Nuevamente surgen contradicciones en el seno del Gobierno Nacional, cuando por una parte el recién nombrado Procurador General de la Nación, Dr. Carlos Escarrá Malavé anunció que se revisará lo hasta ahora hecho por su antecesora en el cargo, Dra. Gladys Gutiérrez, en el caso de las 26 demandas contra Venezuela en distintos tribunales de arbitraje internacional, y concretamente las 16 demandas interpuestas por Empresas Trasnacionales ante el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias en materia de Inversiones (CIADI), tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial, que reclaman una indemnización conjunta por mas de 40.000 millones de dólares. Concretamente en el caso de la Trasnacional Petrolera Exxon Móvil, quien reclama a Venezuela más de 10.000 millones de dólares como arreglo por el cese forzoso de sus actividades en la Faja del Orinoco, en tiempos de que el Gobierno Bolivariano declaraba su soberanía petrolera (año 2007) –que hoy nuevamente entrega con alianzas y convenios operativos firmados por PDVSA y empresas trasnacionales-, circulo en los medios públicos (Diario Correo del Orinoco 22/09/11, página 12) el interés de Venezuela en indemnizar a Exxon Móvil -empresa que en 2008 logró congelar “temporalmente” 12.000 millones de dólares en activos externos de PDVSA, y que luego un tribunal británico anuló tal medida- para que esta desista de su acción de reclamo.
Inmediatamente el Propio Dr. Escarrá, a quien se le atribuyó tal declaración, enderezó el capote (Diario Correo del Orinoco del 23/09/11, página 13) declarando: “Tenemos 26 arbitrajes que se están trabajando con plena honestidad y plena seguridad. Nos hemos entrevistado con los escritorios internacionales, hemos tomado correctivos y vamos a seguir haciéndolo en defensa de los intereses de la patria”. Desistió además de adelantar las estrategias de acción respecto a los casos y, mucho menos, las acciones que emprenderán en tales juicios.
La misma fuente informativa publica una nota de PDVSA donde desmienten la información del 22/09/11, indicando que seguirán los procedimientos descritos en el arbitraje internacional y que la estatal petrolera no está dispuesta a cancelar la suma pretendida por Exxon Móvil, ya que considera que la cantidad es exorbitante, abusiva y que pretende cobrarle al pueblo lo que es el ejercicio soberano de su política petrolera.
Traigo a colación este caso por ser el que recientemente se ha ventilado, pero sin restar importancia a las demandas interpuestas por las trasnacionales:
Crystallex International Corporation; Longreef Investments; Nova Scotia Power Incorporated; Highbury International AVV and Ramstein Trading; Flughafen Zürich A.G. and Gestión e Ingenería IDC S.A.; Opic Karimum Corporation; Universal Compression International Holdings; Tidewater Inc; Gold Reserve; Holcim Limited; Cemex Caracas Investments; Brandes Investment Partners; ConocoPhillips Company and others; Vestey Group; Vannessa Ventures; Autopista Concesionada de Venezuela; todas pendientes por fallos. Y la más reciente, interpuesta por la empresa Argentina Ternium Techint, ex accionista de la ahora Estatal Siderurgica del Orinoco (SIDOR), con una demanda específica relacionada con la ex MATESI (actual BRIQVEN).
Sin nada que nos ate política y económicamente a mantenernos dentro del sistema de arbitraje internacional, y haciendo el llamado a avanzar en el camino de garantizar una efectiva soberanía nacional, debemos tomar como ejemplo la valentía de los gobiernos de Ecuador y Bolivia, quienes entre 2007 y 2008 declararon su repudio al CIADI, por ser una instancia “parcializada” a favor de los intereses de las trasnacionales. Su decisión obliga a las corporaciones a someterse a sus tribunales nacionales, donde el interés del país y los pueblos seguro estará por encima de los intereses globales.
El Capitalismo Global y sus mecanismos de dominación:
En distintos foros y espacios de discusión, nacionales e internacionales, hemos abierto un interesante debate, sobre el rol que deben asumir los gobiernos progresistas de América del Sur, frente a los ya conocidos mecanismos de control y dominación que los países del Norte han impuesto a nuestras economías.
El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias en materia de Inversiones (CIADI), tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial, surge como un mecanismo para privilegiar a las empresas trasnacionales que han sido impuestas a los países en desarrollo, quienes en el pasado fueron obligados a contraer grandes préstamos (deuda pública) de organismos multilaterales (Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, principalmente) para solventar sus crisis económicas. Es allí cuando la receta es, luego de la aplicación de políticas de corte neoliberal y antipopulares (aumento de impuestos, recorte de gastos sociales, políticas restrictivas de empleo, privatizaciones de sectores estratégicos, secuestro de las reservas internacionales, etc.), estas empresas se reparten el control sobre importantes sectores de la economía (alimentos, medicinas, textiles, salud, autopistas, puertos, maquinarias y equipos, aprovechamiento de recursos naturales, entre otros), recibiendo exclusivos contratos y concesiones, que aspiran se mantengan por décadas.
