La tasa de ganancia máxima prevista en la Ley de costes, ganancias y precios justos es una ley macroeconómica. La tasa máxima prevista debe entenderse como tasa media de ganancia.
Veamos: Con el libre mercado, la competencia intercapitalista e intracapitalista logran unas ganancias individuales que necesariamente girarán en torno a una tasa media de ganancia. Karl Marx le dedicó su Libro Tercero de El Capital a la formación de los precios ofrecidos por esa competencia.
Estamos hablando de los precios de producción [1], unos precios formados dentro de la libre competencia llevada a cabo por los capitalistas de un mismo ramo, de varios ramos entre sí y de fabricantes e intermediarios entre sí.
Esos precios de producción no pudieron ser tolerados por los apologistas del burguesismo [2] porque son el mecanismo matemático y real que da cuenta de la única y verdadera fuente de las ganancias burguesas obtenidas con la contrata de asalariados creadores de plusvalía. Trátase de ganancias en las que se concreta la plusvalía retenida en los centros fabriles, muy diferentes a las ganancias especulativas de mercado derivadas de los desajustes entre la oferta y la demanda de unas mercancías ya tasadas con los precios de producción.
Ahora bien, cuando el mercado es intervenido y los precios son regulados por el Estado, cuando este combate las prácticas monopolistas, o busca evitar la formación de precios especulativos de mercado, debemos entender que se está interviniendo esos precios de producción que los fabricantes determinan a partir de los llamados costes marginales.
Estos costos marginales tienen la particularidad de echar a un lado los costes medios de fabricación. Como en verdad aquellos costes derivan de una baja en la productividad de la mano de obra por falta de armonía en los volúmenes de esta mano de obra y el de los medios de producción, tales costes, a partir de cierto volumen, se muestran crecientes con cada incremento de la producción.
Sobre esa base, las empresas toman la curva de costes marginales crecientes como representación de los precios formativos de la oferta. Este método les garantiza inflar y marcar in situ los costes para todas las mercancías fabricadas a costes inferiores. Así, las mejoras productivas de la mano de obra que opere con mayor y mejor tecnología, lejos de abaratar los precios al consumidor final, a estos se los encarece y el empresario obtiene mayores ganancias.
Entonces, la intervención del Estado en la formación de los precios tomaría los costes medios y a estos reconocería un margen macroeconómico de ganancia que, por ejemplo, no sobrepuje determinado porcentaje como ganancia para cada empresario involucrado en la producción y mercadeo correspondientes. O el Estado toma el volumen de producción y a su valor le reconocería el margen de ganancia máxima en cuestión.
Karl Marx trabajó los precios especulativos de mercado como aberraciones o irregularidades de los precios de producción que la propia dinámica del mercado y sus pujas entre los ofertantes llevaría a sus niveles acordes con el valor trabajo, con precios de producción. Los sobreprecios subsistirían por considerárseles meramente coyunturales o eventuales. Los excedentes de precios no derivados de los costes terminarían siendo rechazados por los mismos fabricantes y comerciantes ya que sus competidores así lo harían, y quienes insistan en vender con precios inflados saldrían del mercado, ahuyentarían a su propia clientela.
Ahora bien, cuando la formación de los precios es intervenida por el Estado mediante la fijación de tasas máximas de ganancia anual, debe tenerse muy en cuenta los precios de los diferentes intermediarios y el de los fabricantes; el Estado debe planificar macroeconómicamente la oferta de mercado.
A tales efectos, el Estado deberá conocer previamente toda la cadena intermediaria involucrada y el volumen de producción salido de la fábrica o de las fábricas afines. Al costo de esa oferta originaria se le añadiría esa tasa estimada y máxima. Esa planificación garantizaría que las ganancias no resulten duplicadas a la altura de cada intermediario. Los precios justos deberán ajustarse de tal manera que cada intermediario y los fabricantes sólo retiren una tasa media de esa tasa máxima de ganancia establecida en la Ley.
Por ejemplo, para un volumen de oferta productiva = 100; con una tasa de ganancia = 30%, el precio de mercado sería 130. Si interviene 1 fabricante y 1 intermediario, cada uno de esos capitalista podrí a vender con 15% de ganancia, o sea, el fabricante vendería su producción al precio de producción-precio justo- = 115, y el intermediario vendería al precio de producción-precio justo- = 117,25. En este ejemplo modélico, el precio global pasa de 130 a 132,25, para una oferta original = 100.
Ahora si estaríamos dándole la interpretación macroeconómica correcta a una tasa de ganancia máxima, porque debe entenderse que se habla de tasa media.
Si no se da esa planificación estatal, podríamos estar tolerando que aquel fabricante venda a 130, y el intermediario a 169 como precio global de la oferta que salió al costo de 100.
[1] Véase mi libro de texto: Praxis de El Capital.
[2] En relación a la formación de estos precios de producción, los teóricos burgueses armaron el llamado “problema de la transformación”, cuya solución han evadido por razones obvias.