Cátedra Comunal

La corresponsabilidad

El Estado y los ciudadanos son corresponsables en la construcción de la sociedad que deseamos, vale decir, ambos deben decidir y actuar en el camino común; es así como nuestra Constitución establece que “El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar”.

Los ciudadanos sus comunidades y grupos vecinales -por transferencia descentralizadora- participan en la gestión pública y gerencia de los servicios. La Constitución establece, de manera indubitable, que “La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas”, para luego añadir que ésta se fundamenta en diferentes principios, entre los cuales la participación tiene puesto privilegiado; esos principios son: “honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho”.

Nuestra Carta Magna ordena crear, a través de leyes, “mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados, los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos”; por lo cual el requisito único para la transferencia a la ciudadanía de la gerencia y prestación de servicios públicos, en sus respectivas comunidades, es la demostración de que son capaces, de que tienen los medios y condiciones para atender eficientemente la responsabilidad de la transferencia descentralizadora que se le estaría encomendando.

Si nos preguntan qué puede ser transferido al manejo directo de la ciudadanía organizada, respondemos -con la misma Constitución en la mano- que lo referido a “materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tal efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán orientados por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación y corresponsabilidad”.

También puede la comunidad organizada ocuparse de “la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción”; participar en los procesos económicos “estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas”; “la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios”; “la creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas en las cuales aquellas tengan participación”; “la creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades, a los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública”; y por último prevé hasta el “acercamiento a los establecimientos penales y la vinculación de éstos con la población”

La corresponsabilidad Estado-Ciudadano exige la voluntad de ambas partes de trabajar juntas: los funcionarios deben atender el mandato constitucional de abrir las puertas a la participación de los ciudadanos, mientras éstos deben participar decididamente, intervenir en las actividades públicas, articular con el Estado e interactuar con él. La participación ciudadana es también, en cierta medida, un contrapeso a la dirección de los entes públicos, es enfrentar una tendencia del funcionario -elegido o designado- a creerse dueño, a actuar como mandante, cuando por el contrario es mandatario del soberano, al cual debe servir. La participación ciudadana es un contrapeso para bajar a la realidad a los funcionarios que pierden la perspectiva de lo que es su tarea; es una manera de distribuir el poder de decisión, es una democratización de la relación existente entre actores políticos y sociales.

La corresponsabilidad no puede entenderse como una vía para que el funcionario se lave las manos, y se eche aire en su oficina, dejando el peso del trabajo y la responsabilidad en manos de los ciudadanos, ya que el funcionario ésta para servir no para servirse, no para simplemente cobrar sueldo, mientras que los vecinos trabajan; no queremos una corresponsabilidad así entendida, sino como la Constitución la ordena. Que el funcionario atiende su obligación y que corresponsablemente el ciudadano participe.


EL LLANTO DE LOS BARRIOS (En honor a Juan Pipa)

El llanto de hoy es por los trabajadores municipales del aseo urbano, a quienes el Alcalde no les ha respondido en sus justos reclamos laborales y reivindicativos, pero también es por los ciudadanos del Municipio, por quienes nos vemos afectados cuando esos trabajadores suspenden sus labores y, en protesta, trancan las calles del centro de la ciudad. Hay falta de la Alcaldía al no cancelar, y falta de los trabajadores al utilizar un medio de lucha que afecta a la comunidad a la que deben servir. Señor Alcalde, atienda la exigencia de los trabajadores, y escuche el llanto y reclamo de los guareneros y guareneras que se ven afectados por la basura y suciedad de las calles de nuestra comunidad.



* Municipalista

cesar_dorta@hotmail.com


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César Dorta *

Luchador social y municipalista

 cesar.dorta62@gmail.com

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