Martes, 20 de noviembre de 2018.- La Corriente sindical C-Cura (Corriente Clasista Unitaria Revolucionaria y Autónoma, que agrupa a sindicalistas de varios sindicatos importantes a nivel nacional y también dirigentes del Partido Socialismo y Libertad (PSL) se adhirieron este lunes 19 de noviembre al Amparo que hace cuatro meses fue introducido por Gonzalo Gómez, de Marea Socialista (MS), y Carlos Paredes, del Comité de Contraloría Social del Sistema de Justicia (CCSSJJ); un Amparo que pide al Tribunal Supremo de Justicia que haga respetar el Artículo 91 de la Constitución, según el cual el Salario Mínimo debe corresponderse con el costo de la Canasta Básica.
Cerca del medio día, el nuevo grupo de adherentes firmó en la Sala Constitucional del TSJ. El Recurso de Amparo fue introducido el 17 de julio de este año, ante el máximo tribunal y busca la protección y restitución del derecho a un salario en los términos que establece el artículo 91 de la Constitución, el cual señala que el salario mínimo debe tener por referencia el costo de la canasta básica, según declaró para Aporrea Gonzalo Gómez, uno de los accionantes que lo interpuso.
En esta ocasión -señaló Gonzalo Gómez, de MS- estuvieron presentes Orlando Chirinos y Miguel Hernández, miembros de C-Cura y del Partido Socialismo y Libertad, quienes acudieron al supremo tribunal de la República a adherirse al Recurso de Amparo, como lo están haciendo dirigentes sindicales de distintos sectores.
Miguel Hernández, del PSL, al micrófono, junto a Orlando Chirino (al centro) dirigente sindical de C-CURA, de larga trayectoria de lucha. Les acompaña otro integrante de la organización.
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Chirino, Hernández y Gómez participan todos en la Intersectorial de Trabajadores de Venezuela que fue lanzada hace pocos días en una asamblea nacional de trabajadores realizada en el Aula Magna de la Universidad Central de Venezuela (UCV).
Otra acción relacionada con el Amparo fue que también se presentó ante el TSJ, el mismo día 19 de noviembre, tal como lo informó Gomez, un escrito con una serie de consideraciones respecto al Memorándum-Circular Nº 2792 del Ministerio del Trabajo, emitido el 11 de octubre del año en curso, contentivo de unos Lineamientos que llevan la firma del ministro Piñate, cuyo contenido, afirman los denunciantes, que colide o atenta contra el sentido del artículo 91 de la Constitución, además de tener otras graves implicaciones en contra de los derechos laborales. En el documento se pide al TSJ suspender la aplicación de dichos Lineamientos.
Por su parte Miguel Ángel Hernández del PSL, señaló: "hoy estamos aquí para adherirnos al amparo que los compañeros de Marea Socialista ya introdujeron en el mes de julio en el TSJ exigiendo algo que hasta ahora no se ha cumplido, que es que el artículo 91 de nuestra Constitución sea el que prime para fijar el aumento del salario mínimo".
Hasta ahora uno de los parámetros que está establecido en la Constitución, como es que la Canasta Básica sea el referente fundamental para establecer el aumento del salario mínimo, no se ha cumplido, segun el punto de vista de quienes llevan esta iniciativa de reclamo ante el TSJ.
"Estamos exigiendo, en el marco de la terrible crisis social y económica que vive el país, de la destrucción de los salarios, de la aplicación de un paquete de ajustes brutal, antiobrero, por parte del gobierno de Nicolás Maduro... estamos exigiendo que se ajuste el salario a la Canasta Básica, tal como está establecido en el artículo 91".
Creemos que este Amparo es una medida desde el punto de vista legal que sirve como acicate para impulsar la movilización y la lucha de los trabajadores para que se logre que el salario se iguale a la Canasta Básica, dijo Miguel Hernández.
"Si no se ajusta periódicamente, la inflación, la hiperinflación terrible que vive el país, va a seguir destruyendo los salarios", agregó.
Gómez muestra documentos de adhesión de Orlando Chirino y Miguel Hernández al Amparo y el Escrito contra los Lineamientos del Min. Trabajo Credito: Aporrea.org |
"Desde la Intersectorial de Trabajadores de Venezuela, de la cual formamos parte las organizaciones que aquí nos encontramos, venimos dando una lucha porque el salario se iguale a la Canasta Básica, para que se indexe mensualmente; pero también estamos luchando por que se restituyan las tablas y tabuladores salariales que ya existían, que el gobierno ha eliminado, así como también estamos en la defensa de las convenciones colectivas", continuaron exponiendo los impulsores y adherentes del Amparo.
"El gobierno desde hace más de dos años no hace públicas las cifras de la Canasta Básica...", refirió Miguel Hernández, y amplió diciendo. "nosotros estamos tomando como base, la únicas referencias que existen en este país, como la que establece el CENDA (Centro de Documentación y Análisis de los Trabajadores), http://cenda.org.ve ). Otra organización social que investicga y calcula las canastas Básica y Alimentaria es el CENDAS-FVM.
Desde la Intersectorial de Trabajadores de Venezuela, dice este sector integrante de ese nuevo espacio de articulación y unidad de las luchas de los trabajadores, "estamos convocando para una movilización el día 28 de noviembre, que es la próxima semana, para exigir que los salarios se ajusten a la Canasta Básica y para que se echen para atrás todos los Lineamientos y mecanismos que ha establecido el gobierno para liquidar las convenciones colectivas y para establecer un tabulador salarial que, prácticamente, liquida los salarios, y que prácticamente reduce los salarios y elimina el derecho a la negociación de las convenciones colectivas."
El Recurso de Amparo en defensa de la aplicación del Art 91 CRBV se introdujo hace ya 4 meses, pero el TSJ no ha emitido respuesta. Credito: Aporrea.org |
Artículo 91 de la CRBV: "Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantiza el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La Ley establecerá la forma y el procedimiento."
Memorándum-Circular Nº 2792 del Ministerio del Poder Popular para el proceso Social del Trabajo:
Lineamientos (pinche este enlace)