Estado de Chiapas del día primero de enero de mil novecientos noventa y cuatro al día veinte del mismo mes y año, a las quince horas.
Una ley similar se aprobó en Venezuela en 2007 promovida por el Comandante Chávez, la cual le dio amnistía a gran parte de los responsables del golpe de abril de 2002. A pesar de ello, respetando los acuerdos internacionales y nuestra Constitución El Comandante Chávez no incluyó a quienes eran procesado por delitos de lesa humanidad o los prófugos de la justicia.
En esa oportunidad se amnistió a los redactores y firmantes del decreto de Carmona (incluyendo a María Corina Machado; a quienes tomaron las gobernaciones de Mérida y Táchira; a los involucrados en la privación de libertad de Ramón Rodríguez Chacín (Incluyendo a Leopoldo López y Enrique Capriles; a quienes instigaron a delinquir y a la rebelión militar hasta el 2 de diciembre de 2007; a los involucrados en los hechos de puente Llaguno, a los que allanaron la casa de Iris Varela, los responsables de la toma de VTV en el 2002 y los involucrados en la toma de los buques petroleros.
En cuanto a la segunda, encontramos el caso de Augusto Pincohet. Este dictador pro neoliberal que mancilló al pueblo chileno por 17 años dejando más de 3 mil 200 muertos y 38 mil torturados, dictó una Amnistía a todas las personas que en calidad de autores, cómplices o encubridores, hayan incurrido en hechos delictuosos, durante la vigencia de la situación de estado de sitio, comprendida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978, tal como establece el artículo 1 del Decreto Ley 2.191 del 18 de abril de 1978. Este Decreto Ley, pretende ser derogado por iniciativa de los senadores Juan Pablo Letelier, Guido Girardi y Alejandro Navarro, dando cumplimiento a la promesa electoral de la actual Presidenta Michelle Bachelet, quien por cierto fue una de las víctimas de la dictadura de Pinochet.
Pero a pesar de lo cruel de los crímenes amnistiados con el Decreto 2.191, Pinochet no usó el descaro de describir la tipología de los "hechos delictuosos. Incluso, dejó en el artículo 3 del mencionado instrumento jurídico que "no quedarán comprendidas en la amnistía a que se refiere el artículo 1°, las personas respecto de las cuales hubiere acción penal vigente en su contra por los delitos de parricidio, infanticidio, robo con fuerza en las cosas, o con violencia o intimidación en las personas, elaboración o tráfico de estupefacientes, sustracción de menores de edad, corrupción de menores, incendios y otros estragos; violación, estupro, incesto, manejo en estado de ebriedad, malversación de caudales o efectos públicos, fraudes y exacciones ilegales, estafas y otros engaños, abusos deshonestos (…) A pesar de ser un dictador, eso no implicó que fuese sensato a la hora de precisar que solo le darían amnistía a los que mataron, desaparecieron y torturaron. Los demás, deberían pagar por sus delitos.
En el caso venezolano, los que proponen amnistía fueron más benevolentes con los criminales, por así decirlo. En primer lugar se regodearon precisando a detalles los tipos de crímenes que han cometido y los hechos en los cuales lo cometieron, descripción que deja en claro es esfuerzo por no dejar a ningún choro, homicida, corrupto, asesino, traficante, consumidor de drogas, piromaníaco, corruptor de menores, estafadores –otra clasificación mas sutil de choro, traficantes de armas, financistas de actos terroristas, y otros, por fuera. O sea, si usted cometió alguno de esos delitos o crímenes entre 1999 y el momento en que según los opositores aprobarán la ley, no se preocupe por favor! Usted quedará en libertad.
Ni a Pinochet, con todo y su condición de cruel dictador, se le ocurrió una Ley tan criminalmente amplia, abarcante y violadora de derechos humanos. Deberían la Asamblea Nacional en pro de generar ingresos propios, cobrar subscrición para poder revisarlo, pues con toda seguridad se hará de referencia obligatoria.
En Chile y España la ONU e instituciones como AI (Amnistía Internacional) han exigido la derogación de estas Amnistía, para poder avanzar en la determinación de los responsables y hacer justicia a las miles de víctimas tanto del pinochetismo como del franquismo. En el caso venezolano, aún callan. Esperemos que su silencio no sea ese estruendoso que se produce cuando se es cómplice de situaciones tan abominables como las que se plantean en este peculiar ejercicio de intento de violación vulgar y brutal de los derechos humanos.