El soporte más sólido que puede tener un gobierno revolucionario, es un partido revolucionario fuerte y consolidado.
La fortaleza del partido viene dada por su arraigo en el pueblo, producto de políticas de organización y apoyo a las luchas populares. El partido debe estar en permanente contacto con el pueblo y sus necesidades. Sólo así puede, el partido, ser el conector entre el gobierno revolucionario y el pueblo, para el desarrollo de las políticas de estado.
El partido se consolida con una organización interna que refleje y reproduzca el modelo de sociedad democrática por la cual lucha el partido con el pueblo.
Ya en artículos anteriores he tocado este tema:
http://www.aporrea.org/ideologia/a119965.html
http://www.aporrea.org/actualidad/a152988.html
He sido reiterativo en el tema por la importancia del partid, en cuanto al futuro de nuestra Revolución. En este artículo me centraré en un punto que he notado preocupa a buena parte de la militancia crítica del PSUV. Me referiré a los métodos de elección de la dirigencia del partido.
Para el análisis de este punto, es importante tener claro uno de los propósitos principales del partido, establecido en el artículo 2 de los estatutos en el Libro rojo; a saber: “…la consolidación de la democracia bolivariana, participativa y protagónica…” Este es un propósito de nuestra actual Constitución Nacional, porque desde el año 1999, los venezolanos decidimos libérrimamente, refundar la patria y romper con el esquema de “democracia representativa”. Teniendo esto claro debemos pasar a los principios organizativos del partido (artículo 4) donde se establece que el partido debe organizarse y funcionar conforme a los principios de la democracia socialista; entre los cuales menciona: “…el carácter electivo de todos los órganos de dirección…” Luego, en el artículo 5 se encuentran los métodos de la democracia interna del partido para elegir a los órganos de dirección. En ese sentido, el mencionado artículo establece: “Para la toma de decisiones y elecciones internas el partido podrá utilizar diversos métodos: elección directa, universal y secreta; cooptación, elecciones de primero, segundo o tercer grado; opinión y consenso, los cuales se determinaran por las diversas instancias de dirección de acuerdo a las condiciones políticas.” En cuanto a la elección de la dirigencia del partido, este artículo 5 establece una franca contradicción con el propósito del partido respecto a la democracia participativa y protagónica (establecido en el preámbulo de la Constitución Nacional y en el Art. 2 de los estatutos del partido) Cuando hablamos de elecciones de segundo y tercer grado, entramos en lo que se conoce como “sufragio indirecto” lo cual es típico e inherente a las “democracias representativas”, y no puede ser de otra forma, ya que para que exista una elección de segundo o tercer grado, primero es necesario, la elección de “representantes” quienes finalmente serán los que elijan al dirigente o gobernante; tal como ocurre en los sistemas parlamentarios, cuyas democracias son, necesariamente, representativas en virtud de que es el parlamento, en representación del pueblo, el que elije al gobernante; lo mismo ocurre en algunos sistemas republicanos, como en los Estados Unidos de Norte América en los que el Presidente o Jefe de estado no es elegido directamente por los ciudadanos, sino que estos eligen primero unos representantes que constituyen los verdaderos electores. De manera que debe quedar meridianamente claro que las elecciones de segundo y tercer grado contradicen y violan la democracia participativa y protagónica, como propósito u objeto tanto de la Constitución Nacional, como de los Estatutos contemplados en el Libro Rojo. Para elegir a la dirigencia del partido, no puede existir otro método que no sea la elección de primer grado a través del voto secreto, universal y directo; de otra forma, estaríamos reproduciendo la democracia representativa que abolimos en el año 1999. Es importante aclarar que es distinto el método que se quiera utilizar para la toma de decisiones referentes al desarrollo de las políticas del partido, debido a que en este caso, ya se supone que fue elegida la dirigencia del partido en sus distintos niveles. Pero en lo que hay que hacer énfasis es que las autoridades del partido deben elegirse directa e insustituiblemente, por el soberano del partido (la militancia).
El artículo 5 menciona la cooptación. Hago mención aparte de este método de elección, aun cuando se enmarca entre los métodos de la democracia representativa, porque es un método particularmente perverso y pervertidor. La cooptación es un sistema de integración de cuerpos colegiados, según el cual los nuevos miembros a incorporar son elegidos por los miembros que ya están en funciones. También abarca el caso en que los miembros de un organismo colegiado eligen a uno de ellos para ocupar una instancia superior de mando. Los procedimientos formales de cooptación son rechazados por la democracia, porque se prestan para facilitar el mantenimiento en sus cargos de la clase dirigente al margen de la voluntad de las bases, pero en ella sobrevive con frecuencia una cooptación oculta, cuando los dirigentes en funciones aprovechan el poder de sus cargos para influir decisivamente en la elección de los candidatos, aunque luego se cumplan formalmente las normas previstas para tales nombramientos. La cooptación oculta es un claro síntoma de la oligarquización de los equipos dirigentes de las organizaciones.
Finalmente, el artículo 5 menciona también el consenso. Ya entendido todo lo anterior, el consenso queda como método para la toma de decisiones dentro de la dirigencia colectiva en los distintos niveles.
La dirigencia del partido puede nombrar a algunos militantes del partido para que ejerzan cargos operativos con el fin de desarrollar de las políticas, lo cual nunca debe confundirse con un cargo de dirigencia.
En conclusión, debe ser revisado el artículo 5 de los estatutos del partido y adaptarlo al espíritu y razón, tanto de la Constitución Nacional, como del propósito u objeto del partido; lo que conlleva dejar como único método para la elección de la dirigencia del partido: la elección de primer grado a través del voto secreto, universal y directo.