El Estado Comunal Atascado

  Al inicio de la década de los ochenta del siglo pasado, sentimos en Venezuela la presencia de un movimiento reconocido como el movimiento de los notables que promovía un proceso de reforma del Estado. Después de una intensa movilización, AD y COPEI aceptaron parte de las iniciativas y esto dio origen a la creación de la Comisión para la Reforma del Estado (COPRE) que después de una larga producción literaria, soltó una pequeña prenda de los cambios que se requerían y la sociedad de notables reclamaba. Se le quitó al partido que colocaba el presidente, el poder de escoger a dedo y entre su dirigencia a los  gobernadores del las entidades. La reforma no pasó  de concederle a los electores  y electoras este derecho de colocar  a los gobernadores, gobernadoras, alcaldes y alcaldesas[i].  

Como un complemento  de este cambio, se aprobaron las Ley del Fondo para la Descentralización (FIDES) y la le Ley de Asignaciones Económica Especiales. Hay toda una literatura que analiza este proceso y califica este paso como novedosos y avanzado de una reforma que efectivamente fue corta. La oposición de hoy, que se opuso férreamente a estas reformas[ii], negocio ciertos cambios y dejó el asunto de la reforma en estos términos. La descentralización que la oposición defiende tiene estos límites y la añoran hoy simple y sencillamente porque desearían que la ley FIDES y LAEE regresara a sus puntos iniciales: Recursos únicamente para gobernadores y alcaldes. Esa es la descentralización que proponen rescatar y que lanzaron en su compromiso de unidad.

 Vino con el triunfo del Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, el proceso constituyente y la idea de conformar un nuevo modelo político que permitiera cerrar el ciclo del modelo de democracia representativa por un modelo de democracia protagónica y participativa. El preámbulo de la nueva constitución acogió este nuevo proceso y en su contenido se dibujo el aspecto central del cambio que se planteaba. Surgió y fue animándose así,  la idea de la democracia protagónica y tiempo después, esta idea fue perfilándose con la propuesta del Poder Popular. Ambas ideas se han impulsado  a través de un conjunto de leyes que definen mecanismo para ampliar la participación de las comunidades organizadas y darle sentido al Poder Popular. Si este proceso de participación protagónica y de desarrollo del Poder Popular se mide o evalúa a través de los recursos desembolsados por el gobierno para apalancar proyectos formulados o ejecutados por las comunidades organizadas, diríamos que estamos frente a un inmenso avance sin ninguna referencia a escala mundial. Esta conclusión tomaría mucho sentido, si no logramos hacer una clara distinción entre la apariencia y la esencia de un fenómeno o hecho. Una cosa podemos estar viendo en la superficie que hace establecer una conclusión y otra muy distinta, nos comunica el movimiento o comportamiento cuando se revisa el fondo de esos hechos. En términos de impacto; los resultados no son tan concluyentes para colocarlos a favor de un incipiente desarrollo del Estado Comunal. 

La participación protagónica y el Poder Popular son es esencia el eje fundamental de la propuesta bolivariano. Apostar a la consolidación de este proceso supone jugar y apostar a estados dos cartas. Sobre esto hemos escrito y reflexionado en varios trabajos y no dejaremos de reflexionar porque lo asumimos con la apuesta central del proceso de transformación y la condición necesaria para desarrollar el socialismo del siglo XX.

 Así pues, que si consideramos los recursos financieros que el gobierno ha aportado a los Consejos Comunales para medir el sentido y profundización de la democracia participativa y protagónica, estaríamos colocando la atención en una apariencia para concluir con una media verdad y utilizarla como verdad absoluta. Estamos en una situación política inédita que nos advierte de la quiebra del modelo representativo y el florecimiento del nuevo modelo. Este logro es muy importante, pero nos comunica que el gobierno ha destinado recursos para que las comunidades organizadas desarrollen proyectos que cubren los perímetros de las comunidades organizadas. Siendo importante estos aportes; el sistema va atomizando la inversión destinada a las comunidades y la participación se limita a que un consejo comunal decida en una asamblea que proyecto puede formularse para tramitar recursos ante el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI). Es sin lugar una interesante iniciativa que cuadra con la idea del Poder Popular pero no es su dimensión fundamental. 

La Propuesta de “Estado Comunal” por ahora se reduce a esto y luce prácticamente paralizada. Esta afirmación no pretende negar los importantes avances que en esta materia se han venido logrando, pero que desde un intento por evaluar que tanto nos hemos aproximado a los sustantivos de la propuesta de desarrollo y consolidación del Poder Popular y el “Estado Comunal” (impacto); el logro de “más dinero a las comunidades” no coincide o no está asociado directamente con mayor participación y desarrollo del Poder Popular.

 ¿Qué debemos hacer para avanzar en el desarrollo de la participación y florecimiento del Estado Comunal? La ley Orgánica de las Comunas, la Ley Orgánica de Poder Público Municipal y la Ley del Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento (por ejemplo) es un buen marco jurídico para echar las bases de ese Estado Comunal. En la próxima entrega utilizaremos estos instrumentos jurídicos  para formular una propuesta que contenga los primeros elementos de ese “Estado Comunal”. 

evaristomarcano@cantv.net

 


[i] Parte importante de este cambio se concretó en la Orgánica de Descentralización y Transferencia de Competencias del Poder Público, cuya promulgación fue efectiva en el año 1989

[ii] Debe considerarse para entender esta oposición, parte importante de los discursos y textos producidos por Arturo Uslar Pietri, quien efectivamente fue uno de los más destacados y activos miembros de ese movimiento de notables.



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Evaristo Marcano Marín


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