(El Estado, la Participación Protagónica y las Empresas del Estado)

La LOTTT (y III)

Finalmente y por ahora, hay algunos detalles de la LOTTT que requieren igualmente de una consideración. En cuanto a las prestaciones; la LOTTT nos regresa al sistema anterior de la LOT-1997. El avance en esto es relativo porque se recupera algo que se tenía y se perdió por las gestiones de ese incuestionable líder de la izquierda venezolana, con apariencia de analista, pero que cada día nos convence más de su condición de energúmeno. Hablo de Teodoro Petkoff.

Queda claro entonces, que la LOTTT extiende los beneficios de los trabajadores y trabajadoras y es un importante instrumento para su protección. La familia tiene igualmente un punto de apoyo en la Ley (ver Título VI, Art. 330-352). La Ley destaca muchos beneficios para los trabajadores y trabajadoras y es un importante instrumento para su protección.

En algunas discusiones que he tenido con amigos, surge en ello la angustia por medir los costos que la LOTTT tendrá para el Estado. La preocupación no debería ser esta porque se debe tener claro, que la extensión de los beneficios es justicia o una manera de responder a las necesidades de los trabajadores y trabajadoras que son teóricamente los aliados más importantes del proyecto bolivariano. Angustia platearse, si este Estado que tenemos está en condiciones de llevar a feliz término cada una de estas iniciativas que le corresponde emprender para responder eficaz y efectivamente con lo pautado en la LOTTT. Hay entidades (Poder Público Estadal) que pagan al seguro social a cuenta gotas, la figura del fidecomiso no existe y será difícil con el “perfil institucional” de estas entidades apurar ese proceso. La preocupación debe ser esta.

Un aspecto que fue asomado en la parte anterior (parte II)[i], pero en el cual no ahondamos, tiene relación con la opción que la LOTTT le ofrece al principio constitucional de participación protagónica, que desde mi perspectiva, la Ley pudo en esta oportunidad realizar un mejor desarrollo de este principio en el ámbito laboral y después, si el legislador lo creía conveniente dejar otras situaciones para una ley especial sobre el tema. Aunque este punto tiene una amplia referencia en el título VII (Artículos 353 hasta el 498); los referente a los consejos de trabajadores y trabajadoras es tocado en dos artículos y se sugiere una ley especial para su desarrollo.

En el Capítulo IV de este Título VII y en dos artículos (Art. 497 y 498) se trata lo referido a los Consejos de Trabajadoras y Trabajadores y esto nos permite una reflexión sobre una situación que la LOTTT no tiene y no sé si es un “descuido” dirigido a dejar intacto el Sistema Capitalista de Estado del cual estamos disfrutando por los buenos oficios de Chávez, que aún estando en las entrañas del monstruo, saca fuerza y recursos para mejorar la situación de los trabajadores y trabajadoras. Siendo los Consejos de Trabajadores y trabajadores una de nuestras banderas para el desarrollo efectivo de la democracia participativa y el Poder Popular, cuesta creer que la LOTTT no haya aprovechado la oportunidad para definir por lo menos un mecanismo de participación de estos Consejos en la empresas del Estado y así, desde estas entidades o unidades productivas comenzar a operar una alternativa de participación protagónica. Pudo ser una manera para iniciar la transición de capitalismo hacia un nuevo esquema, introduciendo por lo menos en las empresas propiedad del Estado, una alternativa que comience a ensayar una experiencias más novedosas; distinta a la opción de fortalecer un socialismo de Estado, que sabemos no resultó ser muy efectivo en otras latitudes y dio al traste con la experiencia socialista del siglo XX.

Así como he afirmado, que la LOTTT da un tremendo espaldarazo y apoyo a los trabajadores y trabajadoras venezolanas por la cantidad importantes de beneficios que reporta; afirmo también, mis dudas sobre la condición de esta ley para disponer de un marco jurídico que nos facilite la ruta a un estado socialista distinto al socialismo que ya conocemos.

evaristomarcano@cantv.net



[i] La segunda Parte de este reflexión puede verse: http://www.aporrea.org/actualidad/a143035.html



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Evaristo Marcano Marín


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