Combinadas estas políticas con leyes para facilitar, privilegiar y garantizar el retorno de las inversiones, se crea un gran cerco que en muchos casos, imposibilita la independencia de los países en desarrollo.
En el caso de Venezuela, apenas naciendo la Revolución Bolivariana (1999), el entonces Presidente “encargado” Ignacio Arcaya, asesorado por bufetes de abogados alineados con los intereses de la burguesía nacional y empresas trasnacionales, da el primer golpe al país, con la promulgación de un paquete de leyes, dentro de las cuales está la “Ley de Promoción y Protección de Inversiones”, que buscó “blindar” el accionar de las empresas foráneas, en detrimento de las empresas locales. En su contenido, se aprueba el “confuso” artículo 22, que más adelante es sometido por representantes de un Bufete Trasnacional de Abogados a la interpretación del Tribunal Supremo de Justicia Venezolano, instancia que en 1997 deja abierta la posibilidad de que las empresas transnacionales diriman sus conflictos e intereses con la República en instancias internacionales, dando un segundo golpe a la institucionalidad y soberanía de país, y abriendo las puertas para que las empresas reclamen sus demandas ante árbitros nada confiables. Como dato, en los últimos años, los gobiernos del Sur han recurrido al CIADI en calidad de demandados por distintas empresas trasnacionales, y han recibido 230 derrotas en 232 juicios. (vaya “imparcialidad”).
De la mencionada Ley, se establece la oportunidad de que el Gobierno Venezolano, valide y firme nuevos Tratados para Evitar la Doble Tributación entre Gobiernos suscribientes, con amplios incentivos fiscales (exoneraciones del ISLR y otros tantos impuestos) para las empresas trasnacionales. Ya lo denunciaba el experimentado investigador, intelectual y buen amigo, Profesor Luis Britto García, quien en 2007, luego de un importante estudio económico pudo precisar que el Estado deja de percibir mas de 17.000 millones de dólares anuales en ingresos tributarios, por la simple aplicación de estos tratados. No es extraño suponer que en nuestro caso, con una Balanza Comercial negativísima –si excluimos la venta de petróleo- , donde anualmente importamos bienes y servicios por más de 50.000 millones de dólares y nuestras exportaciones de bienes y servicios –no petroleros- pirricamente superan los 5.000 millones de dólares anuales, pudiéramos decir que el monto de los dineros que dejamos de percibir con estas leyes –lucrativas para las trasnacionales- bien ascendería a más de 25.000 millones de dólares anuales. Y si a ello adicionamos, como bien lo menciona el Prof. Víctor Álvarez, que el Sector Privado aporta anualmente más del 70% del PIB nacional, y el Sector Público menos del 30%, concluiríamos que nuestra economía es abierta a favorecer al capital (llámese burguesía nacional y empresas trasnacionales).
En esta lucha contra el Capitalismo, en que fase estamos?
Es importante destacar los esfuerzos que desde los países del Sur vienen dando en pro de la conformación de estructuras financieras regionales y formas de cooperación distintas a las tradicionalmente impuestas por los países del Norte. Es allí donde el ALBA, el Banco del Sur, el Sistema Unitario de Compensación de Pagos (SUCRE), la UNASUR y el recién conformado CELAC, juegan un papel estratégico para avanzar en el fortalecimiento de nuestras economías y erradicar la imposición de medidas neoliberales y antipopulares, en el pasado aceptadas.
Venezuela ha impulsado estos nuevos mecanismos de integración, aún cuando a lo interno se evidencian claras contradicciones en el manejo de la política económica, que por un lado anuncia un crecimiento anual de la economía –soportada únicamente por los ingresos petroleros y la doble monetización que genera el FONDEN y demás fondos-, y por el otro, una inflación anual por encima del 23%; un nivel de endeudamiento superior a los 150.000 millones de dólares –deuda externa, interna, convenios y préstamos con distintos países, deuda PDVSA a corto plazo-; importaciones de bienes y servicios por más de 50.000 millones de dólares anuales; alto riesgo crediticio; entrega del 40% de los contratos de exploración, explotación, producción y comercialización, producto de las alianzas firmadas entre PDVSA con empresas trasnacionales –entre ellas la Italiana ENI, quien hoy saquea por ordenes de la OTAN el petróleo del pueblo libio-. Estas medidas favorecen exclusivamente al capital, alimentan la corrupción aún persistente en nuestras instituciones públicas, el burocratismo, la repartidera de contratos, entre otros males. Debe ser inmediata la participación decisoria de las Organizaciones Sociales, Consejos de Trabajadores y Sindicatos, Universidades, y demás formas de organización política y territorial, para garantizar la eficiencia en la ejecución de planes y construcción de propuestas liberadoras, distintas al capital.
