Movimiento por la Defensa del Conocimiento Libre y Socialismo (Colibris)

Manifiesto del Movimiento "Colibris" en apoyo a la reforma Articulo 98

Movimiento “Colibris”



El Movimiento por la Defensa del Conocimiento Libre y Socialismo (Colibris), se manifiesta a favor de la reforma del Artículo 98 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual fue hecha llegar por el Dr. Eduardo Samán para su exposición dentro de la Asamblea Nacional, esta redacción de reforma fue discutida en el seno de la Comunidad de Software Libre, en donde nacieron aportes para la redacción de la misma, junto a otros organismos comunitarios de la sociedad Venezolana, como buhoneros y artistas independientes.

La propuesta de reforma emitida 2007:

Artículo 98. La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la diversidad cultural en la invención, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá los derechos de todos y todas a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico, tecnológico y en los beneficios que de él resulten.

Redacción Constitución 1.999

Artículo 98. La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.

En tiempos de cambios, el Artículo 98 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela debe ser consagrado dentro del derecho cultural y educativo, en la actualidad, con la Constitución de 1.999, este artículo se encuentra secuestrado dentro un supuesto "derecho económico", al existir de forma evidente un error de redacción, o haber sido manipulada de forma intencional que lo llevo a esto; en la redacción de la Constitución del año 1.999 se utilizó la frase "derecho de inversión" donde solo debe haber cabida a terminologías que describan la cultura y la educación como es la frase "derecho de invención" que se piensa era la frase utilizada inicialmente.

También existe dentro de la propuesta actual de la reforma el eliminar la frase "Propiedad intelectual", y todo aquello que haga referencia al termino "propiedad", esto debido a que estos derechos no tienen nada que ver con la derechos de propiedad. Las ideas no son apropiables con exclusividad, por lo tanto, es incorrecto hablar de propiedad intelectual. Se debe reconocer a las autoras y autores los derechos que les acuerda la ley, tal como lo hace la actual redacción. Así también se pueden reconocer derechos a la sociedad toda y a los destinatarios de toda obra intelectual.

El título del articulo 3 es de derechos humanos, garantías y deberes, el capitulo 6 derechos Culturales y educativos, entonces, es un derecho cultural y educativo lo que se debe consagrar en el articulo 98 de a Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no un derecho económico, por lo que la redacción debe ser clara con respecto a lo educativo y la diversidad Cultural; los "derechos económicos" son derechos que deben conservarse en las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, mas no con rango Constitucional, por esta razón, apoyamos que se apruebe esta reforma del artículo 98 de la Constitución Nacional de 1.999 con los párrafos anteriormente descritos, ya que el solo hecho de eliminar el concepto de propiedad y que se elimine el término "inversión" ya es un avance.

También nos pronunciamos en contra de las declaraciones desgastadas de la oposición Venezolana al proyecto Bolivariano, donde por medio de distintos medios de comunicación han tratado de confundir a la población haciendo creer ver que la reforma causará efectos sobre los instrumentos industriales y comerciales, cosa totalmente falsa, los "derechos económicos" NO pueden ser tratados con rango constitucional, estos últimos deben conservarse dentro de las leyes de la república, donde se debe especificar claramente los alcances de estos derechos.

COLIBRIS, como defensores del derecho al conocimiento Libre, y defensores dentro del mundo de la tecnología la filosofía del Software Libre (con sus 4 libertades), no podemos permitir que las marcas, patentes y lemas, posean rango Constitucional. Por el contrario, estamos a favor a que el conocimiento sea LIBRE, y siempre estaremos en contra de todo artículo o Ley que haga referencia al monopolio del conocimiento educativo, cultural y por supuesto tecnológico que interfieran con el bienestar social, así lo llamen "derecho" o "propiedad.


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Feijóo Jiménez


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