Elementos probatorios

Cuando se supone se ha cometido un crimen contra una o varias personas, la investigación objetiva de los hechos es fundamental para hacer justicia, es decir para dar con el o los culpables ciertos de los delitos cometidos, pero también para proteger a los inocentes: Víctimas y familiares, a la sociedad entera y, en muchos casos, a personas que por distintas razones pudieran haber sido acusadas, a pesar de no haber participado en la comisión de los hechos delictivos en cuestión. Uno de los problemas mayores de todo régimen de administración de justicia es evitar la condena de personas inocentes, quienes pueden sufrir distintas penas, en algunos países hasta la pena capital, para conocerse luego, después de haberse producido el daño, que el supuesto culpable era inocente. Las modernas pruebas de ADN han logrado demostrar, que muchos ajusticiados con la pena capital eran realmente inocentes.

Nuestro país no está a salvo de este grave problema. Son muchos los inocentes que, a pesar de no existir elementos probatorios convincentes, permanecen privados de libertad por años, antes de que el tribunal penal declare su inocencia. ¿Quién les retribuye a estas personas el tiempo de su vida pasado detrás de las rejas? ¿Quién les compensa a sus familiares: hijos, esposas, padres, hermanos, el dolor experimentado, las angustias producidas, el desasosiego y la total destrucción de su vida cotidiana ocasionados por esta injusta situación? En estas situaciones se añade el peligro real de que la víctima pueda incluso ser lesionada o asesinada, dada la inseguridad que generalmente reina en casi todas las cárceles del mundo. En otros casos, la situación es incluso peor cuando la persona acusada es condenada y privada de libertad, a pesar de tratarse de una persona inocente.

Los organismos encargados de realizar las investigaciones tienen que asumir su papel de acuerdo a la importancia que las mismas tienen en el desenlace del proceso. Los cuerpos policiales y los fiscales tienen en ello una gran responsabilidad, pues de sus actuaciones depende el resultado de las causas llevadas adelante. Si las investigaciones son incompletas, si el proceso judicial se encuentra viciado, se dejará libre a los verdaderos culpables y se condenará a un inocente. Otro tanto ocurre cuando los fiscales y jueces se parcializan, cuando se violenta la presunción de inocencia, cuando se esconden las pruebas que exculpan al acusado y cuando se toman las simples denuncias como si constituyeran plena prueba. Una cosa es la denuncia y otra muy distinta es que la misma sea cierta. La denuncia tiene que ser probada; no importa el tipo de denuncia, ni la gravedad de la misma, ni las personas que las formulen; la simple denuncia no constituye prueba en contra del denunciado.

En Venezuela, corresponde a los jueces de control garantizar que toda la fase investigativa se efectúe respetando el debido proceso. Que los fiscales actuaron apegados totalmente al derecho y a la justicia, garantizando los derechos de las supuestas víctimas y de los acusados, de tal manera que los elementos de convicción que se presenten sean claros e incuestionables. La privativa de libertad sólo es posible cuando se cumplen las tres condiciones establecidas en nuestra legislación y una de ellas es que las pruebas tienen que ser casi irrefutables. Mantener detenido a alguien cuando eso no se cumple es una aberración y sólo puede explicarse por la existencia de ensañamiento, pues no se trata de una multa por una inexistente infracción de tránsito, sino se trata de la libertad de la persona humana, quizás el bien más preciado después de la vida.    

En el caso de delitos contra las personas es imprescindible, para culpar a alguien, que se demuestre su presencia en el sitio donde ocurrió el delito denunciado. Si esto no se hace, no puede el inicialmente imputado seguir siendo acusado del delito en cuestión. Es imposible cometer directamente un delito si no se está en el sitio y en el momento en que ocurrió el mismo. Cuando los fiscales y jueces hacen caso omiso de las declaraciones de testigos que afirman que el inculpado nunca estuvo en el sitio donde supuestamente se cometió el delito, están actuando perversamente y con saña contra el imputado y deberían ser retirados inmediatamente de sus posiciones en el sistema de justicia. Son una vergüenza para el mismo y constituyen un gran peligro para toda la sociedad.

La Razón, pp A-6, 27-3-2011, Caracas  

lft3003@yahoo.com


 


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Luis Fuenmayor Toro

Médico-Cirujano, Ph. D., Ex-rector y Profesor Titular de la UCV, Investigador en Neuroquímica, Neurofisiología, Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología. Luchador político.

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