CIUDADANO PRESIDENTE MADURO, ATENCION MINISTROS DE EDUCACION SUPERIOR CIENCIA Y TECNOLOGIA, DE AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRA, LOS TRABAJADORES DE LA CIENCIA, MERECEN IGUAL TRATAMIENTO QUE EL RESTO DE LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Vale recordar Ciudadano Presidente y Ciudadanos Ministros, el acierto del Gobierno Bolivariano, en la promulgación de la ley que crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología en el año 2.000, con la migración y adscripción de los principales Entes o Institutos de carácter público, que desde varios Ministerios se desempeñaban en la investigación, buscando mayor organicidad, mejores resultados e impactos en su gestión, además de fortalecer la institucionalidad del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación (SNCTI).
Visión de futuro en procura de armonizar y coordinar esfuerzos en las áreas del conocimiento, determinantes de la soberanía nacional y el bienestar de la población. Función que ha venido desarrollándose, con algunos cambios en la gestión institucional; como la recién integración con la educación superior en el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Ciencia y Tecnología (MPPECT) y con la migración del INIA al Ministerio del Área Agrícola desde el 2007.
No obstante la disparidad de sueldos o salarios y de los sistemas para la evaluación de la gestión del Personal de Investigación; fue una tarea a resolver que estuvo gravitando hasta el año 2.007, cuando se diseña para el personal de investigación de los institutos del SNCTI, sector público no universitario, un sistema especial basado en una tabla o matriz 8x8 para equiparar o confrontar los salarios, con el nivel de desempeño en función de la formación académica, la trayectoria o experiencia, los productos generados, la participación en la formación de nuevos investigadores para el relevo generacional y el trabajo comunitario.
El más reciente ajuste a dicha tabla unificada de sueldos y salarios (matriz 8x8) para el SNCTI, sigue por debajo de la adecuada remuneración del personal dedicado a la ciencia; en ese sentido es de resaltar que para el máximo nivel de un profesional de la investigación el PI 8-VIII con alta formación académica (doctorado y posdoctorado) y trayectoria (20 o más años de trabajo) con altas exigencias por resultados e impactos de su gestión, se establece un salario que apenas supera los 74.000 Bs, sobre la base de un 66 % de aumento. Salario de poca correspondencia con las funciones y demandas en su trabajo e inferior a profesionales de otras áreas de la administración pública, que ajustan sus remuneraciones con el incremento del salario mínimo, aumentados en más del 130% durante el presente año. Comparación que es también válida para los demás niveles de remuneraciones del SNCTI, solo se enfatiza el máximo nivel, porque es la meta que todo investigador aspira alcanzar, poco atractiva con las remuneraciones actuales y de alto riesgo para la "fuga de talentos".
Para equilibrar dicha injusticia salarial en el SNCTI, con el resto de las escalas de la administración pública, es de lógico procedimiento la indexación al salario mínimo, tal como ocurre con las escalas salariales de los empleados públicos que se rigen por la Ley del Estatuto, aplicado también a escalas especiales como la de las Fuerzas Armadas, Médicos, Educadores, Bomberos y Policías. Los Institutos del SNCTI, tienen todo el derecho a reclamar este justo tratamiento, que en el día de hoy, como en otras oportunidades ha considerado Ciudadano Presiente.
Investigador en Ciencias Agrícolas
Jubilado del Instituto Nacional de Investigación Agrícola –INIA