¿Por qué el arbitraje internacional no puede resolver el problema de la deuda pública de los países en desarrollo?
Varios son los planteamientos orientados a resolver el problema de la deuda pública de los países del Sur por la vía del arbitraje internacional. Ya hemos discernido sobre la tutela del Banco Mundial sobre el CIADI, lo que innegablemente “parcializa” a favor de los países acreedores las decisiones al respecto.
La gravedad reviste en el criterio de “sostenibilidad” –definida por el FMI y BM- de la Deuda. Esta noción se inscribe perfectamente en el sistema actual, donde lo que prima es la capacidad del país a reembolsar a la vez que continua endeudándose ante organismos financieros internacionales y la banca de los países desarrollados y/o emergentes. Por otra parte, las anulaciones de deuda no deben estar únicamente condicionadas por las dificultades de reembolso de un estado. Desde el Comité para la Anulación de la Deuda del Tercer mundo (CADTM) privilegia el criterio de “legitimidad” de la Deuda. De esta manera, todo estado, esté situado al Norte o al Sur, está fundado jurídicamente a repudiar sus deudas ilegítimas, aún cuando sea capaz de reembolsarlas, y subrayamos que la satisfacción de las necesidades humanas fundamentales debe ser la obligación prioritaria de los estados, y debe basarse en esta obligación prima sobre todas las demás obligaciones del estado –entre ellas el reembolso de las deudas ilegitimas-
El sistema de arbitraje, donde seguramente confluirán fuerzas políticas a nivel internacional, hará que los países deudores corran el riesgo de verse reprimidos con decisiones que vayan en detrimento de los pueblos del Sur, habida cuenta de la solidaridad de la que hacen prueba los ricos acreedores, en particular en el seno del “Club de Paris” e instituciones multilaterales de crédito, sumando a esto la sumisión de algunos dirigentes del Sur, que sacan gran provecho del mecanismo de la deuda. En este contexto, deben prevalecer las normas jurídicas puestas de relieve por las organizaciones sociales en campaña permanente contra la deuda, tales como la “deuda odiosa” y la “deuda ilegitima”, por cierto, términos no aceptados por los países acreedores y organismos multilaterales.
Por último, la decisión desfavorable para los países deudores en el sistema de arbitraje internacional, pudiera “legitimar” deudas calificadas de “odiosas” y de “ilegitimas” por los movimientos sociales progresistas y demás organizaciones de resistencia al capital trasnacional. La presión de los países acreedores, con la complicidad de los organismos multilaterales, pudieran influir en que los estados deudores aceptaran estas negativas “sentencias” y se vean obligados a reembolsar esas deudas, amen de sentar dañinas jurisprudencias, para que otros países utilicen este mecanismo como forma de dominación imperial. Aquí se hacen vitales las acciones de resistencia de los pueblos y sus organizaciones sociales, quienes están llamadas a solicitar a sus gobiernos auditorias sociales de las deudas públicas, independientemente de sus orígenes. Estas acciones deben propiciar inmediatamente acciones unilaterales sobre el tratamiento de sus deudas, que beneficien a sus pueblos.
Propuestas Políticas y Económicas necesarias para generar el cambio de paradigma:
Para efectos de generar propuestas alternas y necesarias que conduzcan a la emancipación de los pueblos, se hace inminente trabajar en los siguientes aspectos:
1. Contraloría Social: garantizar la efectiva presencia de las Organizaciones Sociales, trabajadores, estudiantes, consejos comunales y demás formas de organización social, política y territorial, en el diseño, seguimiento y control de planes y proyectos que se traduzcan en beneficios para el pueblo. Las instituciones deben declararse abiertas a la auditoria ciudadana, para entre otras cosas, procurar la eficiencia en el manejo de los recursos públicos y dar “in situ” la lucha contra la burocracia y la corrupción.
2. Inmediato retiro por parte del Gobierno de Venezuela del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias en materia de Inversiones (CIADI), por no ser esta una instancia “imparcial”. El CIADI es exclusivamente un tribunal que favorece a las empresas trasnacionales, en detrimento de los derechos soberanos de los pueblos.
3. Suspensión de los efectos en la aplicación de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones y revisión de los más de 30 Tratados para evitar la Doble Tributación entre Empresas de los Gobiernos suscribientes, ya que ambos instrumentos legales van abiertamente en contra de los intereses nacionales, y ocasionan que la República deje de percibir mas de 20.000 millones de dólares anuales, que bien pudieran financiar sectores estratégicos nacionales.
4. Auditoria Social de la Deuda Pública como herramienta de control democrático de la política endeudamientos de un país, para evitar la formación de un nuevo ciclo de endeudamiento ilegitimo: Por una parte, plantear la auditoria en términos de repudiar las deudas odiosas, derivadas de contratos no sujetos al control popular, endeudamiento innecesario, emisión de bonos con doble denominación, convenios binacionales que obligan al estado a contratar exclusivamente con empresas de los países acreedores, y el tradicional endeudamiento con organismos multilaterales de crédito, entre otros aspectos. Además, Evitar nuevos endeudamientos públicos, ya que los mismos siguen sujetos a condiciones de mercado internacional e intereses de las potencias imperialistas: altas tasas de interés, riesgo país, condiciones para los préstamos, etc.
5. Reimpulso para el aceleramiento de los mecanismos de integración subregional (Alba, Banco del Sur, Unasur, Celac), como nuevas formas de cooperación entre países, distintas al modelo capitalista global. Incorporación de los Movimientos Sociales, trabajadores, Universidades y demás formas de organización político-territorial en las mesas de trabajo y discusión de las propuestas integradoras.
Conclusiones sobre la posición frente al arbitraje internacional y la propuesta de auditoria social de la deuda pública:
Por lo anteriormente expuesto, podemos concluir que la auditoria de la deuda permite: identificar la parte ilegítima, odiosa, ilícita, etc., de la deuda; establecer las complicidades en el país y en el exterior; poner al desnudo los blanqueos de deuda; poner en evidencia la nacionalización de deudas privadas; proporciona argumentos que colocan al país endeudado en posición de fuerza frente a sus acreedores, para imponer una reducción en su deuda –como lo hicieran Paraguay en 2005 y Ecuador en 2009-; constituye una herramienta democrática de control de la política de endeudamiento de un país, para evitar la formación de un nuevo ciclo de endeudamiento ilegítimo; etc.
Vale destacar que la repudiación/anulación de las deudas ilegítimas, que posiblemente se desprendan de los resultados de la auditoria, es un acto de naturaleza jurídica que produce efectos, que no están condicionados por la aceptación del estado u organismo acreedor, o cualquier otro sujeto de derecho internacional.
Pudiéramos seguir los siguientes pasos, para diseñar la estrategia política de las organizaciones sociales y demás formas de organización popular, para iniciar la auditoria de la deuda pública y el repudio a pretensiones económicas imperiales y trasnacionales:
a. El establecimiento de una auditoria depende de la sola voluntad política del deudor o del acreedor. El órgano ejecutivo, legislativo o judicial del país puede unilateral e inmediatamente auditar la deuda pública.
b. El órgano a cargo de la auditoria determina sólo las reglas las nociones de deudas odiosas e ilegitimas tienen mas posibilidades de ser retenidas. Otros argumentos jurídicos como el enriquecimiento sin causa, el dolo, el abuso del derecho, la equidad, la buena fe, etc., pueden igualmente ser utilizados. Ello depende de la voluntad política y por lo tanto de la presión popular. Para el CADTM, el criterio de “legitimidad de la deuda” es primordial. Una deuda calificada de “sostenible”, pero “ilegitima”, debe ser anulada.
c. La auditoria podrá ser realizada por funcionarios públicos, pero con el obligatorio concurso de las organizaciones sociales, movimientos progresistas, juristas, profesionales afines a las ciencias económicas y sociales, etc.
Fuentes consultadas:
. Escritos y Blog del Prof. Luis Britto García.
. Ponencia realizada por el Prof. Víctor Álvarez, Investigador del Centro Internacional Miranda (CIM), a propósito del Foro “Crisis Económica Mundial y Alternativas desde el Sur”, Caracas, Agosto 2011.
. Diarios Venezolanos “El Correo del Orinoco” y “El Mundo, Economía y Negocios”, Caracas, 22 y 23 de septiembre de 2011
. Conferencia Internacional de Economía Política: Respuestas del Sur a la Crisis Económica Mundial. Centro Internacional Miranda (CIM), Caracas, Venezuela 2009.
. Extracto del CADTM (http://cadtm.org/pourquoi-l-arbitraje-internacional). ¿Por qué el arbitraje internacional no puede resolver el problema de la deuda pública de los países en desarrollo?
(*)
Licenciado en Ciencias Fiscales – Finanzas y Gasto Público
Activista de la Red Venezolana contra la Deuda / AYNA-CADTM
jiacuna@gmail.com
www.cadtm.org